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Confirmado por la Seguridad Social: Al cumplir 18 meses de baja laboral “dejas de cotizar pero no pierdes el puesto”

Confirmado por la Seguridad Social: Al cumplir 18 meses de baja laboral “dejas de cotizar pero no pierdes el puesto”

Una vez se pasan esos 18 meses de baja, lo que hace la Seguridad Social es emitir lo que se conoce como ‘propuesta de incapacidad permanente’. Después, y tras evaluar la situación del afectado, puede decidir tres cosas, según recuerdan en Campmany Abogados...

| etiquetas: empleo , seguridad social
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Una, conceder la incapacidad permanente; dos, que se estime que no es necesaria la incapacidad, ni más tiempo de baja, y se dé por extinguida la incapacidad temporal por curación o mejoría. Es decir, alta médica. Y, tres, que se dicte lo que se conoce como una demora de calificación. ¿Qué es? Pues ampliar seis meses más la baja médica. Por tanto, hasta dos años como máximo (730 días naturales).
Parece que es algo sobre lo que había dudas y acaba de aclarar la Seguridad Social, pero no, es una no-noticia clickbait de medio pelo.
¿Confirmado? Lleva tiempo siendo así. Esto no va en actualidad.
Dejas de cotizar durante el tiempo que dure la demora de calificación. Que suele ser entre uno y tres meses.

menéame