Hace 2 años | Por pinaveta a laopinioncoruna.es
Publicado hace 2 años por pinaveta a laopinioncoruna.es

La asociación SOS Patrimonio Monte do Gato Seselle ha encargado un informe pericial sobre las viviendas que se encuentran dentro del radio de afección de los siete aerogeneradores previstos en el parque eólico Seselle. Y las conclusiones han disparado las alertas de los residentes en esta aldea de Oza-Cesuras.

Comentarios

D

#1 pues que pongan los generadores al lado de tu casa...

D

#2 Es que lejos de las casas tampoco los quieren, que si estropean el paisaje, que se instalan lejos, que si la agricultura, que si el monte, etc.

Cualquier escusa es válida...

D

#6 en este caso hay una ley autonómica que establece una separación mínima de 500 m, así que parece lógico que los vecinos perjudicados protesten si esto no se cumple.
Después, sobre las cosas que comentas, habrá distintas opiniones... pero en este caso estamos hablando de mantener una separación mínima con las viviendas, a fin de que el ruido sea soportable, y creo que esto es algo en lo que podemos estar todos de acuerdo.

D

#8 Totalmente de acuerdo, lo que recrimino es la hipocresía en el resto de casos.

Queremos renovables, pero se oponen se instalen donde se instalen, escusas tienen para todo los sandías.

D

#9 A pesar de que es obvia la necesidad de avanzar decididamente en la instalación de renovables, esto no se puede hacer a cualquier coste.
Me parece un error meter en el mismo saco a todos los que señalan estos costes, creando un gran muñeco de paja. Hay que tener en cuenta todos los condicionantes y tomar decisiones ponderadas.

Alakrán_

#8 Caballero, la distancia mínima es a núcleos urbanos, en este caso son viviendas aisladas, no núcleos urbanos, la misma noticia lo recoge.

La plataforma de afectados denuncia que varias de estas casas se encuentran agrupadas pero que no tienen el reconocimiento de núcleo, por lo que quedan excluidas de la norma que obliga a alejar los molinos un mínimo de 500 metros

D

#11 realmente no es cierto que haya una ley autonómica como he dicho en el comentario anterior, lo único que hay es un plan sectorial, que el TSXG está tomando como referencia en distintas sentencias, a falta de una reglamentación específica.
Esos 500 metros los estan tomando, como es lógico, como distancia mínima a viviendas independientemente del tipo de suelo en que se encuentren, ya que el plan sectorial de 2002 la considera la distancia mínima suficiente para que los ruidos no molesten a los vecinos, a efectos de planificación.
Las reclamaciones de los vecinos tienen bastantes posibilidades de prosperar en caso llegar a los tribunales, y es totalmente lógico que presenten alegaciones al proyecto.

Penetrator

#6 eXcusa

trigonauta

#1 Buen falso dilema.

santim123

#1 Los pongan en Madrid

Eibi6

#1 una central nuclear en medio de la plaza del sol y se acaban los problemas

B

Pero vamos a ver, desde la barra del bar y tal, con la de campo, "descampao", ribazo y secarral que hay en España ¿tan difícil es poner el molinillo en un sitio que no moleste a nadie ni tenga impacto ambiental?

kmon

#7 si los instalas más cerca logras trasladar costes económicos a costes sociales

D

Están en contra porque les roban el aire.