El artículo establece que, cuando un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador deberá compensarle con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que haya durado la interrupción. Visto en http://www.internautas.org/html/3766.html
Comentarios
Recibiremos una compensación por los cortes en Internet
Recibiremos una compensación por los cortes en Int...
elpais.esPerdonen las molestias, despistado que es uno, je! No volverá a ocurrir.....creo.