Hace 27 minutos | Por salteado3 a confilegal.com
Publicado hace 27 minutos por salteado3 a confilegal.com

El trabajador decidió demandar a la empresa Distribuciones Goyo S.A para reclamar diferencias salariales y la realización de horas extra comprendidas desde marzo a diciembre de 2019 solicitando 5.960 euros. Hizo 671 horas extra, dice la sentencia. El titular del Juzgado de lo Social nº3 de Lugo dio la razón al trabajador.

Comentarios

m

#2 La normativa del registro horario es como la de las llamadas de spam, papel mojado.

Luis_F

#3 Es papel mojado si el currante colabora con la empresa para echarle agua. Pero la empresa juega con ventaja porque "hay 20 en la puerta haciendo cola para currar y con un vaso lleno en una mano"

m

#4 Es papel mojado porque no se cumple en absolutamente ninguna empresa y no pasa nada. Para los pesaos, cuando digo ninguna empresa evidentemente es una exageración

redscare

#3 Si no denuncias, efectivamente lo es. Si denuncias la cosa cambia, como esta noticia ilustra.

m

#5 Para eso no hace falta el registro horario. Antes tambien podias denunciar.

V

#3 Donde trabajo se respeta a rajatabla, horas de más (voluntarias) luego se recuperan con tiempo libre. Donde trabajaba antes mi pareja no, le comente que las reclamase y así no le renovaban el contrato (mejor que irse ella). Unos meses después solo queda una de las tres empleadas que estaban y que tiene tendencia a cogerse bajas prolongada. No le veo mucho futuro a ese negocio. También es porque lo permitimos por miedo a tener que buscarnos otro trabajo.

sotillo

Como no podía ser de otra forma

VotaAotros

Por otro lado, los magistrados explicaron que, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de mayo de 2019, la carga de la prueba de la jornada realizada incumbe a la parte empleadora.

Esto es muy interesante. Cualquiera puede reclamar una cantidad ingente de horas extra a la empresa si sabe que no tiene en orden el registro de horas. Por tanto, no es papel mojado.

Por otra parte, el estatuto de los trabajadores español impide que se hagan más de 80 horas extra al año.

k

Me parece que la legislación en este tema es bastante laxa, inconexa, permisiva vamos el lado ancho del embudo... Se de alguna app para fichar con limitaciones, si te pasas de 8:59 te salta un error que has superado tu "jornada máxima" y al día siguiente te registran 8h exactas... Y si un día fichas la salida a las 20:00 e intentas fichar antes de las 8:00 te informa que no puedes porque no cumples las 12h de descanso obligatorio...
Y supongo que el login con usuario y contraseña o identificacion biométrica, en el teléfono of course, actuará como "firma" del longui de turno...
Hay alguna normativa al respecto? O esto es juan appalomo yo me lo guiso .. a mí gusto, y que traguen.