Hace 12 años | Por DexterMorgan a politica.elpais.com
Publicado hace 12 años por DexterMorgan a politica.elpais.com

El Constitucional ha admitido la petición del magistrado del denominado "bloque conservador" del tribunal Francisco José Hernando, quien ayer solicitó abstenerse del debate previsto sobre el recurso presentado por el PP contra el matrimonio homosexual. La decisión de Hernando se relaciona con el informe que, a pesar de no haber sido solicitado por el Gobierno, emitió el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en enero de 2005, radicalmente contrario al proyecto del Ejecutivo socialista.

Comentarios

DexterMorgan

Esto, en principio, es algo positivo.

Y otra cosa:

No obstante, y a instancias de este último, se eliminó un párrafo muy polémico en el que el ponente del informe, el vocal conservador José Luis Requero, decía que "llamar matrimonio a las uniones homosexuales supondría un cambio tan radical como llamar matrimonio a la unión entre un hombre y un animal".


Estos señores pueden haber hecho unas carreras judiciales de la hostia, pero al final, utilizan exactamente el mismo pseudoargumentario de barra de bar para oponerse.

DexterMorgan

Y sobre los artículos que el pp decía que vulnera la ley:


El PP denunció que la ley vulnera el artículo 32 de la Constitución, que establece el derecho al matrimonio, y vio igualmente quiebra constitucional en otros seis artículos (10.2, 14, 39, 53.1, 9.3, y 167), además de acusar al legislador de un uso fraudulento del término, en consonancia con lo dicho en su día por el Poder Judicial.


Los artículos son estos:

Artículo 10.2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Artículo 14. Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 9.3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Artículo 39.
1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley con independencia de su filiación y de la madre, cualquiera que sea su estado civil. La Ley posibilitará la investigación de la paternidad.
3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.
4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Artículo 53.1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por Ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a.

Artículo 167.
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.


¿No es divertidísimo que esta gente afirme que una ley que hace que una parte de españoles sean iguales ante la ley al resto, viole un artículo de la constitucion que afirma que los españoles son iguales ante la ley, sin discriminacion alguna?.

También es muy graciosa la parte de los DDHH, porque si se examina la declaración, en ningun sitio afirma que el matrimonio deba ser exclusivamente entre hombre y mujer, de hecho viene redactado como en la constitucion.

Y bueno, ya lo del artículo de la reforma constitucional prueba que directamente nos quieren tomar el pelo, o se descojonan de nosotros a la cara.

La gracia de la ley es que NO reforma la constitución, porque no hace falta, sino que se modifica en parte el código civil. Cosa que deberían saber estos señores.

D

Bien.

P

Yo con de esto me quedo con lo del debate del PP contra el matrimonio gay. Tanto les molesta? No tienen cosas más importates que hacer justo ahora que están jodiendo todo el país a pasos agigantados?

D

#3 realmente les da igual.

Pero como en España hay tantos grupos de poder, intereses, y votos, pues hay que hacerlo.

Hay mucho mierda en España que piensa que tiene derecho a casarse, y negarle ese derecho a los demás.