El Ministerio de Justicia presentará en enero una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que modificará sustancialmente su artículo 23, que atribuye a los tribunales españoles competencia para enjuiciar, entre otros, los delitos de genocidio y lesa humanidad, siempre que “sus presuntos responsables se encuentren en España o existan víctimas de nacionalidad española o [tuvieran] algún vínculo de conexión relevante con España” y que no se haya iniciado una causa por los mismos hechos en el país afectado.
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