#20 Y exactamente que tipo de «beneficio» cree el juez Peinado, o tú, ya que estamos que obtuvo Begoña Gómez?
Por lo menos en ningún escrito el juez ha explicitado ese supuesto beneficio.
Y no me digas que eso se debe dirimir en el juicio. Ese beneficio es crucial para el delito y si el juez no sabe cuál es, significa que no ha encontrado ninguna prueba de ese supuesto «beneficio», por lo tanto, no tiene sentido enviar una instrucción a juicio oral sin ninguna prueba.
#14 Sí, tienes razón en eso que dices. Pero como dice el principio de Hanlon «Nunca atribuyas a la maldad, lo que se explica adecuadamente por la estupidez». El mundo está lleno de gente más corta que una escalera de coger patatas.
El titular es el que es y en un curso de ética periodística como el que hacían en CQC el periodista estaría suspendido y de cara a la pared con los brazos en cruz.
#12 No es por disculpar a #11, pero el titular se las trae «Bombas en canastas de baloncesto…»
No son "bombas" como aclara el texto de la noticia que al principio dice "con réplicas de bombas hechas con plástico en la red. "
Putos titulares clickbait.
#11 El suegro de Pedro Sánchez tenía saunas gais, pero no prostíbulos. No es que lo de los prostíbulos no esté demostrado, es que lo que está demostrado es que la «policía patriótica» de Rajoy y Fernández Díaz removió cielo y tierra y tuvo que dejar este tema porque no había de donde rascar.
Y el bulo está en el «totum revolutum», hablar de «saunas gais y prostíbulos» es forzar una asociación de ideas en el oyente para convencerle de que el suegro de Sánchez era un delincuente, el proxenetismo es delito, cuando eso no está probado en absoluto.
Te lo repetiré para que te quede claro: ser proxeneta no es «una manera de ganarse la vida» es ser un delincuente y acusar a alguien, aunque ya está fallecido de ser un delincuente sin pruebas, es calumniar.
#14 Es cuestión de opiniones. La mía es que trabajar en una empresa que contrata con la administración y justo después de eso trabajar en el puesto de la administración que se encarga de dar los contratos a la empresa en la que trabajabas suena a chamusquina que tira para atrás.
Si a tí eso te parece que es lo normal y lo correcto, pues adelante, tienes todo el derecho del mundo a opinar así.
No sé si es el primero, pero es llamativo, este es un caso de puertas giratorias a la inversa.
Ahora ya no es que los políticos cuando acaban su carrera en la política los fichen empresas para aprovecharse de sus contactos, ahora ya es que, directamente, las empresas ponen en los puestos que les interesa a gente que trabajaba para ellos el día antes de acceder al cargo.
#104 Que te valga más lo que dice un tipo cuando los dos estáis borrachos que lo que dice un profesor universitario (y la misma ley que tú has citado) deja muy clara tu inteligencia.
#93 Que España se haya saltado la legislación internacional no justifica que Israel lo haga.
También EEUU ha hundido lanchas venezolanas sin tener derecho a hacerlo. Pero no dudo que tú estás mucho más capacitado para opinar que Donald Rothwell, que es Profesor de Derecho Internacional, en la Universidad Nacional de Australia.
"Aunque la entrega de ayuda por mar es legalmente problemática en este momento, la capacidad de Israel para interrumpir las flotillas tiene sus límites. La libertad de navegación es fundamental para el derecho del mar. Como tal, la flotilla tiene derecho a navegar sin obstáculos por el mar Mediterráneo. Por lo tanto, cualquier acoso o detención de la flotilla en aguas internacionales constituye una clara violación del derecho internacional. Israel puede, sin duda, ejercer control sobre las 12 millas náuticas de mar territorial frente a las costas de Gaza. El cierre del mar territorial a los buques extranjeros estaría justificado por el derecho internacional como medida de seguridad, así como para garantizar la seguridad de los buques neutrales debido a la guerra en curso." theconversation.com/por-que-la-interceptacion-de-la-flotilla-de-ayuda-
Al final tú estás haciendo trilerismo. Que en aguas internacionales haya una Zona Económica Exclusiva no significa que dejen de ser aguas internacionales.
Imagino que el problema que tienes es que no te da la neurona para entender la palabra "Económica". Pero ni yo ni el profesor Rothwell podemos ayudarte en eso.
#90 Ya que me acusas de fanático, supongo que podrás poner aquí el artículo concreto que te da la razón.
De momento te pongo el artículo 3 que me la da a mí.
Artículo 3 Anchura del mar territorial
Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención.
Tú estás poniendo el límite de la Zona Económica Exclusiva que no tiene nada que ver con las aguas territoriales.
Artículo 57 Anchura de la zona económica exclusiva
La zona económica exclusiva no se extenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.
#1#2#4 Teniendo en cuenta todas las barbaridades que ha hecho, y sigue haciendo, Israel es como para fiarse de ellos.
Ayer dos expertos en Oriente Medio en la radio, hablando sobre el plan de paz, dejaban claro que no se fiaban ni un pelo de Hamás, por descontado, pero tampoco de Israel, la trayectoria de unos y otros no llama precisamente al optimismo.
#109 Yo no tendré ni puta idea de ciencia ni investigación, pero lo que sí sé es que cuando un estudio es «revisado por pares» y estos «pares» concluyen, documentadamente, que el estudio es un truño infumable la gente que tiene neuronas funcionales deja de citar ese estudio.
Pero claro, en tu caso eso es pedirle peras al olmo, como decimos los catalanes «D'on no hi ha, no en raja»
#45 Las aguas territoriales de un país, según el Derecho Internacional del Mar (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, CONVEMAR de 1982), se extienden hasta las 12 millas náuticas desde la línea de base (normalmente la costa o la línea de marea baja). Dentro de estas 12 millas, el Estado tiene soberanía plena sobre el agua, el espacio aéreo y el fondo marino, con ciertas obligaciones, cómo permitir el paso inocente de barcos extranjeros.
Que eso es exactamente lo que supone la flotilla, paso inocente de barcos extranjeros, ya que únicamente llevaban ayuda humanitaria, el arma más peligrosa de la flotilla era el cuchillo de cortar el pan.
Además: De 12 a 24 millas náuticas: se considera zona contigua, donde el Estado puede realizar controles aduaneros, fiscales, de inmigración y sanitarios. Hasta 200 millas náuticas: se llama zona económica exclusiva (ZEE), donde el Estado tiene derechos sobre la explotación de recursos naturales (pesca, petróleo, etc.), pero no soberanía completa como en las aguas territoriales.
O sea que tu afirmación que «las aguas internacionales comienzan a las 200 millas» es mentira.
#56 Aquí estamos hablando de ciencia, de medicina, y no de moral.
A ti te puede parecer que decidir abortar o no, no son opciones «moralmente equivalentes» pero a mí sí me lo parece. Y la ciencia comparte mi opinión, puesto que la moral no tiene cabida en los estudios científicos.
Pero sí hay diferencia, como tú mismo dices, «la depresión postparto es conocida y aparece en los manuales sobre embarazo.», en cambio, esa supuesta «depresión postaborto» no tiene ningún estudio científico que la avale ni aparece en ninguno de los manuales sobre embarazo o aborto.
Por lo tanto, esa obligación de informar sobre algo no demostrado y, por lo tanto, científicamente inexistente, se basa solo en los prejuicios morales de los antiabortistas.
#107 Dices: «Incluso si aceptáramos que Coleman tuvo sesgos o limitaciones metodológicas, eso no cambia lo esencial». Lo esencial són las conclusiones de Coleman y si estas están viciadas por sesgos y limitaciones metodológicas, sus conclusiones, lo esencial, no valen ni el papel en que están escritas.
Te recuerdo que también hay un “estudio” publicado que dice que las vacunas provocan autismo y hoy en día nadie que crea en la ciencia le da el menor valor porque adolece de los mismos fallos que el de Coleman.
Los 40 estudios ni me los saco de la manga ni del Marca, los saco de la literatura médica, esa que tú pones en un pedestal si te da la razón, pero que parece que no tiene ningún valor si te contradide.
#54 Nadie está diciendo que abortar sea una fiesta y que no tenga ninguna repercusión.
Lo que se discute es si hay que advertir a quien quiere abortar de un inexistente «síndrome postaborto» que la ciencia, no los políticos, no los antiabortistas, la ciencia, dice que no hay ninguna prueba que demuestre su existencia.
En cambio, lo que sí está documentado y validado por la ciencia es la depresión postparto, pero no veo a nadie pidiendo que cuando una mujer embarazada vaya a la consulta del ginecólogo, este le advierta de la depresión post parto y le haga reflexionar sobre si quiere tener a su hijo o abortar.
#104 En primer lugar no soy yo quien lo dice, lo dice alguien tan prestigioso como la Universidad de Cambridge.
En segundo lugar, de los artículos revisados para el "metaestudio" 11 eran de la misma Coleman y de los demás, como dice Cambridge, hizo un "Cherry picking" seleccionando solamente artículos que decían lo mismo que los suyos e ignorando los múltiples artículos científicos publicado que decían todo lo contrario.
En definitiva, repito el resultado, íbamos 40 a 1 y tras la revisión del VAR vamos 40 a 0 porque tu estudio ha sido anulado al ver que no respetaba las condiciones mínimas necesarias para tener valor.
#101 He encontrado el artículo, he aprendido a usar google en un cursillo rápido y también he encontrado esto, supongo que la Universidad de Cambridge también tiene prestigio... o quizás para ti no.
Aborto y salud mental: se ignoran las directrices para una conducta científica adecuada
Tenemos serias preocupaciones sobre la metodología de la síntesis cuantitativa de Coleman y queremos destacarlas para evitar que los lectores y los responsables de las políticas saquen conclusiones erróneas, en particular la afirmación incorrecta de que "casi el 10% de la incidencia de problemas de salud mental demostró ser atribuible al aborto".
Esta síntesis cuantitativa y metanálisis no siguieron las metodologías sólidas que generalmente se aceptan para las revisiones sistemáticas. No hay detalles de la estrategia de búsqueda, incluidos los términos de búsqueda; la estrategia no es exhaustiva (solo se incluyen dos bases de datos); no se llevaron a cabo otras estrategias para buscar en la literatura, incluido el seguimiento de citas, la búsqueda manual y el contacto con autores y expertos en el campo para intentar minimizar el sesgo de publicación; y no hubo una evaluación o calificación de la calidad de los estudios incluidos, de modo que solo se incluyen en el metanálisis aquellos de menos calidad.
Además, los resultados de varios de los estudios incluidos que vinculan el aborto con problemas de salud mental han sido re-analizados posteriormente por otros investigadores. Estos estudios, que utilizan los mismos datos, emplean técnicas de selección de muestra menos sesgadas y controlan factores previos al embarazo que influyen en la salud mental (por ejemplo, antecedentes de violación), y no han encontrado vínculos significativos entre el aborto y la posterior mala salud mental.
La selección y evaluación de los estudios debe estar a cargo de dos evaluadores independientes; la revisión de Coleman fue realizada por un solo autor. De los 22 artículos incluidos, 11 fueron escritos por Coleman, autor de la revisión. Esto constituye un conflicto de intereses y menoscaba la capacidad del autor para realizar una revisión crítica de los estudios primarios.
Y el artículo sigue y sigue dejando a los pies de los caballos tu fuente.
En definitiva, el resumen es que Coleman hizo unos estudios infumables y luego hizo un metaanálisis de sus propios estudios llegando a las mismas conclusiones.
Una crack, como tú, la tal Priscilla Coleman. En primer lugar, elaboró las conclusiones y después buscó toda una serie de subterfugios para que las fuentes «cuadraran» con las conclusiones preestablecidas y sus prejuicios.
En definitiva íbamos 40 a 1 estudios pero el VAR ha anulado tu estudio y seguimos 40 a 0.
Sigue intentándolo.
#96 Puedes poner algún enlace a ese «supuesto» meta estudio?
Lo digo porque por estudio Coleman solo me viene esto que no tiene nada que ver.
¿Qué es el proyecto Coleman? Incluía el mandato de investigar la segregación racial en las escuelas públicas, un trabajo que el Departamento de Educación iba a encargar directamente a comienzos de 1965. He ahí el origen del llamado Informe Coleman, más propiamente Equality of Educational Opportunity Survey (Coleman, 1966).
Sois unos malpensados, ¿cómo va a publicar propaganda sionista OKDiario porque una entidad que se dedica a difundir propaganda sionista como ACOM le pague 75.000 €?
Todo el mundo sabe que ellos solo publican siempre verdad de la güena.
Por lo menos en ningún escrito el juez ha explicitado ese supuesto beneficio.
Y no me digas que eso se debe dirimir en el juicio. Ese beneficio es crucial para el delito y si el juez no sabe cuál es, significa que no ha encontrado ninguna prueba de ese supuesto «beneficio», por lo tanto, no tiene sentido enviar una instrucción a juicio oral sin ninguna prueba.