La Guardia Civil ha detenido en Castellón a un hombre de 73 años como presunto autor de la muerte, en 1981, de una joven de 25 años que estaba embarazada en el momento de los hechos y cuyos restos óseos fueron encontrados en 1999 enterrados en una finca de Sant Salvador de Guardiola (Barcelona), según ha informado el instituto armado en un comunicado. Los agentes están a la espera de cotejar el ADN del feto con el del detenido para comprobar si era hijo suyo.
Comentarios
Sin tener ni idea... ¿esto no estaría prescrito?
#1 los asesinatos no prescriben, creo
#2 Esto es lo que he encontrado por internet.
"Si en el determinado tiempo fijado por la Ley (20 años) no se encuentra al culpable, o al menos, no se imputa a ningún sospechoso, el delito prescribe, o diciéndolo de manera más coloquial el acto delictivo "caduca"; a partir de ese momento no se podrán iniciar actuaciones judiciales cualesquiera ni juzgar a los culpables por el crimen.
Otro tema son los delitos de terrorismo o genocidio"
#2 A los 20 años prescriben todos los delitos salvo terrorismo, delitos de lesa humanidad o genocidio. Pero incluso así hay jurisprudencia conflictiva a causa del franquismo (sorpresa).
#3 El cómputo se inicia en la comisión del delito y se interrumpe con la investigación se dirija hacia el acusado. Este hombre se va de rositas.
#7 excepto cuando se encuentren nuevas pruebas que impidan archivar el caso.
#11 Eso no tiene nada que ver con la prescripción. Si se encuentran nuevas pruebas, se puede reabrir, y si se reabre y se dirige contra una persona concreta, se interrumpe la prescripción (en relación con esa persona), en caso de que no esté prescrito ya. Pero si está prescrito, entonces ya no se puede hacer nada. Esa es la "gracia" de la prescripción.
#27 pero aquí el culpable de delito nunca fue hallado por lo tanto no puede haber pena, ni prescripción de delito puesto que no hay imputado
#37 El plazo de prescripción empieza a contar cuando se comete el delito (como regla general). El delito puede perfectamente prescribir aunque no se sepa quién lo cometió.
#38 lo que tu digas, y ahora diles a todas las familias con parientes asesinados porque luchan paea que no se archiven los casos.
#42 No digo cómo me parece a mí que debe ser. Lo que me parece a mí es que el asesinato no debería prescribir.
Lo que digo es lo que dice el Código Penal, salvo interpretación mejor fundada en Derecho.
#44 buscate otro guión , que te viene grande el personaje.adios.
#42 No es lo mismo el archivo provisional del caso porque no se encuentran culpables, que la prescripción
#47 en este caso que nos ocupa si se pueden dar las dos situaciones
#42 quería decir parientes desaparecidos.
#38 Oye cómo mola tu nombre de usuario
#37 El desaparición data de 1981 pero el cuerpo se halló en 1999 dice la noticia.
20 años entiendo que cuentan desde que se comprobó que la muchacha fue asesinada al encontrarse su cuerpo.
#7 Es que lo del Franquismo no prescribió. Se amnistió, que es distinto.
#36 Una amnistía que según la legislación internacional(a la que españa está sujeta) es ilegal.
#46 En realidad es lo que bien dice #36 http://diario16.com/los-delitos-lesa-humanidad-prescriben-espana/
#61 Si y no, se amnistiaron según la ley española, pero esta ley es ilegal según la legislación internacional al respecto, que aunque españa no la ratificase sigue aplicándose.
#64 aunque españa no la ratificase sigue aplicándose.
¿Comooooorl?
#65 España y otros muchos países han hecho juicios o instrucciones contra individuos de países que no han ratificado ciertos acuerdos internacionales, por ejemplo con el caso José Couso. EEUU por ejemplo no ha ratificado el que otros países puedan juzgar a sus ciudadanos por delitos de guerra pero eso no impidió que juez Santiago Pedraz instruyese un caso contra los ocupantes del tanque que disparó contra el hotel Palestine.
#67 Ah bueno, también hay gente que reza a todo tipo de dioses. Pero legalidad en cada ordenamiento jurídico solo hay una.
#68 Sí, pero el que por ejemplo, en España condenasen a uno de los ocupantes de los tanques (cosa que al final no ocurrió debido a que no se llegó a celebrar el juicio por falta de interés por parte de las instituciones judiciales y falta de interés por parte de los políticos) hubiese implicado que sobre ellos consta una pena de prisión y una orden de detención internacional. EEUU no los hubiese detenido ni extraditado al no reconocer ese tratado, pero esa orden de detención internacional hubiese limitado su movimiento hasta el punto de que probablemente no podrían salir de EEUU sin exponerse a ser detenidos por un tercer país y extraditados a España para cumplir su pena.
En definitiva, puede que un país no ratifique un tratado, pero eso no implica que los criminales sean inimputables, simplemente implica que no se les va a imputar en su país de origen, lo cual no impide que otros países si lo hagan y dícten órdenes de detención contra ellos y que en caso de ser detenidos por el país que puso la orden o un tercero podrían implicar que tengan que cumplir la pena por la que han sido condenados.
#71 EEUU no los hubiese detenido ni extraditado al no reconocer ese tratado
Equilicuá...
Y ahora de vuelta a #65
(por si no caes, lo que pego ahí y lo que dices de "pero esta ley es ilegal según la legislación internacional " es un sinsentido)
#72 Pero el que españa no la aplique no implica que otros no lo hagan, por lo tanto sigue aplicándose para los ciudadanos españoles.
#81 No existe la "legalidad internacional", solo la coordinación entre ordenamientos jurídicos internos. Te estás aferrando a un giro técnico que carece de sentido en la práctica.
Así que lo dicho, esa amnistía es válida a todos los efectos. De hecho (en la práctica) también lo es en Europa.
#82 Es válida mientras el resto de países no quieran perseguir esos casos, y es cierto, la mayoría no quieren debido a que todos o casi todos tienen esqueletos en el armario, pero eso no implica que no se pueda decir que la mayoría de países considera que la ley de amnistía española es ilegal y que legalmente pueden perseguir esos crímenes por mucho que no tengan intención práctica de hacerlo.
#7 Lo que pasa es que los crímenes del franquismo se consideran de lesa humanidad o genocidio ya que fueron crímenes cometidos sistemáticamente contra una parte de la población por motivos políticos (o disfrazados de motivos políticos en múltiples casos ya que está documentado que muchos individuos usaron excusas políticas para matar a gente contra la que tenían rivalidades por temas de tierras, amoríos, problemas familiares...). Esta es la razón por la que no prescriben.
#2 En españa si prescriben pero la gente tiende a creer que no por las pelis americanas
#1 Es muy probable. El plazo de prescripción del delito del delito comienza a contarse desde su comisión y solo se interrumpe cuando la investigación se dirija contra el presunto autor, no antes. Por otro lado, en principio, le sería aplicable el Código Penal de 1973, cuyo artículo 112 establece plazos máximos de prescripción de entre 15 y 20 años.
#1 los delitos no típicos de los poderosos no prescriben
Pues se ha tomado con calma la mujer el denunciar la desaparición de su hermana... 37 años.
#12 ahí le has dado...
#13 Estaba muy preocupada.
#12 Además fue ella la que le presentó al susodicho.
#15 Igual ya ha cobrado la herencia
#12 Un poco raro. Puestos a imaginar, quizás le pagaron para que callara, ahora ha pedido más dinero y no se lo han dado.
#33 Eso también puede ser cierto...
#12 machiiiiiista. Estaría ocupada....
Plazo de prescripción de los delitos:
El artículo 131.1 del Código Penal establece los siguientes plazos:
1.- A los VEINTE AÑOS, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.
2.- A los QUINCE AÑOS, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.
3.- A los DIEZ AÑOS, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.
4.- A los CINCO AÑOS, los demás delitos.
5.- Los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, prescriben AL AÑO.
#5 plazos a contar desde ....?
#8 No tengo ni idea. No soy abogado pero supongo que desde que cometes el delito.
Pero lo que he encontrado por ahí es esto (yo también me lo estaba preguntando)
El artículo 132 establece la forma de computar los plazos anteriores. Para el asesinato, los plazos de prescripción, se computarán desde el día en que se haya cometido la infracción punible. Se producirá la interrupción de la prescripción del delito de asesinato, desde el momento en el que el procedimiento se dirija contra una persona indiciariamente responsable, comenzando a correr de nuevo desde que se paralice el procedimiento o termine sin condena.
Se suspenderá el cómputo con la presentación de querella o denuncia por asesinato, formulada ante un órgano judicial, por un plazo máximo de seis meses, desde la misma fecha de presentación de la querella o de formulación de la denuncia. El cómputo continuará desde la fecha de presentación de la querella o denuncia si, en dicho plazo recae resolución judicial firme de inadmisión a trámite de la querella o denuncia o por la que se acuerde no dirigir el procedimiento contra la persona querellada o denunciada por el delito de asesinato.
#3 goto #9 que confirma que "se computarán desde el día en que se haya cometido la infracción punible"
Además es de cajón, la prescripción entre otras cosas busca que no te puedan acusar de algo de lo que ya no tienes guardadas las pruebas de tu inocencia, si cualquiera al encontrar una prueba empezara el plazo desde ese momento, no tendría sentido.
#21 Precisamente el párrafo 2 del artículo 132 del código penal dice lo contrario de lo que a ti te parece "lógico". Si se encuentra una prueba antes de que prescriba el delito y se inicia proceso contra el presunto culpable al que indica la prueba, el plazo de prescripción se paraliza quedando sin efecto el tiempo transcurrido.
#63 eso no es lo contrario de lo que digo, se paraliza pero no se reinicia, si se encuentra una prueba y se denuncia el denunciado lo sabe y puede asegurarse de guardar a buen recaudo todo lo que necesite.
"Lo del tiempo transcurrido" no me suena nada, pero si es así, entonces me la envaino, link?
#73 https://www.boe.es/legislacion/codigos/abrir_pdf.php?fich=038_Codigo_Penal_y_legislacion_complementaria.pdf
Párrafo 2 del artículo 132. En la página 69 del documento.
"2. La prescripción se interrumpirá, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el procedimiento se dirija contra la persona indiciariamente responsable del delito, comenzando a correr de nuevo desde que se paralice el procedimiento o termine sin condena de acuerdo con las reglas siguientes: ..."
#76 pues tienes razón y me la.envaino, segun ese parrafo: si se encuentran pruebas dentro de plazo y se denuncie el tiempo de prescripción se reinicia.
¿Algún abogado o experto en la sala que lo corrobore?
BanThis, gracias por el aporte, aunque demuestre mi error.
#76 #80 Lo que ahí dice es que en el momento en el que comienza un procedimiento contra alguien se para el cronómetro y sólo continúa cuando se paralice el procedimiento o no haya condena contra esa persona. No comienza de nuevo desde cero sino desde donde se paró.
Vamos, que si te pillan a un mes de que prescriba el delito, no haya obligación de celebrar el juicio antes de ese mes.
#95 luego, entonces no me la envaino y tenía razón...
#95 #98 Falso. La prescripción se interrumpe ene ste caso, y lo que tú dices sería suspensión. Por ejemplo (STS de 6/10/1993):
interrumpida la prescripción, el tiempo ha de computarse a partir de la nueva paralización del procedimiento, no siendo acumulativos a efectos de prescripción, los tiempos en los que, sucesivamente, hubiese estado paralizado el procedimiento.
#3 Por otra parte, para que se interrumpa no basta con que aparezca una prueba. Es necesario que el procedimiento se dirija contra una persona concreta. Que aparezca un cadáver no interrumpe la prescripción.
#99 los abogados siempre liando, pero entonces, ¿como va?
#9 Si, es desde qe se cometió el delito. Por eso los delitos de corrupción prescriben tan rápido. Entre que lo cometes, te hacen una auditoria, encuentran el pestazo... pasan dos o tres años antes de que te imputen, minimo
¿Alguien puede explicar la razón por la que los delitos como éste prescriben?, ¿si la muerte de un asesinato es para siempre, por qué la prescripción del delito no termina también en ese lapso de tiempo?
Estaría de acuerdo con un delito como un robo de una gallina (que no me gusta tampoco pero que han dado argumentos razonables los que saben de derecho), pero ¿por qué ésto?, ¿cuál es la justificación?
#16 teóricamente tengo entendido que la prescripción sirve para evitar casos como:
Alguien comete un delito (robar pan)
Pasan x años y el tío/a es normal y no ha causado ningún mal más (tiene trabajo, familia etc).
Se descubre que robó pan y se le enchirona después de 30 años siendo un tío que no ha casusado más males.
Tenemos la situación que a esa persona se le mete en la cárcel con las consecuencias que eso conlleva y luego se le libera al cumplir condena.
Eso no quiere decir que esté de acuerdo con esto.
#16 Sin animo de ofender: desde luego no has leído mucho sobre leyes y prescripciones, ni poco, ni le has dado muchas vueltas al tema,...
#23 te da un ejemplo, creo que no el mejor, perdón.
Para mi el motivo más claro es la correcta defensa del acusado, se entiende que pasado cierto tiempo te pueden faltar las pruebas que demuestren tu inocencia o incluso que alguien fabrique una serie de pruebas falsas que tu podrías desmentir fácilmente hace 20 años pero no ahora.
Dicho de otra manera: Prevalece un poco el lema, no del todo cierto, de "mas vale un culpable en la calle que un inocente en la carcel(o muerto)"
Ejemplos te puedes inventar muchos y seguro que también los encontraras en situaciones reales, los más claros de explicar son los fiscales:
Tu guardas tu declaración de la renta, los justificantes, los certificados de empresa durante cierto tiempo, está claro que salvo que seas una de las personas más ordenadas del mundo si te pido justificaciones del porque de algunos conceptos de tu declaración de renta de hace 20 años, no tengas esas pruebas que demuestran que pagabas una hipoteca en esa epoca o aquel recibo del parking.
Por otro lado una buena base de la justicia se basa en las declaraciones, y cuanto más tiempo pasa, más fácil es que los humanos confundamos los hechos, los mezclemos e incluso inventemos nuevos(eso, aunque no te lo creas, en mayor o menor medida NOS PASA A TODOS).
Y hay más justificaciones para las presciprciones. Precisamente en la mayoría de paises los años varian en función del delito y algunos se han ampliado mucho recientemente(años) en la mayoria de europa, pero se intenta que se limite porque crea indefensión.
#29 No lo sé, pero apuesto mucho a que en muchos países estar embarazada se considera un agravante(pero para eso te tienen que condenar), tanto por el no-nato, como por la mayor vulnerabilidad de la madre.
pero para estar seguro habría que consultar a abogados especialistas...
por cierto: ¿te ha aclarado algo mi comentario de #28 ?
#40 Mucho, gracias.
Ahora pienso que si pasa el tiempo, en lugar de que el caso prescriba, tal vez sea mejor exigir cada vez más pruebas, pruebas MUY extraordinarias, que no dejen lugar a la menor duda. (Sé que sería difícil de implementar eso, pasaría muchos años de discusiones y debates)
Por otro lado me pregunto ¿por qué no prescriben los delitos de lesa de humanidad? (no sé en la legislación española, pero hay otras que no prescriben). Imagino que porque las pruebas pueden ser más fáciles cuando hay muchas personas involucradas.
#62 no sé porque no.prescriben, imagino También por el perfil de delito, como bien dices las pruebas multitudinarias(ojo que lo de la memoria no es broma y es importante), pero solo imagino...
#29 Al delito de asesinato se suma un delito de aborto no consentido.
Aquí tienes otro caso en que pasó algo similar, y la condena: https://www.20minutos.es/noticia/3341398/0/juzgan-mujer-que-mato-su-hermana-embarazada-6-meses-hace-dos-anos-madrid/
#40
#96 curioso, thanks.
#28 #29 #32
En ningún momento digo que sea la explicación correcta ni el mejor ejemplo . Es más era una reducción casi al absurdo.
No sé de leyes así que alguien lo podrá explicar mejor seguro.
#28 No guardo la factura del movil que compré hace un año, voy a guardar las pruebas de que no cometí un delito en 1981...
Desde luego, tienes toda la razon.
#57 gracias!
#28 no has leído mucho sobre leyes
te pueden faltar las pruebas que demuestren tu inocencia
No es el único que "no ha leído mucho de leyes" por lo que veo. Según tengo entendido, la acusación ha de demostrar la culpabilidad, tú no tienes que demostrar tu inocencia, esta se presume.
#77 si alguien trae pruebas que, sin las tuyas, prueban tu culpabilidad, tú usas tus pruebas para probar tu inocencia. No sé si es correcto en "legalés" pero ya te digo que es real.(y lo sabes)
#23 Eso es precisamente lo que leí en Menéame. Pero un asesinato de una mujer además embarazada[1] es demasiado grave como para que después de que el asesino tenga nietos salga ileso.
Off topic (repetido)
[1] Con respecto a la mujer embarazada. ¿para el caso del asesinato importa o no que esté embarazada?, porque hay doble moral.
- Moral A. Una mujer puede abortar. Es su cuerpo ella decide (no es un ser humano, ni está vivo lo que lleva por dentro)
- Moral B. Si es asesinato hay agravantes porque mató también a su hijo (ahora lo que tiene por dentro sí es un ser humano y está vivo). Eso es mucho más grave y escandaloso que si la mujer no estuviera embarazada, es impactante para la psiquis.
¿Lo que tiene por dentro es o no es un ser humano?, ¿lo es cuando interesa y no lo es cuando no interesa?, ¿es un ser humano o no a conveniencia?
#29 También tienes razón. ..
#29 para abortar hay unos plazos, y que yo sepa ninguna mujer aborta a los 5 meses de embarazo salvo casos muy muy específicos.
Por decirlo de una forma cruda: legalmente (y biológicamente) no está igual de desarrollado un feto de 5 semanas que uno de 5 meses.
#23 Para eso es para lo que debería estar el indulto.
#16 Porque la persona autora puede ser otra completamente distinta de la que era cuando cometió el asesinato y le vas a destrozar la vida y la de su familia. Vamos tiene poco sentido trincarlo ahora ya que si el tío hubiera sido juzgado ya estaría en la calle.
#26 O puede también que sea un esposo maltratador de su mujer e hijos y todo un hijo de puta que no haya cambiado nada.
El que haya atenuantes porque haya cambiado me parece bien, pero que salga ileso porque sucedió hace mucho tiempo no. Como mínimo debería pagar una pensión a los familiares de la víctima. Los padres, por ejemplo, que ahora deben ser ancianos y puede que con necesidades. (Además de una indemnización)
#16 Poder robar tranquilo de las arcas del estado. Quiero decir, que empiezas presciribiendo los delitos económicos por los que están muy interesados la clase política, y luego lo camuflas con otros delitos para que no cante tanto.
#16 Pues aunque parezca paradójico para proteger a los inocentes. Cuanto más tiempo transcurre más difícil puede resultar para un inocente refutar unas posibles pruebas que se presenten en su contra. Obviamente, cuando más grave es el delito más largo es el periodo de prescripción.
Cierto que es más fácil de explicar en otro tipo de delitos. Por ejemplo, los fiscales que prescriben a los 5 años. En la práctica obliga a que te tengas que guardar facturas, recibos, justificantes, contabilidad etc etc de todo durante ese tiempo por si te hacen una inspección. Si tuvieras que guardarlos toda la vida acabáramos.
#16 En España las penas de cárcel están orientadas a la reeducación y reinserción, si ya han pasado 37 años la cárcel pierde esa utilidad
El cadáver apareció en 1999, hasta ese momento no se pensaba que hubiese un asesino. Yo creo que a partir de ahí empieza a contar el plazo de prescripción.
#3 apostaría que no, que es desde que se comete...
pero bueno para eso están los jueces, que lo denuncien y el juez dictamine, la policia no es quien para considerar si está prescrito o no.
#3 de 1981 a 1999 estaba desaparecida, es a partir de ahi cuando se considera que fue asesinada cuando aparecio el cuerpo por lo que aun no ha preescrito ( por los pelos)
Creo que ha prescrito...
ME parece mas surrealista lo de la hermana que lo de prescribir el delito... Me huelo alguna herencia por ahí en medio...
#70 Efectivamente suena a herencia... o algo peor.
Mal pensados que somos...
Menuda historia.
Dormirá en casa, medidas cautelares y tal . Al país no debe importarle el delito. Lo más importante es paralizar la pensión del tipo y embargo bienes para pagar a la familia de la persona que se demuestre mato . Anda que sus herederos deben estar contentos. Feliz Nadal
#24 no se sí dormirá en casa, pero tiene pinta que está prescrito, como bien ya comentamos muchos.
#24 Teniendo en cuenta que el crimen ocurrió hace 37 años, está más que prescrito, de hecho casi ha pasado el doble de tiempo necesario para la prescripción. El anciano saldrá libre en unos días y probablemente no se presenten cargos o si se presentan no llegará a juicio por confirmarse la prescripción del delito.
En caso de ponerlo a disposicion judicial, lo pondran en libertad sin duda alguna.
Esta historia es un poco extraña... ¿Le encuentras novio a tu hermana y te olvidas de ella durante 36 años?
#51 cruzando los dedos cada día para que no te invite a la boda...
cuando era un chaval, quien se lo iba a decir y quien iba a pensar que duraria tanto en la vida un cerdo asesino
Puede que quede libre por haber prescrito, lo dirá un juez.
#6 Pero qué juez ni qué juez. Que esto es menéame!!!
#10 Supongo que se irá de rositas... pero no estará de más el desprecio social que amargará su vejez
Se me ponen los pelillos de punta. Maravilloso que al final se haga justicia (esperemos). Me hubiera encantado ver la cara del caballero en el momento de su detención.
Delito definitivamente prescrito. Lo siento por la familia
https://www.aobabogados.com/blog/la-prescripcion-de-los-delitos-y-las-penas
que vuelva Galli, que este meneame cada vez es más sensacionalista...
#39 como noticia es más que curiosa..., no todos los días se encuentra al posible asesino de un delito de hace 37 años...
no creo que haya muchas hermanas que pongan esa denuncia tantos años despues(lo cual es raro raro y o hay alguna errata o seguro también será investigada)
etc...
vamos que estoy de acuerdo en que meneame es cada vez más sensacionalista, pero no por esta noticia en sí, que es una "desagradable curiosidad"
Por la celeridad con la que se ha resuelto el caso, apunto al grupo de investigación que dirigió lo de Diana Queer
#20 Supongo que has leído el artículo. Lo cierto es que el caso lo han resuelto de un plumazo, contando desde el momento, 36 años después, en el que su hermana se acordó que tenía una hermana que presentó a un tío y que luego desapareció. Toda una hacha.
#25
36 años esperando a su hermana en la Cena de Navidad: Pues Fulanita no viene...
#20 el grupo de investigaciones del asesinato de diana quer encontró al culpable en año y medio/2 años.
Y el (presunto, pendiente de resolución judicial) culpable está donde tiene que estar.