El Supremo ha confirmado la absolución de un hombre acusado de un delito de omisión del deber de socorro a su pareja, que falleció en Alicante de un infarto poco tiempo después de que la dejara sola indispuesta en su coche, pese a que se «apercibió» de la gravedad de la situación. El tribunal considera que la conducta del acusado resulta «especialmente censurable desde el plano ético», pero añade que «el incumplimiento de un deber genérico de solidaridad no es suficiente para considerar cometido el delito de omisión del deber de socorro».
Comentarios
Así expuesta parece que la sentencia es una aberración.
#1 La Sala considera que los hechos que se declaran probados no permiten identificar con la necesaria claridad la presencia de los presupuestos inexcusables de tipicidad. «Ni los síntomas de indisposición (mareo y náuseas) que presentaba la señora en el momento en que se marchó el señor permitían representarse una situación de peligro grave y manifiesto para su vida (recuérdese que se descarta en la fundamentación jurídica que con carácter previo a ese episodio la mujer presentara síntoma alguno de afección cardiaca que fuera conocido por el acusado)» Añade que «ni, tampoco, se describe una situación penalmente relevante de desamparo. Muy, en particular, las circunstancias que permitan explicar por qué la propia mujer no solicitó telefónicamente asistencia médica durante el periodo transcurrido desde que comenzaron los síntomas de indisposición (sobre las 19 horas) hasta el momento en que el acusado abandonó el lugar (sobre las 19,40), cuando, al tiempo, se declara probado que durante ese lapsus temporal la misma no perdió en momento alguno la consciencia».
#2 Acabo de exhalar un suspiro de frustración. Pues pon ese contexto en la entradilla.
#2 legalmente no se... Pero todos conocemos a la persona que ve una gota de sangre y se marea y al que disfruta del cine gore y además es carnicero (bueno no, pero se entiende la idea).... ..
#2 O sea, que ella estaba vagamente mal, y él no tenía forma de saber que le estaba pasando algo grave
#9 Eso ya lo he leído y entendido.
Desde que empiezas a leerlo te preguntas cómo han podido absolverle. Luego leyendo el final te das cuenta de que ni ella misma llamó a los servicios médicos, tiene pinta de que ambos estaban juntos pero ambos tenían algo que ocultar ...
#7 Como dice #4 , algo tenían que ocultar. Quedaron cerca de un tanatorio, se fueron a un motel, ... en fin...
Aunque vio que iba a peor, dudo que el tipo pensara que iba a morir: estaba mareada e indispuesta. Por eso lo han absuelto.
Los dos se acojonaron: ni él la acompañó a un centro médico, ni ella llamó a nadie. Ninguno de los dos quería que nadie supiera que estaban allí juntos.
Mala suerte y mala conciencia.
Tras la primer noche que quedé con mi pareja, empezó a sentirse mal al día siguiente (náuseas y dolor de cabeza).
Recorrimos buscando una farmacia, tomo algo para el estómago en una cafetería, y al no mejorar, o le acompañaba a casa o a urgencias. Al final fuimos al hospital y tras unas horas le atendieron, comimos, y le acompañé hasta el tren.
Ya me gustaría saber qué es tan importante para pirarse sin más, sabiendo que está la chica indispuesta y mal sentada en el coche:
Nada más entrar en la habitación a las 18,45 horas, la mujer se sintió indispuesta, con mareos y nauseas, y decidieron marcharse de allí a las 19,05 horas. El acusado acercó el coche hasta el lugar donde estaba la mujer, le reclinó el asiento y le abrió la ventanilla. Sobre las 19,40 horas cuando llegaron a las inmediaciones del tanatorio, el acusado se bajó del coche y permaneció unos minutos junto a la mujer que seguía encontrándose mal y estaba sentada con el tronco hacia adelante y la cabeza sobre sus piernas. «Apercibiéndose de la gravedad y persistencia» que iba tomando la situación, abandonó el lugar en su vehículo dejándola sola.
Yo ni soy abogado ni experto, opino como cualquier otro cuñado, la verdad es que no entiendo cómo puede verse normal irse así...
#7 La sentencia no dice que sea normal, es más dice que éticamente es reprobable, pero no es delito, ya que no cumple los requisitos para serlo. No hay que darle muchas más vueltas.