Os ahorro ir al enlace: "Confirmsign (Oleiros), plataforma on-line que certifica y documenta envíos y comunicaciones, anunció ayer que una resolución judicial valida sus servicios como prueba de notificación de un laudo arbitral. El fallo, según la firma, equipara la comunicación vía correo electrónico con la carta certificada o el burofax, ya que indica que la notificación, que Confirmsign avala con un fedatario público, debe entenderse por recibida aún cuando no se abran los correos."
Esa es la "noticia".
Yo mejor esperaría a leer la sentencia para confirmar eso que dicen.
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Os ahorro ir al enlace: "Confirmsign (Oleiros), plataforma on-line que certifica y documenta envíos y comunicaciones, anunció ayer que una resolución judicial valida sus servicios como prueba de notificación de un laudo arbitral. El fallo, según la firma, equipara la comunicación vía correo electrónico con la carta certificada o el burofax, ya que indica que la notificación, que Confirmsign avala con un fedatario público, debe entenderse por recibida aún cuando no se abran los correos."
Esa es la "noticia".
Yo mejor esperaría a leer la sentencia para confirmar eso que dicen.
#1 y aparte de sentencia firme, juraria que aqui este tipo de cosas no generan jurisprudencia per se ... asi que habria que esperar a ver que pasa
Saludos
Tiene pinta de ser publiidad encubierta.