Hace 9 meses | Por nereira a lavanguardia.com
Publicado hace 9 meses por nereira a lavanguardia.com

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la rebaja de pena que la Audiencia Provincial de Almería dio a un condenado por abusar sexualmente de una menor de 13 años al considerar que no se aplicó la ley del 'solo sí es sí' de manera correcta y se obvió que, con la nueva ley, constituye un agravante la especial "vulnerabilidad" de la víctima debido a su discapacidad visual.

Comentarios

Battlestar

#4 ES que el juez no puede tener en cuenta la parte que "endurece la pena", por el principio básico de que los cambios en las leyes solo afectan a los reos en aquellos puntos que les benefician, nunca los que perjudiquen.
En todo caso lo que habrá decidido el juez es que no procede aplicar un beneficio, no que procede aplicar algo que le perjudica

Q

#4 Venía a indicar lo mismo que #27. En España se aplica el "in dubio pro reo", por lo que se le suele aplicar a los condenados la parte de la legislación que menos dura es con ellos.

loboatomico2

#1 No puede ser.... el TS puede anular lo que hacen mal los jueces... que solo quieren fastidiar a Irene.

Y ya han anulado...500 de los 1300?.....900 de los 1300?

D

#9 No, la lógica es que la ley les obliga, que ellos no quieren, pero deben aplicar una ley a ciegas, y esta "corrección" lo demuestra. Los jueces están para interpretar y aplicar.

loboatomico2

#12 Esta correccion solo demuestra que este caso estaba mal, como ha habido casos mal juzgados en cientos de otros delitos.

Y no la logica, la realidad es que el TS confirma las rebajas el 99% de los casos.

Pero algunos estan locos por agarrarse a lo que sea.

m

#1 ¿Estos eran los jueces fascistas hace 5 minutos, no?

Bretenaldo

#1 A ver, el supremo ya ha avalado las rebajas de las penas en aplicación de la "ley del solo sí es sí":

https://elpais.com/espana/2023-06-07/el-supremo-avala-las-rebajas-de-pena-por-la-ley-del-solo-si-es-si.html

Ahora bien, en esta sentencia en concreto dice que, en este caso, no procede la rebaja. Vale, pues en este caso concreto no procede. Habría que saber qué diferencia este caso de los anteriores, puede que el TS haya cambiado de criterio o puede que en este caso no se cumplan las condiciones para la rebaja. Ya para empezar, la noticia habla de un supuesto de acoso sexual (art. 184.4 del Código Penal), por lo que no tiene porqué ser aplicable a otros casos.

Bretenaldo

#15 Me corrijo a mí mismo: la noticia habla del artículo 181.4 del Código Penal (que ahora es el 181.5) y no del 184.4. Me he liado aquí, porque el 181 sí se refiere a las agresiones sexuales.

t

#1 "os jueces están obligados.."

En tu cabeza sonaba espectacular.

tdgwho

#25 Lo que hay que saber es si aplicaron mal por un error humano o intencionalmente.

Si es lo primero, pues bueno, todos cometemos errores, una pequeña sanción y a correr.

Si es lo segundo, yo justificaría el echarlos de la carrera judicial.

tdgwho

#22 De hecho yo a este tipo de delitos les pondría una sanción mas grave, como por ejemplo retirarle derechos constitucionales.

Un despojo humano que tiene el estómago de violar a una niña de 13 años, no merece tener los mismos derechos que tu y yo.

El caso es que parece que la Audiencia provincial se saltó la parte del agravante. Cometieron un error (intencionado o no) y se ha subsanado.

G

#23 Yo no soy político ni mi vida profesional consiste en estar metido en estos detalles, pero la verdad, soy el primero que sabe que se debe ser prudente a la hora de analizar los motivos de los errores observados, siendo los políticos y ministros los más "prudentes" a la hora de realizar declaraciones en público, por lo que representan.

Porque claro, si criticas a jueces por no aplicar bien tus leyes, a estos otros jueces que sí aplican bien tus leyes ¿les das la palmada?

Suena un poco escabroso eso, el "enfadarte" porque los jueces no condenan o sentencian como a ti te gusta.

Recientemente Meloni cargo contra una jueza que vio anticonstitucional aplicar una ley anti inmigración en Italia.

El Consejo del Poder Judicial italiano ya ha empezado a recoger firmas para apoyar a tal jueza ante las críticas de la primera ministra. Vamos, que el poder judicial italiano se ha echado encima de Meloni por totalitaria.

Hace falta poder defenderse ante ataques institucionales procedente de "dictatorcillos" de ese pelo.

G

#6 Supongo y espero que el Tribunal Supremo haya tenido en cuenta ese "detalle" que tú destacas.

No obstante, este caso en particular, tampoco es que sea de los más "sangrantes", podemos decir. La reducción de pena que impusieron en Almería fue de escasamente 3 meses:

"Concluye que la condena a aplicar sería de seis años y tres meses de prisión, superior a la que le impuso con la anterior ley la Audiencia Provincial de Almería de seis años y un día de cárcel."

Creo que hay casos con mucha mayor reducción de pena, que han sido perfectamente ratificados, por desgracia.

tdgwho

#8 Bueno, son 3 meses mas en los que puede que le den mucho por culo. Literalmente.

Incluso en las cárceles ciertos delitos están mal vistos.

G

#10 Exacto, no es por "minimizar" en absoluto. Espero que no se me malentienda en #8 😓

Pero sí sé que a la hora de evaluar la magnitud o significancia de la revisión, los jueces deciden tomar acción o lo podrán tomar como de menor relevancia.

Es como en el caso de condenas ajustadas a la pena o mínima, sin llegarse a ella.

El Supremo ya ratificó que incluso si la variación es de unos meses (sin ser estrictamente pena mínima), la nueva revisión puede ajustarse a la nueva pena mínima, manteniendo esos "meses" de diferencia, ya que aún se tomó en su momento esa condena mínima como referencia, por tanto con la nueva ley debería ser así.

Si no recuerdo mal esa fue la argumentación que existió con el reciente caso de reducción de pena de uno de los de la manada.

jonolulu

#5 #8 Sobre todo porque sí existía

G

#3 #6 Según confirmación de #11 , la evaluación del TS es correcta porque sí que existían esos agravantes cuando fueron cometidos esos delitos.

Así que tiene sentido la anulación del TS.

tdgwho

#19 Me lo imaginaba. No creo que se pasasen por el forro ese artículo de la constitución lol

Le votaría,pero le tengo ignorado, porque el muy tonto, me vota negativo a pesar de que expongo una duda, y al final digo exactamente lo que él dice (lo de que ya existía)

Supongo que anda escocido.

curiosopaseante

¿Desconocimiento del juez?¿No se había estudiado la ley?

curiosopaseante

#7 La carta "prevaricación" se usa muy poco en España, es de nivel mítico.

R

Esto tiene una solución de la que nadie quiere hablar, se llama Cadalso.

D

No puede ser si con la nueva Ley salieron todos a la calle que lo he oído en LaSexta

starwars_attacks

Esto es por fin, los frutos de esta Ley que no quisieron respetar:

no se aplicó la ley del 'solo sí es sí' de manera correcta y se obvió que, con la nueva ley, constituye un agravante la especial "vulnerabilidad" de la víctima debido a su discapacidad visual.

Felicidades al Supremo.

tdgwho

Pero se le pueden aplicar agravantes a un acto que cuando se cometió, no existían?

G

#3 Según el TS, sí.

tdgwho

#5 Pues a ver, no seré yo quien quiera que esa persona se pudra en la cárcel.

Pero el artículo 25 de la constitución pone:

"Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento."

Si en el momento de cometer el delito de abusos no había el agravante, ahora no se puede aplicar.

Lo único que se me ocurre es que si existiese, y que ahora se lo han saltado. (y vuelto a aplicar)

D

Y si la sociedad, políticos, medios, deja a los jueces hacer su trabajo sin acusar o condicionar o presionar constantemente a los jueces que tal??

Luego me habéis tirado las 2 noticias sobre el descenso de calidad democratica en españa, es que es descarao.

Caravan_Palace

#16 el descenso de calidad democratica en España ? Te refieres a como tus jefes controlan la sala segunda por detrás? Al bloqueo de tus amos al CGPJ? A los ataques desde la judicatura y la policía patriotica a un partido de izquierdas solo por ser de izquierdas? A que descenso te refieres?