En aplicación del principio acusatorio: sin acusación, no hay delito. En este caso hay dos acusaciones: La Junta de Andalucía (acusación particular) y la Fiscalía (acusación pública), ambas solicitaran el archivo de las actuaciones al estimar que los hechos investigados no son constitutivos de delito. Ahí queda eso.
Algunos ven coincidencias...https://www.libertaddigital.com/espana/2018-05-07/el-trafico-de-coincidencias-en-la-peticion-de-archivo-del-caso-del-fraude-de-la-formacion-por-parte-del-fiscal-jefe-de-huelva-1276618257/
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En aplicación del principio acusatorio: sin acusación, no hay delito. En este caso hay dos acusaciones: La Junta de Andalucía (acusación particular) y la Fiscalía (acusación pública), ambas solicitaran el archivo de las actuaciones al estimar que los hechos investigados no son constitutivos de delito. Ahí queda eso.
Algunos ven coincidencias...https://www.libertaddigital.com/espana/2018-05-07/el-trafico-de-coincidencias-en-la-peticion-de-archivo-del-caso-del-fraude-de-la-formacion-por-parte-del-fiscal-jefe-de-huelva-1276618257/