El Penal número 2 de Logroño ha impuesto una pena de seis meses de cárcel a un joven de 24 años, natural y vecino de Murcia, por colgar en eBay un producto inexistente y 'venderlo' a tres personas, por quinientos euros cada una. La sentencia contempla la atenuante de devolución del dinero.
#1:
Eso se llama estafa y, sí, aunque alguno piense lo contrario, está penado con cárcel (a partir de 400 euros, también es cierto).
#4:
#1 Esto es como meter a una persona 6 meses en la cárcel por robar un paquete de galletas.
Después te enteras de que en realidad va a la cárcel por robar a punta de pistola.
Salvando las distancias quiero decir que el chaval tiene 6 meses de cárcel no por colgar en ebay un producto inexistente (y cobrar por él) sino por cometer una estafa de 1530€. Visto así suena de otra forma.
En Internet no todo vale así que cuidado con las bromas.
#6:
#5 Concretamente ha tenido a bien devolverlo para que se le aplique el
Artículo 21.
Son circunstancias atenuantes:
1. Las causas expresadas en el Capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.
2. La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2 del artículo anterior.
3. La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante.
4. La de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades. 5. La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral.
6. Cualquier otra circunstancia de análoga significación que las anteriores.
#1 Esto es como meter a una persona 6 meses en la cárcel por robar un paquete de galletas.
Después te enteras de que en realidad va a la cárcel por robar a punta de pistola.
Salvando las distancias quiero decir que el chaval tiene 6 meses de cárcel no por colgar en ebay un producto inexistente (y cobrar por él) sino por cometer una estafa de 1530€. Visto así suena de otra forma.
En Internet no todo vale así que cuidado con las bromas.
#5 Concretamente ha tenido a bien devolverlo para que se le aplique el
Artículo 21.
Son circunstancias atenuantes:
1. Las causas expresadas en el Capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.
2. La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2 del artículo anterior.
3. La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante.
4. La de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades. 5. La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral.
6. Cualquier otra circunstancia de análoga significación que las anteriores.
Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:
1. Quien, atribuyéndose falsamente sobre una cosa mueble o inmueble facultad de disposición de la que carece, bien por no haberla tenido nunca, bien por haberla ya ejercitado, la enajenare, gravare o arrendare a otro, en perjuicio de éste o de tercero.
El muchacho ha tenido a bien el devolver el dinero para que el juez se porte bien con él.
1. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Los jueces o tribunales podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años mediante resolución motivada.
Conozco a uno que para hacer la broma puso que vendía un urogallo creo que en eBay y le apareció el Seprona en casa, fue a juicio... La pasta en abogados, el mal trago del juicio...
ya era hora de ver condenas asi, estoy harto de los timadores en internet que siempre se libran bien por que la gente no denuncia por cantidades pequeñas o bien porque el tio desaparece del mapa.
Si una vez denunciado y sin devolver el dinero, hubiese comprado los 3 aparatos y entregado a los compradores, no le podrian denunciar por estafa ya que ha cumplido, como mucho por entregarlo tarde.
Y con eso se hubiera librado de la carcel aunque le huebiera costado la broma 400€.
#15 Si sabes estafar 500 millones seguramente te contrate una multinacional. #8 ¿Total? ¿Y si no es su primer delito? En cualquier caso, se lo pensará mejor la próxima vez.
Comentarios
Eso se llama estafa y, sí, aunque alguno piense lo contrario, está penado con cárcel (a partir de 400 euros, también es cierto).
#1 Esto es como meter a una persona 6 meses en la cárcel por robar un paquete de galletas.
Después te enteras de que en realidad va a la cárcel por robar a punta de pistola.
Salvando las distancias quiero decir que el chaval tiene 6 meses de cárcel no por colgar en ebay un producto inexistente (y cobrar por él) sino por cometer una estafa de 1530€. Visto así suena de otra forma.
En Internet no todo vale así que cuidado con las bromas.
#5 Concretamente ha tenido a bien devolverlo para que se le aplique el
Artículo 21.
Son circunstancias atenuantes:
1. Las causas expresadas en el Capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.
2. La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2 del artículo anterior.
3. La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante.
4. La de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades.
5. La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral.
6. Cualquier otra circunstancia de análoga significación que las anteriores.
Artículo 251. C.P.
Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:
1. Quien, atribuyéndose falsamente sobre una cosa mueble o inmueble facultad de disposición de la que carece, bien por no haberla tenido nunca, bien por haberla ya ejercitado, la enajenare, gravare o arrendare a otro, en perjuicio de éste o de tercero.
El muchacho ha tenido a bien el devolver el dinero para que el juez se porte bien con él.
#2 En este caso, no, porque lo hizo varias veces, lo que lo convierte en delito continuado, pero si fuese en una única ocasión, sí.
Es visión de pobre estafar 500 €. ¡Si estafas 500 millones te libras seguro!
#1 juas entonces el fallo fue pedir 100 € de más!!! qué pringado?
#8 Artículo 80.
1. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Los jueces o tribunales podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años mediante resolución motivada.
Total, si es su primer delito no irá a la cárcel por no ser éste uno doloso y no superar los 6 meses y 1 día.
#8 Dos años y un día.
Conozco a uno que para hacer la broma puso que vendía un urogallo creo que en eBay y le apareció el Seprona en casa, fue a juicio... La pasta en abogados, el mal trago del juicio...
ya era hora de ver condenas asi, estoy harto de los timadores en internet que siempre se libran bien por que la gente no denuncia por cantidades pequeñas o bien porque el tio desaparece del mapa.
#13 Me remito a #9 En realidad, más de dos años
El himen de la virgen?
Lógico, si te estafan 500€, te parece normal que quien lo ha hecho vaya a la cárcel. O al menos que sea condenado, que si tiene antecedentes, no irá.
http://www.forumlibertas.com/frontend/forumlibertas/noticia.php?id_noticia=12629
dentro de poco habrá más españoles dentro que fuera...
Gran noticia, esperemos que aprendan bien los manguis.
Si una vez denunciado y sin devolver el dinero, hubiese comprado los 3 aparatos y entregado a los compradores, no le podrian denunciar por estafa ya que ha cumplido, como mucho por entregarlo tarde.
Y con eso se hubiera librado de la carcel aunque le huebiera costado la broma 400€.
Esto es una muy buena noticia a los usuarios que compramos en Ebay....
Ay paisano, qué tontico eres...
#15 Si sabes estafar 500 millones seguramente te contrate una multinacional.
#8 ¿Total? ¿Y si no es su primer delito? En cualquier caso, se lo pensará mejor la próxima vez.
el listo le llamaban
Con lo fácil que es vender directamente 'nada'... http://www.yoquierounodeesos.com/nada/index.html
Es megagenialosea y está de moda! Como tirar la comida a la basura.
Y merecido, por estafador. Y encima con excusas imposibles de creer...
Esta son las cosas que te hacen creer en la justicia, y que engranceden a Internet, asi podremos ir más seguros por la red
Había leído "marciano"