El Tribunal Europeo de Derechos Humanos cambia su propio criterio y da ahora la razón a España, que no tendrá que indemnizar a cinco cajeras de un supermercado que fueron pilladas robando gracias a la instalación de cámaras ocultas. La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dictaminado hoy y por 14 votos contra tres que España no violó el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que regula el respeto al derecho a la vida privada. El anterior fallo contrario a España fue emitido en enero de 2018.
Comentarios
Lógico y normal.
#1 es que la verdad que es un poco esperpéntico que grabar a los trabajadores pueda ser considerado violación de los DH, pero grabarnos a los clientes se vea como normal.
¿80.000 euros en mercancías con solo 5 cajeras? , si fueran mozos de almacén controlando la entrada y salida de camiones, pero ¿cajeras en un supermercado? me cuesta creer tardasen tanto en cerrar el grifo.
Lo de reclamar el derecho a la intimidad cuando se habla de una zona pública con dinero de por medio y encima con un uso limitado que no sale de la propia empresa, ya me pareció una salida de tiesto cuando salió el recurso y aprovecharse torticeramente de malas leyes.
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elconfidencial.comOtra fuente: https://elpais.com/economia/2018/01/09/actualidad/1515487690_814779.html
Fallo completo en PDF: https://hudoc.echr.coe.int/app/conversion/pdf/?library=ECHR&id=003-6538808-8642219&filename=Grand%20Chamber%20judgment%20Lopez%20Ribalda%20and%20Others%20v.%20Spain%20-%20covert%20security%20camera%20surveillance%20of%20employees.pdf
https://hudoc.echr.coe.int/eng-press#