El Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla ha declarado el archivo de las actuaciones incoadas a cuenta de una denuncia promovida por un vecino de la capital andaluza, contra un militar de 80 años de edad que en el marco de una discusión le mostró una pistola "real pero inutilizada para disparar", pues este anciano "nunca encañonó al denunciante ni verbalmente le anunció mal alguno", con lo que los hechos no reúnen los requisitos de una amenaza "ni siquiera leve".
Comentarios
"no parece equivocado pensar que el denunciante, en disputa permanente con el denunciado por las plazas de garaje, aprovechase el incidente para presentarlo con unos tintes criminales de que carece"
Jódete y baila tú, que casi le echan la culpa al denunciante.
Estoy discutiendo con un tío, saca una pistola y, sin apuntarme, me pregunta con una sonrisa si la estoy viendo. Por supuesto que me siento amenazado, la amenaza es prácticamente explícita.
#2 No no, que fue de bromi.
#2 eso te pasa por no preguntar si está inutilizada o es una recreación el que se asusta es porque quiere
#2 Es que son "compañeros". Espero que el amenazado recurra y denuncie al juez compañero por prevaricación.
"Nunca encañonó al denunciante, ni verbalmente le anunció mal alguno" no hay otra explicación, este juez es gilipollas. Habría que tener una conversación con él con una pistola en la mano sin anunciarle mal alguno ni apuntarle, para que entendiese que no es una situación cómoda y cómo condiciona ese elemento una conversación. Aunque pensándolo bien, lo suyo es que se vaya a echar currículums y deje su cargo a alguien preparado y con sentido de la justicia.
Luego a la gente le multan por llevar navajitas de llavero.
#4 Yo creo que gilipollas no es la palabra. Facha a lo mejor...?
#7 chupito
#7 Lo cortés no quita lo pazguato. Independientemente de su corriente de pensamiento, este juez es absolutamente gilipollas hasta que se demuestre lo contrario.
#9 Más que gilipollas no sería más bien prevaricador ?
#14 Es prevaricador por acción, pero por definición es gilipollas, tal y como ha demostrado en la pirueta argumentativa a la que ha tenido la
desfachatez de llamar dictamen judicial, eso no se elige. Ha sido un absoluto insulto a la inteligencia y por ende, es gilipollas hasta que demuestre lo contrario.#21 Es que si el caso era tan claro hay ocasiones en las que no puedes hilar un argumento más logico porque los hechos lo impiden eso no significa que necesariamente fuese gilipollas, sino que no había una forma o argumento mejor para tapar la prevaricación.
Y si se ven impunes tampoco necesitan ser muy delicados con los argumentos.
Por ejemplo, cuando condenaron por prevaricador a un conocido juez, tuvieron que enviar una circular a todos los juzgados indicando que ciertas cosas YA no se podían hacer, es decir condenaron a un juez por hacer algo que estaba normalizado y que hacían en mayor o menor medida todos los jueces en España, y toda la judicatura acató y calló.
Así que lo que hoy puede parecer un insulto a la inteligencia mañana no.
#23 Si tiene razón y le agradezco que desglose la simpleza de mi comentario, sigo pensando que es gilipollas por plantear de manera tan ilógica el argumento, aunque con toda probabilidad estará en lo cierto y el late motiv no fue la gilipollez, si no la impunidad con la que se saltan la ley.
#4 Si un jurista anduviese por aquí me gustaría preguntarle: ¿esta sentencia podría sentar jurisprudencia en algún modo?
#27 No soy abogado, pero por lo que tengo entendido, en Europa, al tener un sistema legal basado en el derecho romano, la única jurisprudencia la sienta el tribunal supremo. En los países con sistema legal basado en derecho germánico, sí podría.
Pero tómatelo con mucha sal, que como digo, no soy experto en la materia.
Yo cuando discuto con alguien, para reducir tensiones, les enseño fotos de mi colección de armas blancas, Si a la tercera foto aún no hay buen rollo, les enseño la navaja que suelo llevar en el bolsillo. Pero así de forma nada amenazante y sin tintes criminales ningunos. Simplemente como muestra de mi afán de coleccionista.
#10 Si discutes conmigo te puedo enseñar una Stinger calibre 12 cañon de 38 cm con capacidad 5 + 1 de corredera y con culata plegable, o directamente sin culata que es mas corta aunque ilegal, pero y lo que me rio
#13 es hora de sacar a la impaciente del saco
#15 Eso no te lo venden en España, la stinger si, que yo la tengo
#13 Muy chula. Mientras sea con afán coleccionista y nada intimidante, todo bien. Entre coleccionistas siempre hay buen rollo.
Ya si quisiera amenazar a alguien, le enseñaría mi colección de videojuegos y le sacaría el cartucho de Superman 64.
#18 jajajajaj
#18 mereces ser deportado por comprar semejante birria
#30 ¡Venid a por mi! !Tengo cartuchos y sé como usarlos!
Qué soy compañero, coño.
Convendría ir a esperar al juez a la salida del juzgado con un bate de beisbol en la mano, para comentar impresiones sobre la sentencia. Eso si, sin amenazarle directamente ni levantar el bate, para que no se sienta amenazado, ni siquiera levemente.
#5 Ya lo dicen los ingleses: "habla con calma y lleva un gran palo".
#6 Sabes el refrán en inglés o es invent?
#11 https://es.wikipedia.org/wiki/Gran_Garrote
Buscas en google "Speak softly but carry a big stick". Creía que era un refrán pero parece que es una frase de Theodore Roosevelt.
#22 "La educación te llevará lejos, la educación y una pistola te llevarán aún más lejos" Al Capone
"La pistola cuando se saca es pa disparar, el que la saca pa enseñarla es un parguela".
Ponga una toga en su vida.
Aplicando esa lógica, si sacas una pistola, pero no apuntas a la policía, y está te dispara o agrede de alguna manera, se debería castigar a la policía, , ya que en ningún momento has encañonado a la policía, ni le has amenazado, sólo has sacado la pistola cuando discutías con la policía. Muy logico.
Lo de "exmiliar" teniendo el hombre ochenta años es un dato muy importante, desde luego. Y respecto a "las amenazas"...
"CAPÍTULO II
De las amenazas
[Bloque 241: #a169]
jurisprudencia
Artículo 169.
El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional."
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444