Una mujer acusada de mantener relaciones sexuales con un hombre en presencia de su hija menor, que no superaba los dos años de edad, ha reconocido los hechos que se le imputan pero ha reiterado que "no era consciente del daño que le podía hacer".
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Aparte de eso es curioso como caso límite ya que, todo debería girar sobre si el tribunal entiende que había percepción relevante y aceptación consciente de la exposición, más que en el supuesto “daño”, que aquí es jurídicamente secundario.
En contraposición, el abogado de la defensa solicita su libre absolución. "La presencia física de un bebé de corta edad no es suficiente en el ámbito del delito penal que no castiga la mera visión sino la exhibición obscena con capacidad de percepción relevante", ha indicado tras recalcar que "la niña carecía de madurez cognitiva ni comprensión del acto sexual" en el momento de los hechos.
Sospecho que el abogado apaga la luz.