El Supremo considera que estas dos imágenes supusieron una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen de la periodista. En concreto, se trata de las fotos publicadas en las cuentas en redes sociales del eurodiputado electo Alvise Pérez los días 10 y 14 de octubre de 2020, en las que la demandante aparece en compañía de su marido, la primera, y de dos personas de identidad desconocida, la segunda de ellas.
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#0 dupe El Supremo condena a Alvise Pérez a pagar 7.000 euros a Ana Pastor por publicar fotos privadas
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