El Tribunal Supremo ha rebajado a seis meses de prisión una condena de tres años y un día de cárcel que la Audiencia Provincial de Cáceres había impuesto en octubre de 2007 al ex alcalde de Alcollarín, Adrían Rodríguez Santos, por un delito de "detención ilegal" al estimar que había encerrado bajo llave en agosto de 2003 a varios ediles del PP en las dependencias del ayuntamiento.
#2 Y que no recurra al constitucional, que todavía le tenemos que indemnizar. Sólo hay que ver a los Albertos y la "constitucionalidad" de la ley de género.
Comentarios
El Supremo es una casa de putas de los políticos.
Si la sentencia es firme, por qué usar el eufemismo "suceso". Delito de coacciones.
#2 Y que no recurra al constitucional, que todavía le tenemos que indemnizar. Sólo hay que ver a los Albertos y la "constitucionalidad" de la ley de género.
Los hechos que motivaron el 'suceso' (no tiene desperdicio):
http://www.hoy.es/20071026/caceres/crean-primera-asociacion-para-20071026.html