Hace 12 años | Por Wolfgang a sociedad.elpais.com
Publicado hace 12 años por Wolfgang a sociedad.elpais.com

A partir de 1996, Camilo José Cela cedió todos los derechos de explotación sobre sus obras y su nombre a dos sociedades, de forma que cuando falleció, el 17 de enero de 2002, no poseía bienes ni derechos de ningún tipo. Era pobre de pedir. En todas las maniobras mercantiles había dos objetivos: eludir el pago de la pensión de 4.808 euros mensuales a su primera esposa, Rosario Conde, y apartar a su hijo de sus bienes.

Comentarios

OCLuis

No soy abogado ni juez, pero si hay que serlo para entender que no se respete la última voluntad de un difunto mal lo llevamos.

dosvga

#2 En realidad es más complejo. En España existe, según las zonas (es una peculiaridad, porque creo que no es igual en todas las autonomías), la legítima y la mejora. La primera impide que un hijo pueda ser desheredado. Así, un tercio (o dos tercios, creo que en algún lado) hay que destinarlo a los hijos o herederos legales y directos. Otro tercio sería para mejorar a alguno de estos herederos y solo un tercio es de libre disposición.

D

Fue mala gente en vida y lo fue en muerte, por no poner otra cosa

a

"cuando falleció, el 17 de enero de 2002, no poseía bienes ni derechos de ningún tipo. Era pobre de pedir."

Pues todo dicho, no hay herencia alguna en este caso. Otra cosa es que deseen anular los actos que hizo en vida para aprovecharse ilicitamente de lo que fueron sus bienes.

Todo viene por las leyes históricas que nos atan al pasado y no dejan avanzar la libertad de los ciudadanos.

j

Al final, somos lo lectores quienes decidimos.

Rafaelo

Después del Pasodoble bailado e improvisado por Camilo José Cela en la entrega de 'su' Nobel ante los Altos invitados y cuerpo diplomático, para verguenza ajena, y bochorno de todos los asistentes, ésta del testamento no es mas que otra de sus originalidades imposibilitando a su hijo heredar nada de él