El ejercicio de los derechos fundamentales no se autoriza. Es un principio en que descansa la teoría general de los derechos fundamentales en todo Estado Democrático de Derecho digno de tal nombre Cuando el derecho de manifestación se ejerce en lugar de tránsito público, su convocatoria tiene que ser puesta en conocimiento de la autoridad gubernativa, que no la autorizará, en ningún caso pero que sí puede prohibirla o proponer que se lleve a cabo en un formato distinto del que ha sido programado por los promotores. Insisto en la no autorización
|
etiquetas: prevaricación , omisión. 8m