Con fecha 22 de marzo de 2018 el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara la nulidad de la Orden Ministerial de las tarifas de las entidades de gestión de la propiedad intelectual. La sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso. Vía https://twitter.com/jdelacueva/status/983398213234429952
#1:
Javier de la Cueva: "Me acabo de cargar una orden ministerial. Sin manifestaciones, sin ruido. Sin notas de prensa. Sin periodistas. Sin movilizaciones. Simplemente con un recurso ante el Tribunal Supremo. El lío que se va a montar con la sentencia es interesante."
#9:
"¿Qué efectos tiene esta nulidad?
Mediante su sentencia, el Tribunal Supremo borra la norma del ordenamiento jurídico y es como si la Orden Ministerial nunca hubiera existido. Esto implica que las tarifas que fueron pagadas al amparo de la orden nula pueden volver a ser discutidas. Es obvio que la discusión no interesará a quien haya satisfecho 60 euros por la comunicación pública efectuada por una televisión en un bar, pero está claro que los grandes usuarios de obras de propiedad intelectual cuyos pagos han ascendido a miles o millones de euros tienen ahora una baza legal para reclamar lo cobrado de más, solicitar la retroacción de las tarifas al precio que existía antes de aplicarse la Orden Ministerial"
Resumiendo: a la gente corriente nos han fastidiado y no nos saldrá a cuenta reclamar lo que nos han robado (les ha salido gratis hacerlo), pero habrá empresas que ahora recuperen un pastizal.
Javier de la Cueva: "Me acabo de cargar una orden ministerial. Sin manifestaciones, sin ruido. Sin notas de prensa. Sin periodistas. Sin movilizaciones. Simplemente con un recurso ante el Tribunal Supremo. El lío que se va a montar con la sentencia es interesante."
CC #9 Efectivamente, esta sentencia a quien más va a beneficiar va a ser a las grandes plataformas de streaming que van a poder reclamar todo lo que han pagado de más.
Vengo a cagarme en la puta malparida que permite que tengamos que volver a pagar 22€, v e i n t i d o s e u r o s, en canon por discos para backups de mis propios datos o de mis clientes.
Y felíz Día Internacional de la Copia de Seguridad, que es el sábado...
"¿Qué efectos tiene esta nulidad?
Mediante su sentencia, el Tribunal Supremo borra la norma del ordenamiento jurídico y es como si la Orden Ministerial nunca hubiera existido. Esto implica que las tarifas que fueron pagadas al amparo de la orden nula pueden volver a ser discutidas. Es obvio que la discusión no interesará a quien haya satisfecho 60 euros por la comunicación pública efectuada por una televisión en un bar, pero está claro que los grandes usuarios de obras de propiedad intelectual cuyos pagos han ascendido a miles o millones de euros tienen ahora una baza legal para reclamar lo cobrado de más, solicitar la retroacción de las tarifas al precio que existía antes de aplicarse la Orden Ministerial"
Resumiendo: a la gente corriente nos han fastidiado y no nos saldrá a cuenta reclamar lo que nos han robado (les ha salido gratis hacerlo), pero habrá empresas que ahora recuperen un pastizal.
#10 no es del todo cierto. Si la reclamación está por debajo de (creo recordar) 1500€ puedes presentar tú mismo la denuncia sin procurador ni abogado. Si no hay modelos online, si perteneces a alguna asociación de consumidores, tipo OCU o FACUA, pueden asesorarte e incluso te dan el modelo a presentar. A mí me ayudaron por un robo en un aparcamiento de pago, me pasaron una plantilla y la llevé al juzgado. No hice más
#7 Si, pero tendrás que reclamarlos judicialmente, el problema es que el gasto en abogado, procurador tasas, si se aplicasen, etc., etc... superaría con creses los 6.5€ del canon. aunque supongo que si la reclamación fuese en colectiva la cosa podría salir a cuenta
Lamentablemente para el ciudadano de a pie y la pequeña hosteleria solo le queda la pataleta, y probablemente seguir pagando los sablazos de la sgae y resto de chiringuitos chupopteros.
#3 Bastaría que el ciudadano dubdito conociese la ley, y no atendiste a la legalidad que esgrime el Gobierno que frecuentemente, no solo es ilegal sino anticonstitucional.
#5 Ya, pero incluso un ciudadano informado que se compre un disco duro seguira teniendo que pagar un canon arbitrario decidido por el estado para la sgae, si quiere llevarse el artículo a su casa. Lo mismo para el dueño de una cafetería que quiera tener un televisor tendrá que pagar lo que le pidan, o esperar a la sanción y luego litigar en un tribunal. ¿a cuantos les compensará eso por un cobro/robo de 60 euros?
Como la sentencia no sirve para nada (porque no van a devolver un euro) esto es una zanahoria para que se piense que los tribunales son independientes.
Esto no tiene nada que ver con el canon digital si no con las tarifas que hay que pagar a la SGAE por usar obras de su repertorio. Pero bueno se demostró que las tarifas fueron infladas artificialmente.
La demanda interpuesta por Crue impugnaba la Orden Ministerial debido a once motivos y bastó el primero de ellos para que el Tribunal Supremo le diera la razón.
(¿y los demás ni los miraron?)
Para que el Ejecutivo dicte una orden con rango reglamentario, debe incluir junto con su tramitación una «memoria de análisis de impacto normativo». [...] en esta memoria debe incluirse «el impacto de la normativa en la familia».
Es un motivo ridículo. Fácilmente pueden hacer uno de esos análisis que al final siempre son inventados a medida del que los pide.
Claro: si anularan las tarifas por un motivo más razonable, les sería mucho más difícil arreglarlo. Pero así sencillamente hacen su "análisis" y listo, de vuelta a cobrar. Habrá que volver a presentar la demanda y esperar de nuevo años a que salga la sentencia.
Comentarios
Javier de la Cueva: "Me acabo de cargar una orden ministerial. Sin manifestaciones, sin ruido. Sin notas de prensa. Sin periodistas. Sin movilizaciones. Simplemente con un recurso ante el Tribunal Supremo. El lío que se va a montar con la sentencia es interesante."
#1 qué gran político perdió España.
#1 Muy relacionada:
"El Gobierno dispara la facturación por el Canon Digital hasta los 29 millones gracias a Netflix y Spotify"
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El Gobierno dispara la facturación por el Canon Di...
vozpopuli.comCC #9 Efectivamente, esta sentencia a quien más va a beneficiar va a ser a las grandes plataformas de streaming que van a poder reclamar todo lo que han pagado de más.
Yo me quejaba el otro día:
Vengo a cagarme en la puta malparida que permite que tengamos que volver a pagar 22€, v e i n t i d o s e u r o s, en canon por discos para backups de mis propios datos o de mis clientes.
Y felíz Día Internacional de la Copia de Seguridad, que es el sábado...
Sólo puedo estar agradecido
"¿Qué efectos tiene esta nulidad?
Mediante su sentencia, el Tribunal Supremo borra la norma del ordenamiento jurídico y es como si la Orden Ministerial nunca hubiera existido. Esto implica que las tarifas que fueron pagadas al amparo de la orden nula pueden volver a ser discutidas. Es obvio que la discusión no interesará a quien haya satisfecho 60 euros por la comunicación pública efectuada por una televisión en un bar, pero está claro que los grandes usuarios de obras de propiedad intelectual cuyos pagos han ascendido a miles o millones de euros tienen ahora una baza legal para reclamar lo cobrado de más, solicitar la retroacción de las tarifas al precio que existía antes de aplicarse la Orden Ministerial"
Resumiendo: a la gente corriente nos han fastidiado y no nos saldrá a cuenta reclamar lo que nos han robado (les ha salido gratis hacerlo), pero habrá empresas que ahora recuperen un pastizal.
#10 no es del todo cierto. Si la reclamación está por debajo de (creo recordar) 1500€ puedes presentar tú mismo la denuncia sin procurador ni abogado. Si no hay modelos online, si perteneces a alguna asociación de consumidores, tipo OCU o FACUA, pueden asesorarte e incluso te dan el modelo a presentar. A mí me ayudaron por un robo en un aparcamiento de pago, me pasaron una plantilla y la llevé al juzgado. No hice más
Esto viene a decir que podremos reclamar nuestro dinero del canon? Compré ayer mismo un portátil y me cobraban 6,50€(si mal no recuerdo) de canon
#7 Si, pero tendrás que reclamarlos judicialmente, el problema es que el gasto en abogado, procurador tasas, si se aplicasen, etc., etc... superaría con creses los 6.5€ del canon. aunque supongo que si la reclamación fuese en colectiva la cosa podría salir a cuenta
Zasca!!!
No es posible, el Tribunal Supremo está a las órdenes del ejecutivo, no puede ser.
#12 Y no es.
Lamentablemente para el ciudadano de a pie y la pequeña hosteleria solo le queda la pataleta, y probablemente seguir pagando los sablazos de la sgae y resto de chiringuitos chupopteros.
#3 Bastaría que el
ciudadanodubdito conociese la ley, y no atendiste a la legalidad que esgrime el Gobierno que frecuentemente, no solo es ilegal sino anticonstitucional.#5 Ya, pero incluso un ciudadano informado que se compre un disco duro seguira teniendo que pagar un canon arbitrario decidido por el estado para la sgae, si quiere llevarse el artículo a su casa. Lo mismo para el dueño de una cafetería que quiera tener un televisor tendrá que pagar lo que le pidan, o esperar a la sanción y luego litigar en un tribunal. ¿a cuantos les compensará eso por un cobro/robo de 60 euros?
Como la sentencia no sirve para nada (porque no van a devolver un euro) esto es una zanahoria para que se piense que los tribunales son independientes.
#13 Claaaro porque esto tiene mucha publicidad
Esto no tiene nada que ver con el canon digital si no con las tarifas que hay que pagar a la SGAE por usar obras de su repertorio. Pero bueno se demostró que las tarifas fueron infladas artificialmente.
Salu2
Ya me parecía que tenía que haber trampa en esto:
La demanda interpuesta por Crue impugnaba la Orden Ministerial debido a once motivos y bastó el primero de ellos para que el Tribunal Supremo le diera la razón.
(¿y los demás ni los miraron?)
Para que el Ejecutivo dicte una orden con rango reglamentario, debe incluir junto con su tramitación una «memoria de análisis de impacto normativo». [...] en esta memoria debe incluirse «el impacto de la normativa en la familia».
Es un motivo ridículo. Fácilmente pueden hacer uno de esos análisis que al final siempre son inventados a medida del que los pide.
Claro: si anularan las tarifas por un motivo más razonable, les sería mucho más difícil arreglarlo. Pero así sencillamente hacen su "análisis" y listo, de vuelta a cobrar. Habrá que volver a presentar la demanda y esperar de nuevo años a que salga la sentencia.