#5
Eso de que si la pena es inferior a 2 años sin antecedentes no se entra en la cárcel es un mito. Un juez puede disponer que un condenado a seis meses entre en la cárcel a cumplir la condena.
Además, los requisitos para la suspensión son:
Atendida la potestad de jueces y tribunales, es preciso atender a cuáles son los requisitos necesarios y concurrentes para que los jueces apliquen la suspensión:
Que el condenado haya delinquido por primera vez.
Es decir, no tener antecedentes penales. Pero se hacen salvedades en este asunto: no se tienen en cuenta condenas por delitos imprudentes, delitos leves o los delitos cancelados o que debieran serlo.
Que la pena o la suma de las impuestas no sea superior a dos años.
Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado y se haya hecho efectivo el decomiso.
Esto significa que el condenado ha de reparar el daño causado por el delito cometido (responsabilidad civil ex delito) o comprometerse a ello atendiendo a su capacidad económica y la posibilidad real de satisfacerlo.
#8 Eso de que si la pena es inferior a 2 años sin antecedentes no se entra en la cárcel es un mito. Un juez puede disponer que un condenado a seis meses entre en la cárcel a cumplir la condena.
#5 No, los nazis no han salido por el hecho de la agresión, es utilizarlo como excusa para sacar todo su instinto racista, al igual que muchos lo están demostrando cuando los defienden.
Unos magrebís agreden a un anciano y hay que ir a la caza de todo el que no sea de su raza.
Cuando la agresión sexual de los de la manada uno era guardia civil, podían haber ido también por los cuarteles apaleando guardias civiles o cuando los del equipo de futbol de la Arandina hicieron lo mismo, tampoco fueron apaleando futbolistas. Por esa regla de tres cuando un nazi racista ha agredido a un vagabundo, ya todos tenemos libertad de ir a cazar y apalear a nazis.
#41 El problema es que unos nazis racistas actúen con total impunidad.
Unos magrebís agreden a un anciano y hay que ir a la caza de todo el que no sea de su raza.
Cuando la agresión sexual de los de la manada uno era guardia civil, podían haber ido también por los cuarteles apaleando guardias civiles o cuando los del equipo de futbol de la Arandina hicieron lo mismo, tampoco fueron apaleando futbolistas. Por esa regla de tres cuando un nazi racista ha agredido a un vagabundo, ya todos tenemos libertad de ir a cazar y apalear a nazis.
No, no es el hecho de la agresión, es utilizarlo como excusa para sacar todo su instinto racista, al igual que muchos lo están demostrando cuando los defienden.
#28"¿qué hay de malo en que unos artistas cobren por su trabajo?"
Pues lo mismo que entonces no habrá nada malo que un traficante cobre por su trabajo. El quiz de la cuestión es que están realizando un trabajo ilegal prohibido por ley.
#6 Vamos a ver, está prohibido por ley este tipo de espectáculos y fue pionero los espectáculos de "bombero torero" que están prohibidos por ley en España.
La Ley General de Discapacidad fue modificada para prohibir este tipo de espectáculos, donde personas con acondroplasia o enanismo participan en corridas cómicas con toros y vaquillas. Esta prohibición se basa en la necesidad de evitar la discriminación y proteger la dignidad de las personas con discapacidad en espectáculos.
La prohibición se incluye en una ley que traspone directivas de la Unión Europea, específicamente la que trata sobre la accesibilidad de productos y servicios, y que busca garantizar la no discriminación de personas con discapacidad en espectáculos públicos.
No se trata si ellos se sienten o no utilizados, es como si a un camello le peguntas si está discriminado en su trabajo, te dirá que no pero es un trabajo ilegal.
Triste que estos avances se tengan que financiar por Fundaciones privadas mientras se están derivando millones de dinero público a centros y hospitales privados por intereses partidistas.
#17 Pues yo estoy harto de lo caro que al final nos salen los 0€ de gasto público.
¿Qué pasará si no se recaudan los 17 millones? Porque de momento llevan recaudados 90.000 euros.
#119 Si lo de la derecha patriótica es en tono irónico, no hay más antipatriota que la derecha en España que joden a sus ciudadanos por su beneficio partidista.
#34 Cuando lleguemos al rio, veremos como cruzar el puente. De momento España no tiene que gastar el 5% en la actualidad que es lo que importa. Disfruta de lo actual porque del futuro no sabemos sin podremos.
Eso de que si la pena es inferior a 2 años sin antecedentes no se entra en la cárcel es un mito. Un juez puede disponer que un condenado a seis meses entre en la cárcel a cumplir la condena.
Además, los requisitos para la suspensión son:
Atendida la potestad de jueces y tribunales, es preciso atender a cuáles son los requisitos necesarios y concurrentes para que los jueces apliquen la suspensión:
Que el condenado haya delinquido por primera vez.
Es decir, no tener antecedentes penales. Pero se hacen salvedades en este asunto: no se tienen en cuenta condenas por delitos imprudentes, delitos leves o los delitos cancelados o que debieran serlo.
Que la pena o la suma de las impuestas no sea superior a dos años.
Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado y se haya hecho efectivo el decomiso.
Esto significa que el condenado ha de reparar el daño causado por el delito cometido (responsabilidad civil ex delito) o comprometerse a ello atendiendo a su capacidad económica y la posibilidad real de satisfacerlo.