Hace 7 meses | Por Nividhia a cadenaser.com
Publicado hace 7 meses por Nividhia a cadenaser.com

[C&P] En el informe sobre la iniciativa, que mañana tiene que estudiar la Mesa y al que ha tenido acceso la Cadena SER, los servicios jurídicos de la Cámara defienden que no existe una contradicción evidente y palmaria con la Carta Magna aunque dejan a la interpretación del TC “otros posibles motivos de inconstitucionalidad”

Comentarios

tul

los letrados del congreso solo son relevantes cuando le dan la razon al partido podrido, el resto del tiempo lo que digan no importa a nadie

J

¿Quién lo dudaba? Una ley que no rompe nada, por mucho que algunos lo deseen.

Alakrán_

#1 Me llama la atención como negáis la existencia del debate, cuando la Constitución dice que no podrá autorizar indultos generales , todo el PSOE, incluido el presidente del gobierno, y por citar a una jurista constitucionalista, Carmen Calvo, decían que la amnistía era inconstitucional. Debate hay, es legítimo y esta fundamentado.

Artículo 62
Corresponde al Rey:
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.

J

#5 Una amnistía no es un indulto. El indulto es el perdón total o parcial después de haberse dictado sentencia condenatoria. La amnistía lo es indepemdientwnte

J

#7 Se me ha errado el comentario, quería decir que la amnistía es independiente de que los hechos se hayan juzgado o no, o que hayan sido investigados o no.
La Constitución por tanto no puede usar un término por otro. La amnistía por tanto no está prohibida.
La interpretación debe ser amplia, porque las interpretaciones restrictivas de la Constitución la convertirían en un corsé insoportable para la vida política y jurídica.
El propio Esteban González Pons señaló tras conocer el proyecto de ley de amnistía que será presentable. Atendidos los derechos de los particulares que hayan podido ser afectados, así me lo parece. Pero es solo una opinión que al parecer comparten muchos constitucionalistas, y me parece una postura beneficiosa para la convivencia y para evitar problemas de convivencia. Por otra parte no tiene efectos futuros, sólo sobre lo ya sucedid nuevas situaciones en el futuro no quedarían impunes.
Me parece un precio barato por recuperar las relaciones con millones de catalanes lógicamente dolidos por lo ocurrido desde que se aprobó su nuevo Estatut, que fue destrozado a instancias del minoritario PP catalán.

Alakrán_

Bueno lo que vienen a decir es que tramitan la ley, que igual hay inconstitucionalidades, pero que no es su potestad declarar la constitucionalidad de una ley.
Pregunta sería, ¿según el articulo 62 el Rey podría por propia decisión no sancionar la ley?

La Secretaría General del Congreso, que ocupa Fernando Galindo, admite que puede haber “posibles motivos de inconstitucionalidad” en la proposición de ley de amnistía presentada por el PSOE, pero no existe una contradicción tan “palmaria” con la Carta Magna como para que la Mesa del Congreso impida su tramitación.
Eso sí, también admite que el Tribunal Constitucional sí podría encontrar algunos “incumplimientos” según la interpretación que haga en el futuro del texto de la ley. Según recalca, el trámite de calificación y admisión a trámite de las iniciativas parlamentarias “no está configurado como un control previo de constitucionalidad” y que la no calificación de una iniciativa siempre es “excepcional”.


Artículo 62
Corresponde al Rey:
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.

Alakrán_

#4 Leyendo el artículo con más cariño, habla de la atribuciones del Rey en materia de indultos, lo que dice es que el Rey no podrá autorizar indultos generales, no dice que el gobierno no pueda hacerlo.

devilinside

Son todos unos rojos rompeespañas