Hace 15 años | Por ale.sc. a latercera.cl
Publicado hace 15 años por ale.sc. a latercera.cl

Artículo 32, inciso 20 de la Constitución, establece lo siguiente: "el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros de Estado, podrá decretar pagos no autorizados por ley, para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país".

Comentarios

jaz1

ah es de chile ??? me hacia valiar la cabeza !!!

ale.sc.

La presidenta Michelle Bachelet optó por esta opción como única salida al caos del polémico TrasSantiago, recurrir al 2% constitucional que, en teoría, el congreso no tiene voz ni voto, solo el ejecutivo y sus ministros firman este acuerdo.

ale.sc.

Está especificado en la primera palabra de las estiquetas..