Por primera vez en Suecia, y probablemente en el mundo, un tribunal halló a un hombre culpable de violación a través de Internet. El acusado había obligado a un grupo de niñas de Canadá, Estados Unidos y Reino Unido a realizar actos sexuales frente a una cámara web mientras observaba. En primer lugar, lo ocurrido es posible porque las leyes de Suecia no requieren de penetración para llamarlo violación. Al parecer, el acusado se había dedicado a amenazar a los críos y a sus familias si no hacían lo que les decía.
Comentarios
Es un poco una gilinoticia (me refiero al enfoque, no al hecho en sí). Es decir le caen 10 años por
Violación
Posesión de pornografía con menores
Amenazas
Coacciones
Y todo eso a bastantes menores. Es decir que en España, un único cargo de violación a una menor ya te va de 12 a 15 años. Un solo cargo. Con lo cual, por mucho que el código penal sueco lo llame violación, su tratamiento penal, comparado con el otros países poco tiene que ver. Seguramente porque sus leyes manejen varios tipos de violación. O simplemente llaman violación a algo que en otro lado sería un abuso sexual
Por eso como digo, el titular como tal es una bobada sensacionalista. Lo importante es que le hayan condenado por lo que hizo.
Por eso Assange es un presunto violador en Suecia.
#4 #5 Por ejemplo... A Assange se le acusa de "sexo por sorpresa", falta penada con 500€ [EN]
A Assange se le acusa de "sexo por sorpresa&q...
aolnews.comMuy bien hecho por parte de los suecos.
En España, violacion es agresión sexual con acceso carnal.
Aparentemente el concepto en Suecia de violación es diferente al nuestro.
#4 carnal por vías bucal, anal o vaginal o con objetos por vía anal o vaginal.
#8 Pero los objetos los tiene que manejar el presunto violador, si no, no vale.
¿Y no es mejor llamarlo coacción para una agresión sexual telemática?
#6 las coacciones implican violencia.
es muy dificil que se de coacciones/violencia por vía telemática, lo habitual es que se de intimidacion.
De todas maneras, codigo penal no distingue si las agresiones sexuales se realizan utilizando violencia o intimidacion. Art. 178 CP.
Para delitos telemáticos y a menores de 16 años, nuestro codigo penal incluye dos tipos especificos, en el art. 183 ter, como una especie de previa en el iter criminis para realizar otros tipos de agresiones o abusos sexuales. Desconozco si estos hechos cabrían en alguno de estos dos tipos.
#6 Yo coacción, veo. Lo que no veo es una agresión sexual a distancia.
Totalmente lógico e indiscutible
Al leer el titular la noticia me pareció completamente absurda. Al leer la entradilla me parece lógica.