Hace 10 años | Por salva6 a elblogsalmon.com
Publicado hace 10 años por salva6 a elblogsalmon.com

Durante esta semana, se ha filtrado que el Gobierno se está planteando eliminar la deducción por vivienda habitual en el IRPF, deducción que tienen adquirida todos los contribuyentes que han cumplido las condiciones de la actual ley del IRPF. Evidentemente, si en la nueva ley del IRPF no se contempla esta deducción, estaríamos ante una eliminación retroactiva de la misma ¿se podría hacer este cambio actualmente?. SÍ, se puede perfectamente y veamos porqué.

Comentarios

smilo

Si se puede hacer este cambio entonces se debe poder hacer que los delitos de corrupcion prescriban a los 50 años y no como ahora, no? o todo va a ser para perjudicar a los ciudadanos normales.

WarDog77

#4 Pero entonces ha habido engaño o mala fe, crearo la desgravacion para incentivar la compra de vivienda, ahora que la gente ha comprado la retiran, es evidente que una compra a 30 años no la haces pensando en que el beneficio fiscal dure un año, como las bonificaciones a las renovables, en las cuales ya veremos que dice el tribunal europeo

e

#12 El mismo engaño y mala fe que eliminar el cheque bebé habiendo mujeres embarazadas, por ejemplo. O a uno que monta una empresa y le suben el IVA de su producto, o a otro que sonsigue un aumento de sueldo y le suben el IRPF.

En definitiva: la misma mala fe que quienes decían que la vivienda nunca baja.

Y no es lo mismo que las primas a la solar fotovoltaica (que no 'bonificaciones a las renovables'). En el caso de la fotovoltaica, el Estado garantizaba un rendimiento económico mínimo, durante un mínimo de años, a una inversión, con el fin de provocar esa inversión. Se generaron obligaciones contractuales ante las que deberá responder. No es un asunto fiscal. No son impuestos.

La deducción por compra de vivienda habitual sí es una medida de política fiscal, encaminada (no me he leído la exposición de motivos, pero apostaría el cuello) a hacer efectivo el derecho a la vivienda y a hacerla asequible y blablabla. No hay obligación contractual alguna por parte del Estado y es una medida puramente impositiva.

Hay muchos intentando arrimar este ascua a su sardina: los de la doctrina Parot, los de la fotovoltaica, los pro-Eurovegas, que se han sumado al carro de la inseguridad jurídica... Pero esto no tiene nada que ver. No es más que una subida de impuestos monda y lironda. No tiene nada de retroactiva. No hay nada que reclamar en los juzgados. La política fiscal no es , ni ha sido ni será inmutable. Siempre está sujeta a modificaciones. Siempre.

sorrillo

La ley tributaria es de rango inferior a la Constitución Española, la cual nos indica lo siguiente:

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

En este caso podría defenderse que no aplica ya que la irretractividad la limita a "disposiciones sancionadoras" (las desgravaciones no son una sanción) o "restrictivas de derechos individuales" (tampoco parece que se estén restringiendo derechos individuales).

También la Constitución Española indica que respetará los Derechos Humanos y así consta también como compromiso por la pemanéncia en la ONU y la UE. En ese sentido los Derechos Humanos nos indican:

11.2 Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Este caso es más genérico y por lo tanto quizá sí aplicaría. Digamos que se podría interpretar que no pueden condenarte por no devolver las desgravaciones fiscales ya que eran legales en el momento de hacerlas efectivas. Dicho de otra forma, en el momento que se hizo tal desgravación no se estaba incumpliendo la legislación vigente (aunque la cambien a posteriori) y por lo tanto no pueden condenarte por no hacer caso de la nueva ley en desgravaciones anteriores a la fecha en la que entre en vigor.

Quienes desgravaron no podrían ser acusados de cometer un delito de fraude fiscal y por lo tanto no podrían exigirles que devolvieran "lo robado".

salva6

#3 no, si delito no habría. Lo que podría suceder es que graven al tenedor de la hipoteca.
Si quieren hacerlo, lo harán. Aunque sea a base de reales decretos.

HyperBlad

#3 Te estás haciendo la picha un lío, compañero. A lo que se refieren es a eliminarla para viviendas ya adquiridas con anterioridad al cambio de la ley, pero nunca a tener que devolver lo ya desgravado, eso sería una barbaridad, no te pueden aplicar una ley de forma retroactiva, y en el artículo que has pegado de la Constitución lo pone claramente, en la parte de la seguridad jurídica. Las desgravaciones se hicieron con la ley vigente en el momento de hacer la declaración, ahí no hay nada que rascar.

D1OX

#3
#7

El derecho a la desgravación lo da la ley 35/2006 del 29 de Noviembre en el articulo 68.1.

Ya en 2012 quitaron esa deducción, y obviamente aplica únicamente a las compras de viviendas efectuadas posteriormente a la ley de 2012.

Lo que no pueden hacer es cepillarse la desgravación de los que adquirieron una vivienda al amparo de la ley antes mencionada, no se pueden cambiar las reglas del partido a mitad del mismo. Ya que la constitucion nos dice en su articulo 9 punto 3:

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

e

#9 No lo pillas, retroactivo es si te hacen devolverlas, no si las quitan.

WarDog77

#11 Si y no, es como lo de las renovables, tu hipotecaste a 30 años (es un contrato) porque te interesaban las condiciones que había en ese momento, cambiar las condiciones fiscales de esa compra después si que es en cierta medida retroactivo, la prueba es que ha habido épocas en las que al estado no le interesaba incentivar la venta de vivienda y quito la desgravaron, pero solo para los que compraban en ese momento, el que al que ya tenia derecho se lo mantenian.

e

#13 Si y si, retroactivo es devolver las ayudas. Y no creo que en el contrato de tu hipoteca venga nada de las desgravación fiscal.

n

Los constructores y hoteleros baleares se quejan de inseguridad jurídica cuando los gobiernos progresistas imponen tasas o ecotasas porque afecta a su bolsillo. La derecha se pasa por el forro todos los compromisos y leyes que afectan a las energías renovables y ahora se pueden pasar por el forro otra vez, la deducción por vivenda. Si una constitución permite eso, no me extraña que muchos opten por la independencia.

e

No se porque este tema siempre genera tanto lío. El derecho a la desgravación por vivienda se adquiere anualmente, no quitarían nada de manera retroactiva, simplemente se dejaría de percibir.

p

Una mayoría absoluta puede hacer todo lo que le de la real gana.