El trabajador que se ponga enfermo durante las vacaciones anuales retribuidas tiene derecho a recuperar los días de descanso, según una sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. "Un trabajador cuya incapacidad laboral temporal haya sobrevenido durante sus vacaciones anuales retribuidas tiene derecho a disfrutar posteriormente de un período de vacaciones de duración equivalente al de su enfermedad", explica un comunicado del Tribunal.
Comentarios
Excepto aquí: "Spain is different"
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Que suerte para aquel o aquella que tengan trabajo!!!
Pues sí que me he hecho mayor, cuando trabajaba, eso era de obligado cumplimiento. ¿Cuándo cambió?
#2 Cuando los sindicatos mayoritarios se vendieron al gran capital y a la patronal, y olvidaron recordarnos nuestros derechos ...
Aunque con la nueva ley, cualquiera se planta con una baja de menos de 20 dias, seguro que ya hay mucha gente pidiendo que les operen en vacaciones para no computar como dias de baja ...
#2, #3, #4 Leed el artículo, por Dios
"Cuando las vacaciones coinciden con un período de incapacidad temporal derivada del embarazo, del parto o de la lactancia natural, la legislación española reconoce el derecho a disfrutar posteriormente de las vacaciones que se solapen con la baja."
"Sin embargo, la legislación española no regula los casos en que el período de vacaciones coincide con un período de incapacidad temporal derivada de una baja por enfermedad".
En unas empresas te dejan disfrutar las vacaciones luego, en otras no.
#6 Relajate por Dios
Los comentarios en las noticias no son para repetir como un loro lo que pone en el enlace, son para expresar nuestras opiniones
A ver si no vamos a poder poner comentarios
#4 Cuántos derechos han perdido los trabajadores sin enterarse. Todavía se preguntan los sindicatos mayoritarios el porqué de su baja filiación 1) y porqué los trabajadores les ignoran 2). Por éso me ha sorprendido el artículo, que se tenga que recurrir al Tribunal de Justicia de la UE para que se contemplen los derechos de los trabajadores. Es vergonzoso.
#6 He leído el artículo y repito, en mi empresa, si alguien se ponía enfermo durante las vacaciones, no se les pagaban en dinero, sino que esos días no computaban del período de vacaciones anual (es decir, se le descontaban los días de baja de las vacaciones) y se les daban después, unas veces a conveniencia del trabajador y otras a conveniencia de la empresa.
No era la única empresa que lo hacía entonces.
#4 Claro, porque si los sindicatos no nos recuerdan nuestros derechos, tampoco vamos a ponernos nosotros a leernoslos, que cansa.
Eso siempre ha sido así, otra cosa es que :
1- Necesitas evidentemente baja firmada por un médico
2- Me da a mi que ninguno lo aplicamos, y más como esta el patio, como para volver en septiembre y decir mireustedjefe que es que estuve constipado 3 dias y voy a recuperarlos
Está en la ley si y lo sabia pero nunca lo he intentado cobrar, además en cierta forma me parecería incorrecto , pero pongamos un caso de por ejemplo no que te caigan durante las vacaciones sino que caigas enfermo un mes antes de cuando sueles cogerlas, y se alarga un par de meses tu baja , al volver de la baja sabes que no has tenido realmente tus vacaciones
Ahí creo que lo lógico es no tirar ni a ser radical del "por dos dias me los cobro" ni el tampoco callarse si ha sido algo grave que de verdad nos haya impedido tener vacaciones (una hospitalización), si ha sido algo muy serio que nos haya impedido las vacaciones veo bien que se cobren, si ha sido una chuminá con la que igualmente hemos estado de vacaciones (igual no hemos hecho todo lo que queríamos pero tampoco hemos estado tan mal) pues se deja pasar sin dar parte