Hace 5 años | Por felipet a republica.com
Publicado hace 5 años por felipet a republica.com

Luis María Díez-Picazo, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que ordenó en una decisión sorprendente ‘revisar’ la sentencia que obliga a los bancos a asumir el pago del impuesto de las hipotecas, fue durante dos años, de 2015 a 2017, profesor en CUNEF, el Colegio Universitario de Estudios Financieros. La noticia sería una mera anécdota si no fuese porque se trata de una escuela de la que es titular la Fundación de la Asociación Española de la Banca, que es parte interesada en toda la polémica.

Comentarios

f

#4 Entiendo, que el titulo que es muy importante, en esta noticia de la republica.es es más explícito que en la anterior: el titulo que es lo que mucha gente lee, ya apunta a la banca.

D

Díez-Picazo tiene que irse a la puta calle. Pero ya.

Qevmers

Bueno, esta "trabajando" por uno de los poderes de este país, la Banca.
Esto es la Españistan que nos crean, nada nuevo cara al sol.

D

Yo creo que hicieron a drede lo de que no se enterara el presidente de la sala, a ver si saltaba

f

Definición del delito de tráfico de influencias impropio: artículo 429 del Código Penal

Por otro lado el delito de tráfico de influencias puede ser impropio, en el caso de que sea ejercicio por un particular sobre un funcionario. El artículo 429 del Código Penal lo regula disponiendo que: "el particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero".

Es decir, en este supuesto el sujeto activo se trata de un particular que no es ni autoridad ni funcionario público. Las penas con las que se castiga este delito son las siguientes: "será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior".