Publicado hace 13 años por --220311-- a fundamentosdederecho.wordpress.com

El Juzgado de lo Social nº1 de la Rioja examinó el despido de una persona que, según la empresa para la que trabajaba, había visitado en siete días, 453 Web ajenas a su trabajo. El Juzgado determinó que el despido era correcto, pero el despedido recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia alegando –entre otros fundamentos- la ilicitud de la prueba, la falta de información y autorización judicial, y la vulneración de su intimidad.

Comentarios

Jiboxemo

Ahora le hacen la misma prueba al de recursos humanos, al gerente, al de ventas, al ejecutivo, al becario... a ver que sale...

disconubes

Esas las me las visito yo en un par de horitas.

Ingenioso_Hidalgo

Si me las miran a mi salen bastantes más. Menos mal que administro yo la red .

De todas formas es normal en 1 jornada de 8 horas o más que la gente visite cosas que no son relacionadas con su trabajo. Es imposible rendir el 100%. Por eso hay muchos defendiendo una jornada laboral de 4 horas.
Eso si encuentras trabajo claro...

tocameroque

Lo que obviamente no mencionan es si no cumplía también correctamente con su trabajo o además cumplía con él, con lo cual demuestran tener una empresa con "sobraos" en el trabajo....vamos productividad typical spanish.

Locodelacolina
G

Si te logean entrando en meneame por ejemplo te van a logear entrando ya entre 3 o 4 paginas web que enlazan imagenes, publicidad etc y algunas paginas que visitas con tanto enlace externo a imagenes te pueden contar como 20 paginas visitadas depende de como traten eso de "paginas visitadas".

zordon

A más de un meneante se le han subido a la garganta

D

Lógico Y normal.