Hace 2 años | Por Wolfgang a diariodecadiz.es
Publicado hace 2 años por Wolfgang a diariodecadiz.es

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a seis años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de la sobrina menor de su mujer de manera continuada desde que la niña tenía ocho años y hasta que cumplió los doce, lo que ocurrió entre 2007 y 2010. El tribunal de la Sección Cuarta ve acreditado en su sentencia que el hombre también abusó sexualmente de otra sobrina cuando tenía una edad comprendida entre los ocho y los 17 años. Sin embargo, por este segundo caso no ha sido condenado porque “la responsabilidad penal ha prescrito”

Comentarios

Jesulisto

#3 Gracias por la respuesta pero la borderia del final te la podías haber ahorrado.

Si tienes algún problema con alguien, no lo pagues con el primero que te encuentres por Internet, solo es un consejo bienintencionado.

No te molestes en contestar que te mando al frigorífico unos días

L

#4 A la hora de dictar el fallo, la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz ha aplicado el Código Penal de 1995 “por ser el vigente al momento de los hechos y resultar la pena del tipo básico más favorable”. Sin embargo, tanto el fiscal como la acusación particular plantearon una calificación de los hechos conforme al Código Penal de 2010, que incluye una reforma a partir de la cual se castigan los abusos a menores con penas más altas que oscilan entre los ocho y los doce años de prisión, mientras que el Código Penal de 1995 contempla penas más bajas que abarcan de los dos a los seis años de cárcel.

En esta causa, en la que se ha tenido en cuenta el Código Penal del 95, el procesado ha sido condenado a seis años de prisión por abusos sexuales a una de sus sobrinas. Ahora bien, los abusos sexuales cometidos y acreditados contra la segunda sobrina han quedado sin reproche penal porque están prescritos.

La víctima “tenía tres años para denunciar desde que cumplió los 18”, explica la sentencia, pero cuando interpuso la querella en 2020, “el plazo había expirado sobradamente”...


Es difícil en estos casos porque a esa edad lo que se entiende es que es tabú y no se suele decir nada... Además los agresores suelen saber elegir bien a sus víctimas. No se me ocurre cómo se podría solucionar si no es con más educación al respecto y un mecanismo seguro y simple para denunciar, en los colegios, por ejemplo...

Shotokax

Los delitos de extrema gravedad no deberían prescribir nunca.

Jesulisto

¿No había una ley Rhodes que hacía que no prescribiesen esos delitos?

O se quedó en los titulares

PaulDurden

#1 Igual prescribió antes de aprobarla, o yo qué sé. Pero menuda putada para la chica.

D

#1 El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves la ley orgánica de protección a la infancia frente a la violencia, que amplía el plazo para iniciar la prescripción de los delitos graves hasta que la víctima cumpla 35 años para evitar que los casos queden impunes, y lo ha hecho con un amplio consenso, salvo la oposición de Vox y PNV.

https://www.rtve.es/noticias/20210415/congreso-luz-verde-ley-rhodes/2085989.shtml

para que comprendas el motivo de no aplicar esa ley vigente (algo que ya deberías de saber si tienes mas de 16) entra en la noticia.

D

#3 Me sigue dando vergüenza que hayan tardado tanto. En cuanto a la oposición de los que mencionas, sólo su estrecha relación con los sagrados pederastas puede ser explicación.

D

si llevas tiempo sin cagar o te estas hormonando o se te murió un gatito o lo que sea para estar tan sensible, te aconsejo que te metas en la nevera y lo sufras en silencio.

lo políticamente correcto esta censurando al natural.