#23 Es una persona mayor de edad y "en pleno uso de sus facultades". Esto debía valer, pero es que para que autorizaran la eutanasia se requirieron hasta cinco informes que avalaban su capacidad de decidir.
#1 Este proceso trata de que Mouliaa dijo qu Errejón había presionado a testigos. Errejón la denunció por calumnias. ¿O es que afirmas que la denuncia de Errejón es falsa?
#14 Evidentemente, nadie ha resucitado ni ha nacido de una virgen ni ha hecho milagros. Eso no se discute. Pero eso tampoco quita para que haya existido una persona de la que se creía que hacía milagros (sigue pasando) y luego se identificara con dioses de otras religiones y con creencias antiguas que la gente conservaba. El sincretismo utilizó la leyenda de Jesús, no inventó a Jesús.
#11 Lo más probable es que sí existiera. Existieron otros predicadores que hacían milagros y llevaban una vida peregrina, como Apolonio de Tiana. También parece que existió Simón el Mago. Sobre Jesús, además de los evangeios canónicos, están los apócrifos.
Otra cosa es cuánto hay de verdad en los testimonios que nos han quedado.
Tienes un mejunje en la cabeza con el "feminismo" y la "progresía". Y el artículo va de mujeres que follan con hombres, de que han salido tías que dicen que en las relaciones de aquí te pillo aquí te mato los hombres llegan siempre al orgasmo y las mujeres raras veces. Nada de comer coños. La autora sostiene que las relaciones sexuales tienen que ser como le dé la gana a cada persona y que en muchas relaciones de pareja en las que los coitos siempre acaban en orgasmo mutuo, el aburrimiento es peor. Y más.
300.000 es una cifra bastante difícil de creer. Y más teniendo en cuenta que muchas chicas, por necesidades económicas o por la represión moral y religiosa (embarazos sin matrimonio), daban sus niños en adopción.
Lo que no quiere decir, ni mucho menos, que el fenómeno no haya existido.
#31Creación de firmas (en plural) significa creación de firmas, y creación de certificados, creación de certificados. No me confundo. En el certificado están los datos de la firma digital, que se incorporan a cada documento que se firma. Lo emite una Autoridad de Certificación reconocida. Una firma creada con un certificado alojado en el ordenador es válida para tratar con la Administración, por ejemplo, pero no para un contrato privado. No tiene la validez legal de una firma manuscrita.
Por eso esta mujer puede repudiar el documento con su firma. Con una firma segura (realizada desde un dispositivo en su poder físicamente) sería imposible, ano ser que hubiera denunciado antes el robo de la tarjeta.
#19 Un dispostivo seguro de creación de firma no puede copiarse ni sair de su soporte (chip). Por eso la firma efectuada cumple con el requisito de no repudio.
Los certificados de la FNMT, por ejemplo, no presenta esa caracterítica y, opr tanto, no tienen el valor de una firma manuscrita. El DNI, sí.
El eIDAS ha proporcionado un enfoque escalonado para determinar las implicaciones legales de las firmas electrónicas. Se considera que una firma creada con un dispositivo seguro de creación de firmas tiene el mayor valor probatorio. Un documento o un mensaje que ha sido firmado con un dispositivo de este tipo es no-repudiable, lo que significa que el firmante no puede negar que es responsable de la creación de la firma.[2]