Hace 14 años | Por Tomaydaca a telecinco.es
Publicado hace 14 años por Tomaydaca a telecinco.es

Dignidad y Justicia ha pedido a la Audiencia Nacional que impute al histórico dirigente de Herri Batasuna Tasio Erkizia un delito de enaltecimiento del terrorismo. En un escrito dirigido al juzgado de guardia de la Audiencia Nacional, la asociación señala que Erkizia realizó esas manifestaciones entre las que dijo: "hay más razones que nunca para la lucha armada, pero menos condiciones objetivas y subjetivas que nunca".

Comentarios

manudas

Pues supongo que merecerá un juicio justo, pero a priori si parece que ha cometido un delito

dreierfahrer

También advirtió de que "la lucha armada no tiene futuro si no es capaz de poner patas arriba al Estado y si el pueblo, y la propia izquierda abertzale, están sufriendo muchas veces más con las acciones de ETA que el propio enemigo", añade el escrito.

Eso es apologia? A mi me parece que encajaria en un discurso de 'desde el punto de vista posibilista, hay que dejarlo' lo cual no se como lo encajais con apologia del terrorismo...

"Las frases de Tasio Erkizia son más que humillantes hacia el colectivo de todas las víctimas del terrorismo, ya que ensalzan la lucha armada de ETA y se realizaron en un lugar público, por lo que fueron recogidas por los medios de comunicación", recalca.

Pero que ha dicho de las victimas para humillarlas???? esto es meterlo por si cuela pq 'humillar a las victimas del terrorismo de ETA' es delito. De modo que aunque no haya nombrado a las victimas para nada aparecen en la peticion al juez como 'humilladas publicamente'

Por todo ello, Dignidad y Justicia reclama al juez de guardia que llame a declarar a Erkizia, así como que éste aporte toda la documentación escrita y audiovisual que exista sobre el acto en el que profirió las frases mencionadas.

Erkizia tiene que aportar documentacion??? pq? esta acusando a alguien de algo? lo que se tiene que demostrar no es la culpabilidad?

D

¿Apología del terrorismo? Pero si precisamente es un llamamiento a no emplear la violencia...

Relacionada:
http://arabatik.wordpress.com/2010/06/17/tasio-%C2%A1como-me-recuerda/

D

Esa manifestación -"hay más razones que nunca para la lucha armada"- ¿No es claramente enaltecimiento del terrorismo, con independencia de que luego pretenda matizarla?

dreierfahrer

#1

Y ello, explica el escrito, porque fuera de cualquier interpretación en un contexto general, el histórico dirigente de HB expresó "una clara necesidad de que ETA siguiera con su actividad criminal", lo que se enmarca dentro de "la defensa de la acción terrorista de ETA".

Mira, como tu, y lo dicen sin ambajes: sacamos las frases de su contexto y: alehop! es apologia....

Que a ver si se me entiende: NO SE QUE DIJO ni si hizo apologia o no, pero con la informacion que dan NO ESTA NADA CLARO y bien podria ser otra cantada de dignidad y justicia (son los del egunkaria, os recuerdo). Que digais que es claro con la poca informacion que teneis me parece vergonzante...

Peka

#1 ¿Por que cortas la frase?

Ahora hago lo mismo contigo #1: No es claramente enaltecimiento del terrorismo

dreierfahrer

O si.... Dignidad y justicia nos corta una parte de una frase de sus declaraciones...

De las que aqui se recorta mas la frase y llegais a la genial conclusion de que es apologia del terrorismo clara...

Menos mal que no sois jueces....

D

Pues sería lo normal. Pero dejemos a nuestro amigo el Código Penal que lo diga él:

Artículo 510.
1. Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
2. Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

D

#2 O también el art. 578. "El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código".