Cuando Valmai Roche murió en 2009 su fortuna superaba los US$3,3 millones. Sin embargo, la herencia que dejó a sus hijas no alcanzó los US1,5$. Un castigo por "conspirar" en su contra. De hecho, lo que literalmente Roche dejó en herencia a cada una de sus tres hijas fueron "30 monedas del valor más bajo". Según creía la difunta: "mucho dinero para Judas".
#7:
#5 Correcto, los dos tercios el de la legítima y el de mejora, en España no se pueden desheredar. Excepto las siguientes causas aceptadas por el juzgado.
En general, son causas de desheredación:
•El que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes
•El que hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa
•El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo
•El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
Son causas para desheredar a los hijos y descendientes:
•Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda
•Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra
#8:
#7 Los posibles motivos para desheredar a los descendientes son casi tan casposos y decimonónicos como la propia obligación de darles tu dinero al morir. Haber negado los alimentos ¡por favor! si parece algo bíblico o así. Y si no compartes tu túnica o tu leche de camello con tu padre, también te puede desheredar, ¿no? Jaja.
Obligar a la gente a dejarle el dinero a su familia es una gilipollez inmensa.
#10:
#5#7#8 No es posible desheredar, pero si es posible fundirte la fortuna dándote la gran vida antes de palmarla o incluso contraer deudas que pagarán tus herederos.
#5:
En España no es posible hacer eso, salvo que la madre pueda demostrar que las hijas han hecho algo realmente grave.
Lo único que tiene la madre es el "tercio de libre disposición" para dar a quien quiera.
#9:
#5 en españa es posible desheredar, no en el regimen civil general que cita #7 pero muchos sitios tenemos fueros, leyes historicas que fundamentalmente se refieren a matrimonio o herencia, como el fuero vizcaino o el alaves. En el fuero que me toca puedo dejar a mis herederos "una teja y un grano de trigo" simbolizando techo y comida al casarme puedo optar entre "bienes ganaciales" "separación de bienes" o el historico y tradicional "segun te casas todo es de los dos" en el pais vasco hay una panzada de fueros de pueblos con mil habitantes, el de tierras esparsas, el del infanzonado, el de las anteiglesias los generales de las provincias, y se que en cataluña y mallorca tambien tienen algun tipo de fueros, no se si en algun otro lugar tambien los hay.
#5 Correcto, los dos tercios el de la legítima y el de mejora, en España no se pueden desheredar. Excepto las siguientes causas aceptadas por el juzgado.
En general, son causas de desheredación:
•El que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes
•El que hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa
•El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo
•El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
Son causas para desheredar a los hijos y descendientes:
•Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda
•Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra
#7 Los posibles motivos para desheredar a los descendientes son casi tan casposos y decimonónicos como la propia obligación de darles tu dinero al morir. Haber negado los alimentos ¡por favor! si parece algo bíblico o así. Y si no compartes tu túnica o tu leche de camello con tu padre, también te puede desheredar, ¿no? Jaja.
Obligar a la gente a dejarle el dinero a su familia es una gilipollez inmensa.
#5#7#8 No es posible desheredar, pero si es posible fundirte la fortuna dándote la gran vida antes de palmarla o incluso contraer deudas que pagarán tus herederos.
#20#10 Tienes que aceptar la herencia a beneficio de inventario, para, en el caso que haya deudas, que no te las comas tú. Eso me lo ha dicho mi padre, que ya me ha dicho que me piensa dejar tooooodas las deudas posibles del mundo mundial q crack
#7 Te he votado positivo pero hay aspectos de lo que comentas que han sido modificados en el derecho civil de algunas comunidades. #9#10 han comentado algo.
Añado Galicia, donde la legítima, lo único que estás obligado a dejar a los hijos/padres/marido es el 25% del total, y la mejora es voluntaria. Además han añadido algunas causas para desheredar a las nacionales: si el heredero ha ejercido cualquier tipo de maltrato o vejación sobre la persona testadora; si le negó alimentos en algún momento; si «incumplió los deberes conyugales», infidelidades incluidas; si la injurió gravemente... También se admitió legalmente la posibilidad de poner una cláusula en el testamento que diga que si los hijos no te han cuidado y atendido cuando eras viejo quedan desheredados. Eso sí, en Galicia hay algo peor que las legítimas y mejoras obligatorias: el viudo es siempre usufructuario mientras viva de todos los bienes de su pareja.
En Valencia se puede desheredar a alguien si pruebas que no tienes trato o relación con esa persona, en Cataluña la legítima también es del 25% y no es obligatoria la mejora.
#10 De hecho objetos, dinero, y la falta del mismo (deudas) van en un único lote. Lo cual puede ser un marrón, si en una herencia te vienen objetos con valor sentimental pero deudas del tamaño de Cuenca. Los herederos tienen la opción de aceptar o renunciar, con lo que se quedan con el todo, o nada, de la herencia.
Cuántos se alegrarán de que #5#7 y #8 excluyan a los territorios forales del concepto de España;
completando a #9 y en referencia al caso vasco, en dichos ordenamientos caben figuras tales como el «apartamiento», por el cual, por la mera voluntad de los causantes, se «aparta» a alguno de los descendientes.
Especial atención al caso del Fuero de Ayala, donde es aplicable a TODOS.
#8 no estoy en nada de acuerdo, porque 1º ya es discutible que uno tenga derechos despues de muerto; y 2º porque es una manera de proteccion ante paranoias en la vejez; ante masas de herencia, terrenos, negocios familiares, etc etc.
El sistema mixto en españa esta muy bien, si tienes un hijo, asumes todas las consecuecias; una parte, es de él, pase lo que pase; igual que el hijo asume por ley, el cuidado del padre en caso de necesidad; incluso podria estar obligado en casos extremos a mantenerlo; no estoy de acuerdo con el sistema de libertad total, porque se da muy facil a manipularse, a cazafortuneras, etc etc etc.
Yo creo que la tipa esta se volvio majareta, y desheredo a todo el mundo por esa razon; no es creible que el alcalde, el ex, el otro ex, las 2 hijas, todas le hayan salido ranas....
#5 en españa es posible desheredar, no en el regimen civil general que cita #7 pero muchos sitios tenemos fueros, leyes historicas que fundamentalmente se refieren a matrimonio o herencia, como el fuero vizcaino o el alaves. En el fuero que me toca puedo dejar a mis herederos "una teja y un grano de trigo" simbolizando techo y comida al casarme puedo optar entre "bienes ganaciales" "separación de bienes" o el historico y tradicional "segun te casas todo es de los dos" en el pais vasco hay una panzada de fueros de pueblos con mil habitantes, el de tierras esparsas, el del infanzonado, el de las anteiglesias los generales de las provincias, y se que en cataluña y mallorca tambien tienen algun tipo de fueros, no se si en algun otro lugar tambien los hay.
#5 si no recuerdo mal en catalunya es el 25% para los ascendientes o descendientes, el resto es de libre disposición. Mira que hice testamento hará un año, pero no consigo acordarme. Eso sí, les he dicho a mis padres que si se les ocurre reclamar nada a mi mujer si a mi me pasa algo, me apreceré en sus sueños hasta que lo devuelvan.
Joder iba a hacer un desglose de la situación jurídica de este caudal relicto en nuestro ordenamiento jurídico, pero se me han adelantado unos 20 juristas que os den.
Todo tiene su lado bueno y lado malo. La posibilidad de dejar en herencia al que te de la gana y no tener obligación de dejar dos tercios a los herederos naturales puede crear muchos problemas de intereses. De hecho, el 90% de las novelas de Agatha Crhistie y muchas de las de Conan Doyle dramatizan sobre supuestos de crímenes de herencia. Signo de que esos conflictos eran muy comunes en la Inglaterra Victoriana y en la de principios del siglo XX, y me atrevería a decir que de la actualidad. Asesinar para heredar es algo demasiado común en el mundo anglosajón.
Con la legislación española hay menos incentivo para cargarse al pariente, porque sabes que el pastel va a estar repartido. Eso si, aunque reduce la nómina de posibles asesinos no la elimina
Nadie más quiere saber qué le habían hecho? Yo quiero cotilleos!! Porque si lo redactó en el 87 y no lo cambió en todo este tiempo...
Es más, como pueden decir las hijas que deliraba... hace 13 años? Si hubiese hecho testamento la noche de su muerte y estuviese vieja o algo todavía... (que.. bueno, la noticia no dice ni cuántos años tiene la mujer ni cómo murió...)
Existe una manera en España de desheredar bastante sencilla, cambiar la titularidad de los bienes a nombre de otra persona. No son pocos los hijos que se han encontrado a la muerte de su padre/madre que el hermano que más contacto tenía con ellos les hizo firmar papeles para ponerlo todo a su nombre.
Comentarios
Zas en toda la herencia!
En España no es posible hacer eso, salvo que la madre pueda demostrar que las hijas han hecho algo realmente grave.
Lo único que tiene la madre es el "tercio de libre disposición" para dar a quien quiera.
#5 Correcto, los dos tercios el de la legítima y el de mejora, en España no se pueden desheredar. Excepto las siguientes causas aceptadas por el juzgado.
En general, son causas de desheredación:
•El que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes
•El que hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa
•El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo
•El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
Son causas para desheredar a los hijos y descendientes:
•Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda
•Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra
#7 Los posibles motivos para desheredar a los descendientes son casi tan casposos y decimonónicos como la propia obligación de darles tu dinero al morir. Haber negado los alimentos ¡por favor! si parece algo bíblico o así. Y si no compartes tu túnica o tu leche de camello con tu padre, también te puede desheredar, ¿no? Jaja.
Obligar a la gente a dejarle el dinero a su familia es una gilipollez inmensa.
#5 #7 #8 No es posible desheredar, pero si es posible fundirte la fortuna dándote la gran vida antes de palmarla o incluso contraer deudas que pagarán tus herederos.
#10 si no lo tengo mal entendido cuando muere la persona sus herederos deciden si quieren la herencia o no... lo comento por el tema deudas.
#20 #10 Tienes que aceptar la herencia a beneficio de inventario, para, en el caso que haya deudas, que no te las comas tú. Eso me lo ha dicho mi padre, que ya me ha dicho que me piensa dejar tooooodas las deudas posibles del mundo mundial q crack
#11 En efecto, la legítima la corresponde el 1/4 de la herencia.
#20 Se denomina "a beneficio de inventario". Si la herencia deja deudas, es posible aceptarla o no, sólamente en su totalidad.
#7 Te he votado positivo pero hay aspectos de lo que comentas que han sido modificados en el derecho civil de algunas comunidades. #9 #10 han comentado algo.
Añado Galicia, donde la legítima, lo único que estás obligado a dejar a los hijos/padres/marido es el 25% del total, y la mejora es voluntaria. Además han añadido algunas causas para desheredar a las nacionales: si el heredero ha ejercido cualquier tipo de maltrato o vejación sobre la persona testadora; si le negó alimentos en algún momento; si «incumplió los deberes conyugales», infidelidades incluidas; si la injurió gravemente... También se admitió legalmente la posibilidad de poner una cláusula en el testamento que diga que si los hijos no te han cuidado y atendido cuando eras viejo quedan desheredados. Eso sí, en Galicia hay algo peor que las legítimas y mejoras obligatorias: el viudo es siempre usufructuario mientras viva de todos los bienes de su pareja.
En Valencia se puede desheredar a alguien si pruebas que no tienes trato o relación con esa persona, en Cataluña la legítima también es del 25% y no es obligatoria la mejora.
#10 es tan fácil como donarlo a algo. Aunque claro si te mueres de sopetón..
#39 todas las donaciones antes de los 5 años de la muerte cuentan como herancia.
#10 Lo primero lo veo perfectamente legítimo. Lo segundo me parece una hijoputez de grandísimo calibre.
#10 De hecho objetos, dinero, y la falta del mismo (deudas) van en un único lote. Lo cual puede ser un marrón, si en una herencia te vienen objetos con valor sentimental pero deudas del tamaño de Cuenca. Los herederos tienen la opción de aceptar o renunciar, con lo que se quedan con el todo, o nada, de la herencia.
Cuántos se alegrarán de que #5 #7 y #8 excluyan a los territorios forales del concepto de España;
completando a #9 y en referencia al caso vasco, en dichos ordenamientos caben figuras tales como el «apartamiento», por el cual, por la mera voluntad de los causantes, se «aparta» a alguno de los descendientes.
Especial atención al caso del Fuero de Ayala, donde es aplicable a TODOS.
#8 no estoy en nada de acuerdo, porque 1º ya es discutible que uno tenga derechos despues de muerto; y 2º porque es una manera de proteccion ante paranoias en la vejez; ante masas de herencia, terrenos, negocios familiares, etc etc.
El sistema mixto en españa esta muy bien, si tienes un hijo, asumes todas las consecuecias; una parte, es de él, pase lo que pase; igual que el hijo asume por ley, el cuidado del padre en caso de necesidad; incluso podria estar obligado en casos extremos a mantenerlo; no estoy de acuerdo con el sistema de libertad total, porque se da muy facil a manipularse, a cazafortuneras, etc etc etc.
Yo creo que la tipa esta se volvio majareta, y desheredo a todo el mundo por esa razon; no es creible que el alcalde, el ex, el otro ex, las 2 hijas, todas le hayan salido ranas....
#5 en españa es posible desheredar, no en el regimen civil general que cita #7 pero muchos sitios tenemos fueros, leyes historicas que fundamentalmente se refieren a matrimonio o herencia, como el fuero vizcaino o el alaves. En el fuero que me toca puedo dejar a mis herederos "una teja y un grano de trigo" simbolizando techo y comida al casarme puedo optar entre "bienes ganaciales" "separación de bienes" o el historico y tradicional "segun te casas todo es de los dos" en el pais vasco hay una panzada de fueros de pueblos con mil habitantes, el de tierras esparsas, el del infanzonado, el de las anteiglesias los generales de las provincias, y se que en cataluña y mallorca tambien tienen algun tipo de fueros, no se si en algun otro lugar tambien los hay.
#9 En Extremadura también lo hay, el fuero de Baylío, pero solo referente al matrimonio.
#5 si no recuerdo mal en catalunya es el 25% para los ascendientes o descendientes, el resto es de libre disposición. Mira que hice testamento hará un año, pero no consigo acordarme. Eso sí, les he dicho a mis padres que si se les ocurre reclamar nada a mi mujer si a mi me pasa algo, me apreceré en sus sueños hasta que lo devuelvan.
Por el momento, el dinero de Roche está destinado a la organización benéfica católica Caballeros de la Cruz del Sur (Knights of the Southern Cross).
No he podido evitar acordarme de los caballeros del Zodiaco: http://snk-seiya.net/guiasaintseiya/Personaje-Crayfuss-CruzSur.htm
#4 Vaya, yo he pensado en El puño de la estrella del norte
#4 JAJAJAJa exacto, lo mismo pense que hara ese caballero con el dinero, quizas hacerse de una armadura de oro
Joder iba a hacer un desglose de la situación jurídica de este caudal relicto en nuestro ordenamiento jurídico, pero se me han adelantado unos 20 juristas que os den.
Pues muy bien que hizo la señora. Es lo malo de criar cuervos, que después te sacaran los ojos.
#1 Cría cuervos, y mándalos al Muro.
Ahora las hijas si que tiene derecho de llamrse a si mismas hijas de puta. Muy bien hecho!
Todo tiene su lado bueno y lado malo. La posibilidad de dejar en herencia al que te de la gana y no tener obligación de dejar dos tercios a los herederos naturales puede crear muchos problemas de intereses. De hecho, el 90% de las novelas de Agatha Crhistie y muchas de las de Conan Doyle dramatizan sobre supuestos de crímenes de herencia. Signo de que esos conflictos eran muy comunes en la Inglaterra Victoriana y en la de principios del siglo XX, y me atrevería a decir que de la actualidad. Asesinar para heredar es algo demasiado común en el mundo anglosajón.
Con la legislación española hay menos incentivo para cargarse al pariente, porque sabes que el pastel va a estar repartido. Eso si, aunque reduce la nómina de posibles asesinos no la elimina
Parece una novela clásica de Agata :).
Argumento: Matan a la abuela por la herencia y esta les deja un dolar y medio
se puede hacer mucho con 1,5$, sino díselo a Ricky Rubio!
y les dijo que el cambio se lo dieran al perro
Lo habrá hecho en agradecimiento por la educación que les dio... y habría que ver si no estaría aconsejada por su párroco personal.
¡¡¡¡GRACIAS MAMA... ERES UNA VERDADERA P....!!!!
Pero "30 monedas del valor más bajo"... ¿no son 30 centavos, y no 1,5 dólares? ¡Generosa que es la mujer!
#18 igual eran 5 hijas...
#18 igual en australia (de donde es ella) la moneda más pequeña equivale a unos 5 centavos.
#26 voilá! 5x30= 1,50 http://es.wikipedia.org/wiki/D%C3%B3lar_australiano
Peor sería que no les hubiera dejado nada, cuánto pesimismo.
#18, si, pero una millonaria igual tenia 20 de un centavo, 1 de 25, otra de 5 y un dolar de plata.
#30 No sé, pero creo que las hijas se habrían tomado mejor no recibir absolutamente nada en lugar de recibir 30 monedas y la comparación con Judas.
Nadie más quiere saber qué le habían hecho? Yo quiero cotilleos!! Porque si lo redactó en el 87 y no lo cambió en todo este tiempo...
Es más, como pueden decir las hijas que deliraba... hace 13 años? Si hubiese hecho testamento la noche de su muerte y estuviese vieja o algo todavía... (que.. bueno, la noticia no dice ni cuántos años tiene la mujer ni cómo murió...)
En el testamento les dijo ¿habrá suficiente para las dos?
Supongo que habrán pasado olimpicamente de la "vieja" y ella , sigilosamente, quiso premiarlas, y vaya si lo consiguió ...
Existe una manera en España de desheredar bastante sencilla, cambiar la titularidad de los bienes a nombre de otra persona. No son pocos los hijos que se han encontrado a la muerte de su padre/madre que el hermano que más contacto tenía con ellos les hizo firmar papeles para ponerlo todo a su nombre.
yo gastaba 50 centavos en plastificar el billete de 1$ y se lo ponia en la lapida
que se lo quede la muy perra
Bienvenido sea!
Sociedad benéfica católica??? ................. lo van a necesitar para tanto juicio.
Esa entonces si que va a ser la rica del cementerio... ¡qué generosa!
Con eso te da para comer 2 dias en el McDonalds como mucho
JAJAJAJAJAJA vaya tela creo que sin comentariossss
sejodan !!!!!!