Hace 18 años | Por --4780-- a microsiervos.com
Publicado hace 18 años por --4780-- a microsiervos.com

Hace no muchas noticias meneadas leíamos la paja mental de Jorge Cortell Cómo seguir haciendo Copias Privadas, diga lo que diga la ley
Hace 18 años | Por kikeenrique a cortell.net
Publicado hace 18 años por kikeenrique
a cortell.net

Si lo que se quiere es evitar pagar canon, para no sufragar más mentiras y manipulaciones de las sab [...]

una explicación propia, personal y autista del autor. Ahora desde microsiervos se nos ofrece otra visión sobre nuestra colección privada de cine y música perfectamente legal pero quizá no retroactiva.

Comentarios

culoman

#10, los Microsiervos, al comienzo de su explicación disponen un "IANALB..." y poniendo el ratón encima se puede leer "I Am Not A Lawyer But... / No soy abogado, pero..."

D

#1 y eso por?
No se pueden grabar los programas de tv ni radio?
saludos

D

#20 pareces jorge cortell, no lo tomes a mal

http://www.internautas.org/html/3553.html
"Ley han de asumir el pago de un canon obligatorio por las copias que realicen en soporte digital de un original para estricto uso privado." (sic)

Que no te pueden pedir los originales de una copia? Pues ya ha pasado. A personas que les han registrado el coche los picoletos. Han tenido que ir al cuartelillo a llevar los originales y esto antes de la LPI

Será cuestión de leer la LPI con calma y ver si esa "trasposición" de la normativa europea acaba con la copia privada y la convierte en copia de seguridad. De todas formas recordar que es una ley y como tal está sujeta a la interpretación que de ella hagan los jueces. Cuando salió la L$$I los web(on)master se rasgaban las vestiduras. Ahora alguno ya habla de usarla contra los usuarios, y algunos lo han hecho

Ah, se me olvidaba mencionarlo. Cuando dice que debe hacerse la copia obtenida legalmente se refiere (pienso) a que no puede ser una copia de un concierto grabado ilegalmente o la captura en vídeo de una pantalla de cine, cosas de ese tipo, no?
saludos

bacua

Entonces si es ilegal realizar la copia de una copia porqué seguir grabando los medios de almacenaje con un cánon?
Con la nueva ley pierde el poco sentido que tenía el cánon, que no era ninguno a mi juicio, ya que si es ilegal pues que sea perseguido y quien la incumpla que pague su multa, pero que no tengamos que pagar el cánon pues es ilegal realizar la copia.
España, el país con más leyes y el país donde menos se cumplen.

k

No se si es final o no, pero es una corrección de un error:
http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/CONG/BOCG/A/A_044-19.PDF
"No necesita autorización del autor la reproducción,
en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando
se lleve a cabo por una persona física para su uso privado
a partir de obras a las que haya accedido legalmente
y la copia obtenida no sea objeto de una utilización
colectiva ni lucrativa,..."
Dice "a las que haya accedido legalmente" nada que tienes que estar en posesión de original ni nada parecido. Habrá que ver cómo queda, si la "difusión" mediante p2p se considera legal o que.

k

#13->"Lo que sí dice la ley es que debes ser propietario del original y hacer la copia para tu uso personal"
¿Has visto la ley donde dice eso? ¿Me podrías indicar donde encontrarlo? Gracias.

D

Ley de Propiedad Intelectual entrará en vigor (cuando lo indique el BOE)
http://www.elmundo.es/navegante/2006/06/22/cultura/1150971473.html

Acaba de ser aprobada ahora entrará en vigor y podrá ser consultada en el BOE. No es posible tener una copia antes. Es obvio, cuando se vota también se votan las enmiendas. Las aprobadas se incluyen en la ley y por lo tanto debe volver a ser redactada

Lo que sí dice la ley es que debes ser propietario del original y hacer la copia para tu uso personal. Algunos añaden que debes ser además propietario de los equipos en que haces la copia. En esta interpretación coinciden casi todos
saludos

k

A mi lo que me repatea el culo es que toda referencia que se hace a la ley se hace al 20minutos (u otro medio de comunicación) pero nunca a una copia de la misma, lo que me indica que no se han leido la ley y la información, en este caso la de 20minutos, es toda la que tienen. Como ya he dicho anteriormente la propuesta de ley NO decía que la copia tuviese que ser de un original, sino de una copia "legal". He mirado (solo por encima) las enmiendas que se propusieron y no he visto tal cambio. A falta de obtener una copia integra de la ley (alguien sabe donde encontrarla?) me quedo con la duda y el sensacionalismo que se está haciendo respecto a este tema. Que algunos parecen salsa rosa!

D

en principio para tener un blog y opinar en él no piden titulación ni méritos (por ahora)
saludos

D

joer, pero eso ya nos pasa con los programas de ordenador. Compras una licencia de uso
saludos

D

#6 ya no? Y de las copias que ya hay hechas?
Y de las que hagamos ahora, cómo diferenciarlas de las anteriores a esta ley?
Es retroactiva la ley, como el canon cd-dvd?
saludos

D

la $gae está reclamando el canon con caracter retroactivo a tiendas de informática por cd-dvd
saludos

Alexgrok

Lo que no entiendo es que cualificación profesional tienen los de microsiervos para sentar cátedra en este tema, ¿son licenciados en derecho?, ¿no?, entonces el que opina o asiente categoricamente sobre temas que no conoce o entiende ¿cómo habría que llamarle? ¿demagogo quizás...?

Libertual

#7 No etoy a favor de la ley ni mucho menos, simplemente quiero aclarar que la industria musical llama original a sus copias y ahí esta el origen de todas las polémicas. No nos venden sus obras, nos venden un disco copiado, y además con derechos de consumidor restringidos.

Libertual

Segun la ley "«copia privada» de una obra debe ser realizada por una persona física para uso privado y a partir del original."

El concepto de original y su definición no debieran cambiar con esta ley.

Original = Primero y único

La mayoría de los artistas (pintores, escultores, ...) solo venden una vez el original de su obra, escepto los músicos que venden copias por millones.

Puesto que lo que compramos en las tiendas son copias y no originales e interpretando la ley literalmente...
Ya NO se pueden realizar copias privadas de los discos que compras ni de las retransmisiones en playback, ni de los videoclips, ni de las peliculas, etc...

Un saludo

D

La nueva LPI != cánon

D

Me refiero a que los Microsiervos comentan que "puedo argumentar que mis pelis las copié de la TV..." cuando realmente no tienes que argumentar nada; si hasta el mes pasado era legal copiarse las copias (no originales), mientras puedas justificar que tu copia la hiciste antes de la entrada en vigor de la ley no tendrás problemas para conservar tus pelis "piratas"

H

Como si eso nos importara, dudo mucho que alguien cambie sus hábitos en Internet sólo por esto. En EEUU es ilegal desde siempre y sin embargo los usuarios de programas P2P allí aumenta cada año.

Lo único que cambiará es que si antes nos defendíamos con el argumento de la copia privada, ahora lo haremos con el de la desobediencia civil. Sencillamente no veo razón alguna para cumplir una ley que nos revuelve las entrañas.

D

#18 Ahí le has dado. Primero está el hecho y luego la justificación.

Los que defendían la legalidad de la copia privada, entiendo a ésta como cualquier cosa bajada por Internet, olvidaban la legalidad del cánon.

Por ello entiendo que es más ético hablar en términos de justicia (aunque sea moral) que no de legalidad.

C

En ningún punto de la nueva LPI se dice que la copia privada haya de ser realizada a partir del original. Eso para vuestra información es la copia de seguridad (aplicable solamente al software)

Sin duda se trata de otra manipulación/malinterpretacion mediática para hacer creer a la gente que han de comprar/consumir obligatoriamente si quieren acceder a la cultura.

El tipo que ha redactado la noticia de Microsiervos no tiene ni pajolera idea de lo que habla. Parece que la nueva LPI, básicamente extiende el canon a los móviles y mp3 y exime de su pago a las empresas pero no afecta en nada a la copia privada, simplemente en que ésta ha de ser realizada por personas físicas y no por empresas (que para eso ya no pagan canon).

Esto supone para nosotros una pequeña ventaja ya que, el que bien pueda, podría adquirir los soportes (cds, dvs, etc) a través de la empresa para la que trabaja y así evitar pagar el canon injusto.

- Nadie os va a pedir los originales: La tecnología ha permitido que hoy día sea imposible diferenciar una copia de un original, además es imposible controlar el número de copias y además es imposible el probar frente a un tribunal si las copias han sido sacadas de los supuestos originales.
- No olvidéis la presunción de inocencia: En ningún momento la nueva LPI dice que las copias privadas han de ir acompañadas por el ticket de compra del original. Si alguien os pregunta: ¿cómo demostráis que habéis hecho esas copias de los originales? Le podríamos responder 3 cosas: 1) No teneis por qué demostrar nada ya que es imposible saber si las copias han salido o no de un original. En todo caso correspondería al que acusa el demostrarlo, y no va a poder aunque quiera. 2) Si se pone farruco, le podéis decir que todas las copias privadas que tenéis hechas han sido sacadas de los originales que antes habeis comprado y que después de copiarlos los habeis quemado (los originales) en la chimenea de vuestra casa junto con las facturas ¿acaso dice la ley que tenemos que conservar las facturas y los originales a toda costa?. 3) Le mandáis a la mierda y a la vez le decís que se lea el libro de David Bravo.
- En cuanto a “…a partir de obras a las que haya accedido legalmente”: ¿Me puede alguien explicar cómo se puede acceder legalmente a una obra? ¿En el Corte Inglés? O sea que si la compro en una tienda ¿estoy accediendo legalmente a ella? O sea, que si un amigo me la regala (gratis) copiada en un cd ¿estoy accediendo ilegalmente a ella? Y si la compro a un mantero, ¿acaso estoy cometiendo un delito?. Que os quede claro que no se puede acceder legalmente a una obra, simplemente se accede y punto. Y si lo que pretenden con eso es ponerle la etiqueta de legal o ilegal a una copia, van listos, ya que las copias en sí mismas no son ilegales ni legales, simplemente son copias, y lo único que penaliza la LPI es su USO. Es decir, que lo que existe es un USO ILEGAL DE LA COPIA que es en este caso el venderla a cambio de €€€€€€€€€€€€€, a ver si nos enteramos ya de una vez. ¿Acaso una persona negra es ilegal por ser negra? Pues obviamente no, las personas no son legales ni ilegales, simplemente son personas y lo que si puede ser ilegal o irregular es por ejemplo su situación en un país, pero en sí misma la persona no es ilegal, pues lo mismo pasa con las copias.

Os aseguro que todo va a seguir como hasta ahora: con el emule a toda pastilla y descargando y compartiendo. Meteros en la cabeza que esto es imparable. La cultura es un patrimonio de toda la humanidad, y no el monopolio de unas pocas corporaciones que lo que buscan es fusionar la esfera comercial con la cultural, es decir, lo que quieren es mercantilizar la cultura a toda costa y limitar su acceso al que pueda permitírselo con el puñetero dinero. No creáis que el cuento de que el mercado surgió antes que la cultura, que es lo que nos quieren hacer creer. La cultura está antes que el mercado, todos somos creadores, y las leyes se hacen (supuestamente) para el beneficio de las personas y no para el beneficio y el monopolio mercantilista del hipercapitalismo que pretende que paguemos por todo. De este modo si la ley os parece injusta practicad la DESOBEDIENCIA CIVIL http://thoreau.eserver.org/spanishcivil.html
Recordad que lo que quieren no es defender vuestros intereses ni siquiera el de los creadores. Lo que pretenden es que consumamos todo lo que podamos y si es comprando sus productos mucho mejor. Quieren ante todo que nos gastemos el poco dinero que ganamos en lo que ellos digan y cuando ellos lo digan, que creamos que no podemos hacer nada si no es pagando. Lo que más les duele no es que en Internet les critiquemos. Lo que más les duele es que al final NO CONSUMAMOS SUS PRODUCTOS.

Para más información:

Aquí está el proyecto de ley del 21 Abr 2006. Es un pdf:

http://www.senado.es/legis8/publicaciones/pdf/senado/bocg/II0053C.PDF

Recomiendo buscar dentro del texto las siguientes palabras:

Buscar - "31.2" (aparecerá todo lo relacionado con este artículo)
Buscar - "canon" (todo sobre al canon)
Buscar - "personas fisicas" (aquí habla de evitar la aplicación indiscriminada del canon)
Buscar - "anticopia" (interesante, habla sobre la incompatibilidad de imponer un canon para poder hacer copias privadas y al mismo tiempo impedirlas con tecnología anticopia)
Buscar - "original" (por cierto, en ningún punto dice que la copia privada haya de ser realizada a partir del original, parece que se trata de otra manipulación mediática)

Aquí está el texto aprobado y con correcciones, donde aparecen las tarifas del canon. Es un pdf:

http://www.senado.es/legis8/publicaciones/pdf/senado/bocg/II0053F.PDF

Otro texto interesante. El anterior proyecto de ley del 30 Nov 2005. Es un pdf:

http://www.senado.es/legis8/publicaciones/pdf/congreso/bocg/A_044-10.PDF

Recomiendo buscar dentro del texto lo siguiente. No tiene desperdicio, menos mal que ya no aparece en el nuevo proyecto de ley del 21 Abr 2006.

Buscar – “101” (aparecerá la enmienda núm 101 donde retuerce y lía aún más la definición de copia privada, confunde ésta con la copia de seguridad, confunde el compartir y regalar con la economía sumergida, habla de las pérdidas ocasionadas a las salas de cine por los screeners, etc. Por lo menos reconoce que es imposible controlar el número de copias y que es imposible el probar frente a un tribunal si las copias han sido sacadas de los supuestos originales. Habla además de que la copia privada puede realizarse siempre y cuando se tenga un acceso legal a la obra, como dando por sentado que existen copias legales e ilegales, etc, no tiene desperdicio)

D

A menos que la ley se haya aplicado con carácter retroactivo, no hay por qué destruir nuestras bibliotecas musicales. Lo que ya no se podrá hacer es copiarlo de ahora en adelante.

C

"Cuando dice que debe hacerse la copia obtenida legalmente se refiere (pienso) a que no puede ser una copia de un concierto grabado ilegalmente o la captura en vídeo de una pantalla de cine, cosas de ese tipo, no?"

Para tu información la copia privada es la que se hace de una obra ya difundida. Una proyección de una película en una sala de cine o un concierto son obras difundidas, y por tanto, puedes hacer copias privadas de ellas ya que por eso la cámara de vídeo paga canon y la cinta también.

Aquí tienes una explicación más detallada:

http://compartecultura.blogspot.com/2006/04/s-screeners-harto-de-pagar-un-precio.html

Libertual

Nemigo,
Lo de los picoletos fue una leyenda urbana de hace unos años, por supuesto, falsa. Lo de la copia privada es un gran dilema, que al parecer queda como estaba. A pesar de que la copia privada no es compatible con el canon, nadie entre las personas que redactan las leyes lo ha cambiado. Esto, a mi personalmente, me hace pensar que los intereses economicos dentro de las leyes son reales, no son simples paranoias.