El perceptor estará obligado a presentar una declaración anual de rentas para que la administración pueda comprobar que no ha habido variaciones obliguen a la suspensión del derecho
Si el estado ya tiene esa declaración, ¿cuál es el motivo de que el perceptor tenga que presentarla? con el dni, y la autorización del perceptor para consultar sus datos debería de ser suficiente.
Comentarios
Me parece bien, aunque me da que la única novedad es que se va a comprobar un requisito que siempre ha existido. Las ayudas para quien las necesite.
#1 #2 Así parece que trabajan.
Pero si esto ya era necesario.
Si el estado ya tiene esa declaración, ¿cuál es el motivo de que el perceptor tenga que presentarla? con el dni, y la autorización del perceptor para consultar sus datos debería de ser suficiente.
#4 ¿dar algo que hacer a los funcionarios?
No entiendo la noticia. Quiere decir que hasta ahora no comprobaban los ingresos?
#5 que yo sepa si, tampoco entiendo muy bien la noticia