Hace 10 meses | Por acoco a servimedia.es
Publicado hace 10 meses por acoco a servimedia.es

La Real Academia Española (RAE) ha invitado formalmente al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) a integrarse en representación del sector social español de la discapacidad en la Red Panhispánica de Lenguaje Claro, solicitud a la que la plataforma de la discapacidad ha accedido.

Comentarios

themarquesito

#6 El retroceso en la calidad y claridad es bastante lamentable. Manuel Alonso Martínez correría a gorrazos a muchos legisladores por falta de claridad.

dick_laurence

#7 #6 ¿Qué pasa? Si eso que pone pasapollo se entiende debuty lol

ur_quan_master

Que inviten a Rosalía a eso del lenguaje claro, que sus canciones no se entienden una hostia.

porcorosso

Ahora que inviten a jueces, banqueros y funcionarios.

acoco

#1 Por parte española, se adhirieron a la Red, además de la RAE, que actúa como secretaría de coordinación, el Tribunal Supremo, el Consejo General del Poder Judicial, el Defensor del Pueblo, así como otras instituciones públicas y privadas, como ahora lo hace el Cermi.

Torronteras

Dudo mucho que el supremo y el CGPJ sean capaces de escribir en lenguaje claro...

themarquesito

#4 Precisamente por eso el CGPJ y Cumbre Judicial Iberoamericana necesitaron de la asistencia de la RAE para confeccionar el Diccionario Panhispánico de Español Jurídico (antes Diccionario de Español Jurídico).
https://dpej.rae.es/

Creo quePasaPolloPasaPollo y yo estamos de acuerdo en que se echa en falta en España la claridad expositiva y lenguaje claro de algunos jueces estadounidenses como Antonin Scalia, Tanya Chutkan, Oliver Wendell Holmes, o Stephanos Bibas.

PasaPollo

#5 Es además una involución temporal. No puede ser que el Código Civil de 1889 sea muchísimo más claro y ordenado que las leyes modernas. Vale que ahora las leyes son más complejas porque la realidad es más compleja, pero ya no hay esa voluntad de expresarse con claridad. La ideología tras el movimiento de la codificación era precisamente la claridad, rapidez y practicidad. Una pena que se haya perdido.

Ejemplo: 80.2 LCSP. Aparentemente el primer y el segundo párrafo dicen exactamente lo contrario.

Una empresa no podrá disponer simultáneamente de clasificación como Contratista de Obras o como Contratista de Servicios otorgada por las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y por una o más Comunidades Autónomas, o por dos o más Comunidades Autónomas, ni mantener simultáneamente en tramitación dos o más procedimientos de clasificación o de revisión de clasificación iniciados a su solicitud ante las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y las de una o más Comunidades Autónomas, o ante dos o más Comunidades Autónomas.

No obstante, una empresa sí podrá disponer de clasificación en obras otorgada por una comisión de clasificación estatal o autonómica y en servicios por otra comisión, así como también, en consecuencia, mantener simultáneamente en tramitación dos procedimientos de clasificación o de revisión ante dos comisiones de clasificación diferentes, siempre que dichos procedimientos sean uno en obras y otro en servicios