La asociación de consumidores Facua ha tachado de "mezquina" y "miserable" la oferta de la aseguradora Mapfre de una indemnización de menos de 80.000 euros a las víctimas del vuelo de Spanair, siniestrado en el aeropuerto de Barajas el 20 de agosto de 2008.
#5:
#1 Por esa regla de tres cada vez que te encuentres enfermo, en lugar de acudir a un hospital, te apresuras en hacer la carrera de medicina y te curas tu mismo ¿No?
Una cosa es la RC obligatoria (luego hablo de ello)
Otra cosa es el seguro de daños, que no es obligatorio. Spanair puede asegurar o no el avión, según cómo le parezca.
Dicho esto, tú no aseguras en '10 veces menos'. En todo caso, aseguras a valor parcial o a primer riesgo, esto es, a un capital fijo. En todo caso, si hay un siniestro hay que tener en cuenta que hay depreciación.
Dado que el seguro no es obligatorio (aunque en el caso de una gran aerolínea, probablemente tengan), tus cálculos acerca de lo que vaya a pagar el seguro de daños y su comparación con lo que pagan por la RC obligatoria son aventurados, erróneos y pura especulación.
Ahora vamos al tema de la RC obligatoria. La RC obligatoria en los seguros de aviación viene regulada por la Ley 48/1960 http://tinyurl.com/ckwwokn (Art. 117) que establece:
A los efectos previstos en el artículo 117 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, las indemnizaciones a favor del viajero que deberán abonar las compañías aéreas no sujetas a la aplicación del Reglamento (CE) 2027/1997, del Consejo, de 9 de octubre, sobre responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente, que aplica un sistema uniforme dentro de su ámbito serán, en su equivalencia en pesetas o euros, las siguientes:
Por muerte o incapacidad total permanente: 100.000 derechos especiales de giro.
Por incapacidad parcial permanente, hasta el límite de 58.000 derechos especiales de giro.
Por incapacidad parcial temporal, hasta el límite de 29.000 derechos especiales de giro.
El cambio en lo que nos ocupa (fallecimiento de pasajeros) es el siguiente:
Por muerte o incapacidad total permanente: 100.000 derechos especiales de giro.
Quién quiera saber qué son los DEG, que lo busque, pero nos da un baremo para calcular, por Ley, la indemnización a la que están sujetos los pasajeros en caso de muerte. He hehco el cambio, que salvo error, es correcto: http://es.coinmill.com/EUR_SDR.html#SDR=100000
El total son alrededor de 116.000 €
Es decir, por ley y siempre en caso de que no hubiera negligencia, la empresa está obligada a indemnizar con un mínimo de 116.000 € por muerte a los afectados (en este caso, a sus herederos).
Resumiendo, que la cantidad legal que deberían pagar está por encima de lo ofrecido. Sin tener en cuenta que las cantidades deberían ser superiores habiendo negligencia, aunque la causa fue archivada en su procedimiento penal y queda la vía civil para reclamar.
Todo lo que he puesto arriba, salvo error u omisión, diría que es correcto. Si no es así, que me lo corrijan
Eso sí, que algunos os confundáis y perdáis el tiempo hablando sobre el seguro de daños no tiene sentido.
#4:
Pues yo pienso que FACUA esta haciendo un buen trabajo (se pueden equivocar por supuesto) pero siempre están del lado del consumidor y muchas veces han ganado casos que de antemano estaban perdidos.
Pues yo pienso que FACUA esta haciendo un buen trabajo (se pueden equivocar por supuesto) pero siempre están del lado del consumidor y muchas veces han ganado casos que de antemano estaban perdidos.
Estaría bien saber cuánto paga el seguro a Spanair (o herederos) por el avión, ya que si un avión son de 100 millones de euros para arriba, no creo que estuviese asegurado en 10 veces menos, similar a los 13 millones que se reparten las víctimas (por viejo que sea el aparato). Y sólo es el coste del aparato, sino que el seguro supongo debe cubrir efectos de mala imagen, etc... Vamos, que seguro que por todo esto van a pagar varias veces más que por las víctimas quedándose tan anchos.
Aparte de que no sé cómo estimarán las aseguradoras la prima a pagar por la compañía en caso de accidente mortal...
Según esto, http://en.wikipedia.org/wiki/Air_safety#Statistics, para hacer la estimación por trayecto (esto es, por billete, y no por km u horas, pues realmente lo peligroso es cada operación de despegue o aterrizaje), 117 de cada mil millones de viajeros no llega a su destino (una entre diez millones, cien veces más improbable que la lotería).
Entonces, suponiendo que ahora es un "juego justo", para cada viaje el billete debe incluír una prima tal que si te piñas, te dan luego 80.000 miserables euros. Es decir, por cada billete se paga en torno a 1 céntimo de seguro de vida? Un par de euros por todo el pasaje? No me lo creo, seguro que se paga más y por eso la aseguradora no está pagando proporcionalmente. Si no, que dediquen 10 céntimos por cada billete y así cada víctima ya recibiría casi un millón!! Y como son muchísimos millones sin accidentes, mientras tanto que lo metan a un fondo público de compensación (no a beneficios de una estafadora aseguradora)
En el caso de Boeing, lo mismo, va desde los 45 millones de $ de hace 15-20 años para el MD-82 de este caso (no había euros), hasta los 300 millones de un 747 actualmente.
100 millones de € para el orden de magnitud del precio es correcto y aunque en un caso concreto sea el doble o la mitad no invalida lo que venía a decir en #8
Una cosa es la RC obligatoria (luego hablo de ello)
Otra cosa es el seguro de daños, que no es obligatorio. Spanair puede asegurar o no el avión, según cómo le parezca.
Dicho esto, tú no aseguras en '10 veces menos'. En todo caso, aseguras a valor parcial o a primer riesgo, esto es, a un capital fijo. En todo caso, si hay un siniestro hay que tener en cuenta que hay depreciación.
Dado que el seguro no es obligatorio (aunque en el caso de una gran aerolínea, probablemente tengan), tus cálculos acerca de lo que vaya a pagar el seguro de daños y su comparación con lo que pagan por la RC obligatoria son aventurados, erróneos y pura especulación.
Ahora vamos al tema de la RC obligatoria. La RC obligatoria en los seguros de aviación viene regulada por la Ley 48/1960 http://tinyurl.com/ckwwokn (Art. 117) que establece:
A los efectos previstos en el artículo 117 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, las indemnizaciones a favor del viajero que deberán abonar las compañías aéreas no sujetas a la aplicación del Reglamento (CE) 2027/1997, del Consejo, de 9 de octubre, sobre responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente, que aplica un sistema uniforme dentro de su ámbito serán, en su equivalencia en pesetas o euros, las siguientes:
Por muerte o incapacidad total permanente: 100.000 derechos especiales de giro.
Por incapacidad parcial permanente, hasta el límite de 58.000 derechos especiales de giro.
Por incapacidad parcial temporal, hasta el límite de 29.000 derechos especiales de giro.
El cambio en lo que nos ocupa (fallecimiento de pasajeros) es el siguiente:
Por muerte o incapacidad total permanente: 100.000 derechos especiales de giro.
Quién quiera saber qué son los DEG, que lo busque, pero nos da un baremo para calcular, por Ley, la indemnización a la que están sujetos los pasajeros en caso de muerte. He hehco el cambio, que salvo error, es correcto: http://es.coinmill.com/EUR_SDR.html#SDR=100000
El total son alrededor de 116.000 €
Es decir, por ley y siempre en caso de que no hubiera negligencia, la empresa está obligada a indemnizar con un mínimo de 116.000 € por muerte a los afectados (en este caso, a sus herederos).
Resumiendo, que la cantidad legal que deberían pagar está por encima de lo ofrecido. Sin tener en cuenta que las cantidades deberían ser superiores habiendo negligencia, aunque la causa fue archivada en su procedimiento penal y queda la vía civil para reclamar.
Todo lo que he puesto arriba, salvo error u omisión, diría que es correcto. Si no es así, que me lo corrijan
Eso sí, que algunos os confundáis y perdáis el tiempo hablando sobre el seguro de daños no tiene sentido.
#12 Cierto, no sé nada sobre seguros; sólo comentaba la esperanza matemática y que las aseguradoras, como siempre y como se espera de ellas, sólo van a forrarse. Pero en estos casos podrían tener un poco más de ética.
En #8 comparaba la RC con los daños sólo para que se vea el poco gasto que es en comparación esta indemnización a las víctimas para la aseguradora. Simplemente comparaba lo pequeña que es la indemnización para la remotísima probabilidad de accidente mortal que hay, teniendo en cuenta que algo más de 1 céntimo por billete se dedicará a la RC obligatoria, digo yo.
La cuenta que hice es para ver que con sólo 10 céntimos por billete cada víctima ya recibiría un millón.
#20Simplemente comparaba lo pequeña que es la indemnización para la remotísima probabilidad de accidente mortal que hay, teniendo en cuenta que algo más de 1 céntimo por billete se dedicará a la RC obligatoria, digo yo.
Bueno, te equivocas, los seguros funcionan así:
Se suma el coste de todas las indemnizaciones que harán falta para pagar los siniestros que ocurran en ese año (a nivel estadístico, claro).
Número total de pasajeros ese año x tasa = el coste de todas las indemnizaciones.
El funcionamiento del seguro es tal que la suma de todo lo pagado es igual al coste de todos los siniestros que suceden *. No es una apuesta. Es un cálculo que en condiciones normales hace que el coste de algo que va a suceder (un accidente) sea sufragado por todos los que van a viajar.
(*) eso es coste 'puro', hay que incluir los gastos administrativos y demás historias, pero aquí ya entraríamos en un debate más largo.
#21 No me has terminado de entender, pues yo también estoy hablando de NPax/año·tasa=indemnizaciones
sólo que la tasa para la aseguradora sí que es una apuesta y la establece como tal. Pero apuesta no tiene por qué tener intrínsecamente una connotación negativa, simplemente está relacionado con la esperanza matemática de ese evento. Otra cosa es que la apuesta sea justa (mundo ideal) o injusta. La aseguradora, al añadir sus gastos administrativos y su objetivo de beneficios es cuando hace que esa apuesta se incline a su favor. Claro, de lo contrario nadie se metería en un berenjenal de empresa de esa magnitud... sólo sería posible si existiese una aseguradora estatal por ley o algo así.
En resumen, lo que yo digo es que si en toda España se mueven unos 150 millones de pasajeros al año y en los últimos 10 años ha habido 150 víctimas mortales, a poco que la tasa del seguro por billete fuesen 10 miserables céntimos ya tocarían a un millón cada uno. Por tanto, si la tasa es tan pequeña y aún así les dan 100-200.000€, la aseguradora gana la diferencia hasta el millón. Si la tasa es más pequeña aún como para que 200.000€ sean realmente algo proporcional ("justo"), coño, pues que pongan unos céntimos más por billete de tasa, que no nos vamos a arruinar. Todas estas cuentas son cualitativas, sólo que los números a mí por lo menos llaman la atención.
Me explico mal, pero en fin... déjalo, que me pierdo en mis propios desvaríos.
#23sólo que la tasa para la aseguradora sí que es una apuesta y la establece como tal
Si parte de estudios y estadísticas (para algo lo ha hehco un actuario) no es una apuesta. Es más, cuando hay desviaciones de siniestralidad posteriormente se ajusta esa tasa.
la aseguradora gana la diferencia hasta el millón
Tampoco es así. En principio, ese 'extra' serviría para bajar el coste de el seguro en futuras ocasiones. Y en cuanto a la tasa, estás haciendo especulaciones sobre la misma, o pensando que el gasto es únicamente esas '150 víctimas en 10 años' cuando el seguro de RC cubre muchas más cosas.
#24Si parte de estudios y estadísticas (para algo lo ha hehco un actuario) no es una apuesta.
Que la ley de los grandes números dé fiabilidad a las previsiones de "la banca" (aseguradora) no quita que no sea una apuesta. Es como hacen los casinos, es su negocio y el de la aseguradora también: Una apuesta, que para un nº grande de sucesos, se cumple.
Me tomas al pie de la letra que la aseguradora gana lo que va hasta el millón, pero digo que cualitativamente parece que hay mucho margen a pocos céntimos que fuese esa tasa. Si la aseguradora afirma que con esa tasa tiene que dar esta mísera indemnización, que apliquen una más alta, que a nadie le importaría que fuese unos céntimos más.
Digamos bien claro que la aseguradora de Spanair que es la que debe pagar y la que se quiere ahorrar la pasta es
MAPHRE Sí, sí, esa de "personas que cuidamos de personas" Supongo que se referían a sus personas (directivos, ejecutivos y grandes accionistas, a parte de los diputados comprados)
Yo el día que leí las cantidades yo me parecieron un insulto no necesito que venga Facua a decírmelo, de verdad que en este sitio le cogeis cariño a una cosa y hasta aburrir oigan.
#1 Por esa regla de tres cada vez que te encuentres enfermo, en lugar de acudir a un hospital, te apresuras en hacer la carrera de medicina y te curas tu mismo ¿No?
Comentarios
Pues yo pienso que FACUA esta haciendo un buen trabajo (se pueden equivocar por supuesto) pero siempre están del lado del consumidor y muchas veces han ganado casos que de antemano estaban perdidos.
Con 80,000 euros poco te devuelven, ni siquiera el dinero que esa persona podía haber generado hasta ahora. Ya ni hablemos de lo demás
Relacionada El presidente de FACUA Sevilla devuelve al presidente de Cajasol su obsceno regalo navideño
El presidente de FACUA Sevilla devuelve al preside...
facua.org#15 Tu afirmación se me escapa. Si es una broma no la pillo.
#16: Es una frase típica para poner una excusa para no ir al médico cuando a uno le pasa algo.
#13
Estaría bien saber cuánto paga el seguro a Spanair (o herederos) por el avión, ya que si un avión son de 100 millones de euros para arriba, no creo que estuviese asegurado en 10 veces menos, similar a los 13 millones que se reparten las víctimas (por viejo que sea el aparato). Y sólo es el coste del aparato, sino que el seguro supongo debe cubrir efectos de mala imagen, etc... Vamos, que seguro que por todo esto van a pagar varias veces más que por las víctimas quedándose tan anchos.
Aparte de que no sé cómo estimarán las aseguradoras la prima a pagar por la compañía en caso de accidente mortal...
Según esto, http://en.wikipedia.org/wiki/Air_safety#Statistics, para hacer la estimación por trayecto (esto es, por billete, y no por km u horas, pues realmente lo peligroso es cada operación de despegue o aterrizaje), 117 de cada mil millones de viajeros no llega a su destino (una entre diez millones, cien veces más improbable que la lotería).
Entonces, suponiendo que ahora es un "juego justo", para cada viaje el billete debe incluír una prima tal que si te piñas, te dan luego 80.000 miserables euros. Es decir, por cada billete se paga en torno a 1 céntimo de seguro de vida? Un par de euros por todo el pasaje? No me lo creo, seguro que se paga más y por eso la aseguradora no está pagando proporcionalmente. Si no, que dediquen 10 céntimos por cada billete y así cada víctima ya recibiría casi un millón!! Y como son muchísimos millones sin accidentes, mientras tanto que lo metan a un fondo público de compensación (no a beneficios de una
estafadoraaseguradora)#8 Un avion no vale 100 millones...
Facua creo que debería de dejar de meterse en estos berenjenales y preocuparse mas por sus socios.
#10 Y esa afirmación tan absoluta y tajante?
- El Airbus más enano, A-318, 51 millones de €
- El Airbus más grande, A-380-800, 292 millones de €.
Pon la media donde quieras
http://www.airbus.com/presscentre/pressreleases/press-release-detail/detail/new-airbus-aircraft-list-prices-for-2012/
En el caso de Boeing, lo mismo, va desde los 45 millones de $ de hace 15-20 años para el MD-82 de este caso (no había euros), hasta los 300 millones de un 747 actualmente.
100 millones de € para el orden de magnitud del precio es correcto y aunque en un caso concreto sea el doble o la mitad no invalida lo que venía a decir en #8
#8 No sabes mucho sobre seguros.
Una cosa es la RC obligatoria (luego hablo de ello)
Otra cosa es el seguro de daños, que no es obligatorio. Spanair puede asegurar o no el avión, según cómo le parezca.
Dicho esto, tú no aseguras en '10 veces menos'. En todo caso, aseguras a valor parcial o a primer riesgo, esto es, a un capital fijo. En todo caso, si hay un siniestro hay que tener en cuenta que hay depreciación.
Dado que el seguro no es obligatorio (aunque en el caso de una gran aerolínea, probablemente tengan), tus cálculos acerca de lo que vaya a pagar el seguro de daños y su comparación con lo que pagan por la RC obligatoria son aventurados, erróneos y pura especulación.
Ahora vamos al tema de la RC obligatoria. La RC obligatoria en los seguros de aviación viene regulada por la Ley 48/1960 http://tinyurl.com/ckwwokn (Art. 117) que establece:
A los efectos previstos en el artículo 117 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, las indemnizaciones a favor del viajero que deberán abonar las compañías aéreas no sujetas a la aplicación del Reglamento (CE) 2027/1997, del Consejo, de 9 de octubre, sobre responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente, que aplica un sistema uniforme dentro de su ámbito serán, en su equivalencia en pesetas o euros, las siguientes:
Por muerte o incapacidad total permanente: 100.000 derechos especiales de giro.
Por incapacidad parcial permanente, hasta el límite de 58.000 derechos especiales de giro.
Por incapacidad parcial temporal, hasta el límite de 29.000 derechos especiales de giro.
Esta ley fue modificada por el Real Decreto 37/2001: http://tinyurl.com/bs62jyx
El cambio en lo que nos ocupa (fallecimiento de pasajeros) es el siguiente:
Por muerte o incapacidad total permanente: 100.000 derechos especiales de giro.
Quién quiera saber qué son los DEG, que lo busque, pero nos da un baremo para calcular, por Ley, la indemnización a la que están sujetos los pasajeros en caso de muerte. He hehco el cambio, que salvo error, es correcto: http://es.coinmill.com/EUR_SDR.html#SDR=100000
El total son alrededor de 116.000 €
Es decir, por ley y siempre en caso de que no hubiera negligencia, la empresa está obligada a indemnizar con un mínimo de 116.000 € por muerte a los afectados (en este caso, a sus herederos).
Resumiendo, que la cantidad legal que deberían pagar está por encima de lo ofrecido. Sin tener en cuenta que las cantidades deberían ser superiores habiendo negligencia, aunque la causa fue archivada en su procedimiento penal y queda la vía civil para reclamar.
Todo lo que he puesto arriba, salvo error u omisión, diría que es correcto. Si no es así, que me lo corrijan
Eso sí, que algunos os confundáis y perdáis el tiempo hablando sobre el seguro de daños no tiene sentido.
#12 Lo tienes estudiado ¿eh?
#12 Cierto, no sé nada sobre seguros; sólo comentaba la esperanza matemática y que las aseguradoras, como siempre y como se espera de ellas, sólo van a forrarse. Pero en estos casos podrían tener un poco más de ética.
En #8 comparaba la RC con los daños sólo para que se vea el poco gasto que es en comparación esta indemnización a las víctimas para la aseguradora. Simplemente comparaba lo pequeña que es la indemnización para la remotísima probabilidad de accidente mortal que hay, teniendo en cuenta que algo más de 1 céntimo por billete se dedicará a la RC obligatoria, digo yo.
La cuenta que hice es para ver que con sólo 10 céntimos por billete cada víctima ya recibiría un millón.
#20 Simplemente comparaba lo pequeña que es la indemnización para la remotísima probabilidad de accidente mortal que hay, teniendo en cuenta que algo más de 1 céntimo por billete se dedicará a la RC obligatoria, digo yo.
Bueno, te equivocas, los seguros funcionan así:
Se suma el coste de todas las indemnizaciones que harán falta para pagar los siniestros que ocurran en ese año (a nivel estadístico, claro).
Número total de pasajeros ese año x tasa = el coste de todas las indemnizaciones.
El funcionamiento del seguro es tal que la suma de todo lo pagado es igual al coste de todos los siniestros que suceden *. No es una apuesta. Es un cálculo que en condiciones normales hace que el coste de algo que va a suceder (un accidente) sea sufragado por todos los que van a viajar.
(*) eso es coste 'puro', hay que incluir los gastos administrativos y demás historias, pero aquí ya entraríamos en un debate más largo.
#21 No me has terminado de entender, pues yo también estoy hablando de NPax/año·tasa=indemnizaciones
sólo que la tasa para la aseguradora sí que es una apuesta y la establece como tal. Pero apuesta no tiene por qué tener intrínsecamente una connotación negativa, simplemente está relacionado con la esperanza matemática de ese evento. Otra cosa es que la apuesta sea justa (mundo ideal) o injusta. La aseguradora, al añadir sus gastos administrativos y su objetivo de beneficios es cuando hace que esa apuesta se incline a su favor. Claro, de lo contrario nadie se metería en un berenjenal de empresa de esa magnitud... sólo sería posible si existiese una aseguradora estatal por ley o algo así.
En resumen, lo que yo digo es que si en toda España se mueven unos 150 millones de pasajeros al año y en los últimos 10 años ha habido 150 víctimas mortales, a poco que la tasa del seguro por billete fuesen 10 miserables céntimos ya tocarían a un millón cada uno. Por tanto, si la tasa es tan pequeña y aún así les dan 100-200.000€, la aseguradora gana la diferencia hasta el millón. Si la tasa es más pequeña aún como para que 200.000€ sean realmente algo proporcional ("justo"), coño, pues que pongan unos céntimos más por billete de tasa, que no nos vamos a arruinar. Todas estas cuentas son cualitativas, sólo que los números a mí por lo menos llaman la atención.
Me explico mal, pero en fin... déjalo, que me pierdo en mis propios desvaríos.
#23 sólo que la tasa para la aseguradora sí que es una apuesta y la establece como tal
Si parte de estudios y estadísticas (para algo lo ha hehco un actuario) no es una apuesta. Es más, cuando hay desviaciones de siniestralidad posteriormente se ajusta esa tasa.
la aseguradora gana la diferencia hasta el millón
Tampoco es así. En principio, ese 'extra' serviría para bajar el coste de el seguro en futuras ocasiones. Y en cuanto a la tasa, estás haciendo especulaciones sobre la misma, o pensando que el gasto es únicamente esas '150 víctimas en 10 años' cuando el seguro de RC cubre muchas más cosas.
#24 Si parte de estudios y estadísticas (para algo lo ha hehco un actuario) no es una apuesta.
Que la ley de los grandes números dé fiabilidad a las previsiones de "la banca" (aseguradora) no quita que no sea una apuesta. Es como hacen los casinos, es su negocio y el de la aseguradora también: Una apuesta, que para un nº grande de sucesos, se cumple.
Me tomas al pie de la letra que la aseguradora gana lo que va hasta el millón, pero digo que cualitativamente parece que hay mucho margen a pocos céntimos que fuese esa tasa. Si la aseguradora afirma que con esa tasa tiene que dar esta mísera indemnización, que apliquen una más alta, que a nadie le importaría que fuese unos céntimos más.
De un lado u otro acabará saliendo un Charles Bronson y luego nos lamentaremos del loco solitario.
Digamos bien claro que la aseguradora de Spanair que es la que debe pagar y la que se quiere ahorrar la pasta es
MAPHRE Sí, sí, esa de "personas que cuidamos de personas" Supongo que se referían a sus personas (directivos, ejecutivos y grandes accionistas, a parte de los diputados comprados)
Y de echo lo és!
Coincido con Facua y bravo por ellos. De las pocas asociaciones que nos defienden. Soy socio desde hace 2 años. Funcionan de verdad
Yo el día que leí las cantidades yo me parecieron un insulto no necesito que venga Facua a decírmelo, de verdad que en este sitio le cogeis cariño a una cosa y hasta aburrir oigan.
Los de FACUA pueden hacer lo siquiente: fundar una compañía aseguradora y pagar las primas que les dé la gana.
Menuda mafia.
#1 Por tu comentario creo entender que ningún familiar tuyo falleció en ese accidente.
#3 Yo de su comentario deduzco que es un malnacido... Cada uno lo interpreta a su manera.
#1 Por esa regla de tres cada vez que te encuentres enfermo, en lugar de acudir a un hospital, te apresuras en hacer la carrera de medicina y te curas tu mismo ¿No?
#5: Pues que sepas que no hay mejor médico que uno mismo.