Hace 8 meses | Por bonobo a europapress.es
Publicado hace 8 meses por bonobo a europapress.es

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha declarado, en una sentencia del pasado 10 de octubre, que el salario mínimo interprofesional (SMI) es aplicable en la relación laboral especial de las personas que intervienen en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura de dichas transacciones, como por ejemplo los corredores de seguros.

Comentarios

D

Menuda mafia las aseguradoras contratando agentes como falsos autónomos. EL día que trabajo las investigue va aflorar mierda a raudales.

J

Me parece bien, así se van a acabar algunos abusos.

Nobby

No entiendo... Si eran trabajadores por cuenta ajena dónde estaba la duda?