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El Tribunal Supremo avala la constitucionalidad de concertar con centros de educación diferenciada

El director del centro dijo ayer que la nueva sentencia introduce dos matices que no incluían las anteriores referidas a este asunto. Así, «el propio TS aclara que nuestro modelo pedagógico es constitucional y legítimo y es el legislador quien decide, según sus criterios, la concertación o no del mismo». Añadió que ahora el legislador ha cambiado y también sus criterios y la consecuencia inmediata es la Ley de Presupuestos del Estado y el anteproyecto de la LOMCE.

| etiquetas: constitucional , conciertos , educación diferenciada , sexo

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