Hace 4 años | Por --625066-- a eldiario.es
Publicado hace 4 años por --625066-- a eldiario.es

María Elba reside en un albergue de Madrid después de perder su trabajo por la crisis de la Covid-19. A Rosibel le han dejado quedarse en la casa de la anciana que cuidaba y que murió hace un mes, aunque no sabe cuándo tendrá que irse.

Comentarios

#1 Es muy fácil. Yo tengo un bajo y te lo alquilo por 1000 euros. Haces la reforma, montas tu restaurante chick molón y cuando funciona te lo paso a cobrar a 10.000 o te digo que te pires pq como tu dices, ya no quiero que te quedes.
Lo que tu achacas a este gobierno con toda tu ignorancia, es achacable a cualquiera que ofrezca un mínimo de seguridad jurídica. Es un juez y no tu quien debe de decir si esa persona debe o no debe abandonar tu piso.
Con el gobierno anterior, para tu información, había bastantes más ocupaciones. Como un 70% más en algunas carteras de viviendas de banca y fondos de inversión. Infórmate.

p

#3 Bueno eso es culpa tuya por no asesorarte correctamente con un Abogado. Lo normal en los casos que comentas es que se estipule en el contrato una amortización de la reforma, una cantidad de años de alquiler X que compense la reforma e incluso una clausula de opción de compra a los X años.

Si tu lo haces por tu cuenta te va a pasar eso que comentas pero porque tu previsión a largo plazo es nula, lo que me hace dudar también de tu capacidad para hacer funcionar el restaurante chic.

Ahora ponte en el pellejo de la familia que tiene un familiar dependiente, que muere y que su cuidadora, que lleva con ese familiar un año (o 6 meses) te dice; "mira, que yo aquí estoy muy bien, mientras busco algo, aquí me quedo, así que ni se te ocurra venir a quitarme cosas por muy personales que sean. Ahhhhh, y sigue pagando luz y agua, que me tengo que lavar y ver sálvame".

#5 pues lo de luz y agua es pq no te asesoras te bien, pq los suministros deberían estar a nombre del inquilino. Diselo a ese abogado.

Si el contrato cesa y denuncias, entre 6 y 10 meses se produce el desalojo, con pago de lo estipulado en el último contrato vigente con intereses de demora.
Es decir, si se muere su madre tiene de 6 a 10 meses para buscar piso y mientras pagandote lo mismo que pagaba su madre... Menuda inseguridad jurídica!!
Con lo fácil que sería ponerla en la puta calle con todo en la puerta al día a siguiente de palmar su madre! Eso sí es seguridad jurídica!!

p

#6 Menos mal que no asesoras a nadie.

La de la noticia es cuidadora de hogar interina, no inquilina. No tiene contrato de alquiler, ni paga (ni puede pagar) luz, ni agua, ni comunidad ni nada que se le parezca.

Aquí no están desalojando a una inquilina, están desalojando a una mujer que no tiene donde ir y se ha quedado en la casa donde trabajaba. Tampoco es tan difícil de entender la noticia. Es como si a ti te despiden y, como no tienes casa, pues te quedas en la casa de tu jefe.

#7 no hice referencia a la noticia, fue a tu comentario que nada tenía que ver con la noticia.
Creo de hecho, que el alojamiento se paga como complemento salarial, es decir que con el despido deberían de pagarle la indemnización por el valor del alojamiento tb.
El problema es que están en B y se le asegura solo por una pequeña parte de su trabajo. Entiendo que debe ser un juez el que decida, no debería de poder echarte la contratadora. Hay un smac o un juzgado donde dirimir la cuestión no el propietario ni la trabajadora unilateralmente. Repito, seguridad jurídica se llama.

D

#6 No te fíes de alguien que escribe abogado con mayúscula, suelen ser delincuentes.

Narmer

#1 Pero es que a los sucesivos gobiernos de este país les sale más a cuenta que aporten sus casas los arrendadores que invertir en vivienda social como suelen hacer en otros países europeos.

D

#1 Con el gobierno actual, no, con la Constitución. ¿ Oye, somos o no somos Constitucionalistas ?

secreto00

#10 ¿Que artículo dice que hay que quitar una casa para dársela a un antiguo trabajador?

D

#11 veo que ni puta idea, como mi antiguo casero, que no distinguia entre ser dueño del inmueble (casa) y que aquello era mi domicilio y no podía venir cuando le viniera en gana.

secreto00

#12 mientras tú pagues y haya un contrato por medio es tu domicilio. Pero él es el dueño y te está ofreciendo un servicio a cambio de dinero.

D

#13 Puede ser tu domicilio sin pagar según la ley, hay muchas formas de acuerdos.

hamgi

No pretenderá Rosibel heredar la casa, me parece genial que la dejen una temporada residiendo en el hogar para que tenga un techo. Aunque eso de no sabe cuándo tendrá que irse... mejor que vaya desde ya buscando otras opciones para saber cuándo podrá irse.