El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha declarado nulo el despido de un trabajador mientras cumplía prisión por un procedimiento penal, invocando el derecho a la reinserción.
#12 Vamos a ver si le dan aviso a su domicilio que lo despiden, y el tío está en prisión y no les dice nada. Es que, no se ¿Cómo van a guardarle a una persona su empleo si no va a trabajar? Aparte habrá que ver porqué fue la condena, cosa que sería interesante saber, que para ir a prisión o se tienen antecedentes o se monta una gorda.
Comentarios
Mira, Barcenas va a poder volver al PP
#1 Y Granados
#3 Y Matas
#4 y Blesa a Bankia
#4 Y Fabra
#6 Y...........................................
casos aislados
#1 Si no se ha ido nunca.
Sólo fue al gimnasio a hacerse fuerte...
#1 Esto es un en toda regla, pero hay que reconocer que ha sido bueno
Lo planteó mal la empresa. Le tenían que haber despedido por faltar reiteradamente a su puesto de trabajo.
Para que esto fuese redondo tendrían que incluir estar entrullado entre los supuestos de excedencia forzosa.
No vas al trabajo porque estás en prisión, y no te pueden despedir, flipado me quedo.
#9 Igual hasta tiene derecho a cobrar la baja
#12 Vamos a ver si le dan aviso a su domicilio que lo despiden, y el tío está en prisión y no les dice nada. Es que, no se ¿Cómo van a guardarle a una persona su empleo si no va a trabajar? Aparte habrá que ver porqué fue la condena, cosa que sería interesante saber, que para ir a prisión o se tienen antecedentes o se monta una gorda.
No puede ser que queramos destruir a las personas condenandolas al ostracismo. Bien por el trabajador, mal por el empresaurio.