En el último de la larga lista de disparates judiciales sobre el sector financiero, la Audiencia Nacional ha dictado dos resoluciones que parecen establecer que los bancos que han adquirido otros heredan sus derechos a cobrar indeminzaciones... pero no sus responsabilidades penales. Más allá de los argumentos jurídicos -siempre los hay a favor y el contra-, la lógica dice que se deben heredar los derechos, obligaciones y responsabilidades.
La responsabilidad civil y penal no tienen nada que ver.
Evidentemente, si otro banco ha cometido un delito penal (habla de falsear cuentas), los nuevos administradores no tienen que ir a la cárcel ni pagar multa por lo que hicieron los antiguos.
Otra cosa sería una indemnización por lo civil (por ejemplo, devolver las clausulas suelo), donde no sabemos que pasaría.
Quiero pensar que en este último caso si que tendrían que pagar ya que son los beneficiados de los productos de la anterior banca y por tanto les tocaría pagar si hay algo mal (de lo que sacan beneficio hasta que se pille), pero es verdad que de este país, en tribunales de alto nivel, me creo cualquier cosa.
Con el fin de evitar que la persona jurídica realice maniobras tendentes a eludir la responsabilidad penal dimanante de un procedimiento judicial, el nuevo apartado 2 del art. 130 CP establece expresamente que:
La transformación, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabilidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusionada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión. En estos supuestos, los jueces o tribunales podrán moderar el traslado de la pena a la persona jurídica en función de la proporción que la persona jurídica originariamente responsable del delito guarde con la nueva sociedad.
Creo que es la ley por la que se condeno al PP, originalmente excluía partidos políticos y sindicatos entre otros pero luego se modificó.
#5:
Es el liberaliiiiiismo amigo! ¡Seguro que con menos "prohibiciones" la economía y el sector financiero no tendrían ni burbujas, ni chanchullos, ni nada por el estilo!
#9:
#6 Entonces, si el fallecido tiene deudas pendientes relativas a responsabilidades penales (por ejemplo indemnizaciones a una víctima) ¿Estas no se tienen en cuenta respecto a la herencia como cualquier otro acreedor? Pregunto desde mi sincera ignorancia. Entiendo que no te meten en la cárcel por lo que ha hecho tu padre. Incluso dudo respecto a una pena de multa, puesto que se hacen equivalencias al tiempo de condena y si mueres la condena no tiene sentido ¿Multa de hacienda por delitos fiscales, que también entran por lo penal? Pero si tiene una deuda con alguien yo supongo que se descontará de la herencia, independientemente del tipo de deuda.
En cualquier caso si hay discrepancia de criterios en distintas sentencias y algún afectado quiere recurrir, supongo que se admitirá a trámite en alguna instancia superior.
#18:
#9 Es inútil, en este "pais" siempre saldrá algún obrero a defender a los bancos. Es una actitud muy masoca la del personal.
#47:
#5 no, eso es el gobierno. Le dan privilegios nadie más tiene, de liberalismo tiene lo que yo de cantante.
#36:
#15 más bien, te ibas a enterar de dónde está tu dinero en realidad.
#4 Interesante comparativa, és uno de los cánceres de las sociedades actuales junto con la corrupción y otras lindeces humanas.... Y ¿Que se hace con un cáncer?
Pues eso.
Es el liberaliiiiiismo amigo! ¡Seguro que con menos "prohibiciones" la economía y el sector financiero no tendrían ni burbujas, ni chanchullos, ni nada por el estilo!
#47 que fácil es decir que es culpa del gobierno. La decisión de los banqueros también es del gobierno? La manipulación de la tasa libor, esono es de liberales, es del gobierno... Todo lo malo el gobierno, ahora si crece la economía, es por el liberalismo. Ley....¿del embudo?
#50 nada de lo que has dicho tiene nada que ver con el liberalismo, deberías revisar en qué consiste. Qué se cumpla la ley es responsabilidad del gobierno, dar privilegios a un grupo empresarial también es responsabilidad del gobierno. Un gobierno liberal simplemente no tendría poder para hacer eso.
#70 mentira, el que tenga el capital puede pactar con el que tenga el capital, pasamos de un "gobierno de ciudadanos" a un gobierno de capitales, lo cual implica una anarquía. El liberalismo solo trajo una crisis tan severa que tuvo que ser el estado el que, con economía keynesiana levantó aquello, a base de deuda sí, pero solucionó el entuerto de los liberales.
El (neo)liberalismo es la mayor estafa para terminar con las clases medias, ayudar a la concentración de riqueza y poder y formar de una democracia una mercadocracia. Por favor, los cuentos liberales a niños que no tengan el nivel de reflexión suficiente para saber que el egoismo humano no tiene fin, quien es rico quiere ser más rico, y si eres rico y tiened poder, ni te cuento.
El liberalismo hace todo lo contrario a lo que dice que tiene que hacer, como el comunismo, meter al ser humano en la ecuación lo joroba por todos sitios. En la teoría, muy bonito, en la práctica, pobreza.
#52 Dar privilegios a un grupo empresarial por parte del gobierno es parte fundamental del liberalismo. Si otros grupos quieren esos derechos, que hubiesen competido mejor por captar la atención y el interés del gobierno. Los grupos que consiguen esos derechos han invertido libremente capital económico y político para conseguirlos... si no les dejamos hacer eso ¿Qué liberalismo ni que hostias?
La responsabilidad civil y penal no tienen nada que ver.
Evidentemente, si otro banco ha cometido un delito penal (habla de falsear cuentas), los nuevos administradores no tienen que ir a la cárcel ni pagar multa por lo que hicieron los antiguos.
Otra cosa sería una indemnización por lo civil (por ejemplo, devolver las clausulas suelo), donde no sabemos que pasaría.
Quiero pensar que en este último caso si que tendrían que pagar ya que son los beneficiados de los productos de la anterior banca y por tanto les tocaría pagar si hay algo mal (de lo que sacan beneficio hasta que se pille), pero es verdad que de este país, en tribunales de alto nivel, me creo cualquier cosa.
Con el fin de evitar que la persona jurídica realice maniobras tendentes a eludir la responsabilidad penal dimanante de un procedimiento judicial, el nuevo apartado 2 del art. 130 CP establece expresamente que:
La transformación, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabilidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusionada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión. En estos supuestos, los jueces o tribunales podrán moderar el traslado de la pena a la persona jurídica en función de la proporción que la persona jurídica originariamente responsable del delito guarde con la nueva sociedad.
Creo que es la ley por la que se condeno al PP, originalmente excluía partidos políticos y sindicatos entre otros pero luego se modificó.
#16 No tengo ni idea, no se de derecho pero me sonaba que cambiaron la ley para que las personas jurídicas fueran imputables penalmente y es lo que he buscado. Supongo que será algo sujeto a interpretación, y si las interpretaciones de las sentencias se pueden considerar contradictorias las partes afectadas podrán recurrir a alguna instancia superior.
#16En estos supuestos, los jueces o tribunales podrán moderar el traslado de la pena a la persona jurídica en función de la proporción que la persona jurídica originariamente responsable del delito guarde con la nueva sociedad.
Si los nuevos dueños no tienen nada que ver no pueden hacerlos responsables.
#14#16 en el caso de Banco de Valencia la condena penal es a la persona física por lo tanto no hay responsabilidad penal del Banco ni de Caixabank.
En el caso Banco Popular se aplica lo que explica #20 en cuanto a la responsabilidad penal, aunque el Santander seguirá estando obligado al pago de las indemnizaciones a las víctimas, si se establecen, como responsable civil.
#20
"Si los nuevos dueños no tienen nada que ver no pueden hacerlos responsables."
"Persona jurídica (o persona moral) es un individuo con derechos y obligaciones que existe, pero no como persona, sino como institución que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo"
Creo que te estás liando entre persona física o jurídica. En ambas pone persona pero en el primer caso es una persona real y, en el segundo, una entidad.
El enlace que pone #14 lo deja claro y es para evitar que las entidades (persona jurídica) se salten la ley a la torera o cometan imprudencias y queden impunes.
La sociedad absorbente tendrá que cerciorarse del tipo de cargas que va a adquirir. Cuando se ha producido la asimilación, beneficios y cargas son un todo.
#46 No me lie, la ley esta hecha así para evitar alzamiento de bienes y similares. Si le vendes la empresa a tu cuñado pues a achantar con la causa penal, si la compra un tercero este no tiene responsabilidad ninguna.
#61 Por lo que he entendido en #64 y según la info que me ha enlazado #27 solo para empresas. La responsabilidad penal, que es un castigo a la conducta individual, se extingue con el individuo. Otra cosa es la civil (daños derivados de sus actos).
En el caso de la empresa adquirida o absorbida, esta no desaparece, con lo que la empresa adquiriente es responsable penal en la proporción correspondiente.
Mi suposición es que ambos casos no son comparables, y una herencia es más parecida a una liquidación en la que los herederos serían "acreedores", que a una absorción o adquisición.
#27 ¡No te quejes por hacer tu parte como yo la he hecho en #14!
Fuera coñas, creo que la clave está aquí: La muerte de una persona investigada extingue su responsabilidad penal, tal y como señala el Código Penal, no la civil que la primera pueda acarrear, por lo que si existiera dicha responsabilidad civil derivada de un delito, ésta pasa a los herederos del fallecido.
Como no tengo ni idea (y por eso preguntaba directamente a alguien que afirmaba tenerla) asumía que juicio por lo penal solo genera responsabilidad penal, y por lo visto puede generar ambas (lo cual tiene todo el sentido del mundo, no vas a hacer dos juicios para dirimir ambas).
De paso también he aprendido a distinguir entre ambos tipos de responsabilidades, que yo ligaba al tipo de juicio, sin más. Así a lo bruto:
penal->pena, castigo
civil-> compensación de daños
La responsabilidad penal, es personal e intransferible, solo la persona que cometió el hecho puede cumplir con la sanción, las sanciones a cumplir, por lo general son de carácter corporal, es decir, penas de prisión, aunque también existen penas de multa (existen mas). Las responsabilidades penales solo son aplicables a a aquellos hechos que se encuentran sancionados y en la ley con anterioridad al hecho cometido (principio de legalidad)
La responsabilidad civil, puede ser transferida, es decir que si tu no pagas, por que te mueres, pagan tus herederos. También puedes ceder la deuda y otra persona pagarla por ti, por eso no es personal. Las penas en materia civil son de carácter netamente patrimonial. Hay otras muchas mas, pero esto es lo básico.
En este caso la penal no es equiparable a la herencia sobre persona físicas porque cuando adquieres o absorbes una persona jurídica, su responsabilidad se transmite en la medida en que esa entidad sigue existiendo.
Es como si te arrancas una garrapata de golpe. Se te queda metida la cabeza dentro del cuerpo y te produce infecciones. Hay que quitarlas poco a poco y desinfectar la zona.
#1 ahora razonando..
Esto es aplicable a las herencias?? Yo no estaba cuando mi padre pidió créditos o no pago deudas de la seguridad social
.... Debería de ser aplicable en wl mismo sentido
#28 Puedes renunciar a la herencia, o aun mejor, aceptar la herencia a beneficio de inventario, que seria aceptar la herencia, pero si tras contabilizar los beneficios y las deudas la herencia es deudora, rechazarla.
#33 interesante concepto... Y qué pasaría si en un primer momento la herencia tiene un balance positivo pero al cabo de un tiempo sale una deuda"oculta"? E.g. una deuda privada grande que cambia el balance de la herencia de positivo a negativo.
Supongo que habria que comerse la deida una vez aceptada la herencia, incluso siendo a beneficio de inventario... Es esto correcto?
#74 no. aceptar una deuda a beneficio de inventario significa que, aun aceptando la herencia, las deudas ocultas que pudiera traer, se pagan y se liquidan unica y exclusivamente con los bienes heredados. en ningun momento se toca tu patrimonio. Ademas, aceptar la deuda a beneficio de inventario significa que un administrador de herencias/abogado va a revisar los bienes/deudas y va a liquidar las deudas correspondientes, firmando el inventario y haciendose responsable por ello si posteriormente salen deudas ocultas.
Todas las herencias deberian aceptarse a beneficio de inventario SIEMPRE.
#28 Sí, es aplicable a herencias. Las sanciones no se heredan. Ahora bien, las deudas "normales" y los impuestos y cotizaciones dejados de ingresar sí que se heredan. Es importante distinguir.
#19 Pues si compras la empresa tendrás que asumir la responsabilidad civil de la indemnización a ese trabajador.
Lo que no tendrás que asumir (cómo en el caso del Santander aquí) es la responsabilidad penal porque no lo hiciste tú.
Una persona tampoco hereda las responsabilidades penales de la persona de la que recibe una herencia. Las deudas que tenga con hacienda y similares si, pero las responsabilidades penales no. Los herederos también tienen derecho a percibir una indemnización pendiente de un fallecido.
#8 La responsabilidad penal es solo para la persona que comete el delito. Un banco, un coche, o una escopeta no pueden cometer delitos, lo cometen las personas que lo dirigen aunque la empresa pueda ser responsable subsidiariamente.
Y vuelvo a repetirlo, se refieren a la responsabilidad PENAL. Imagínate que compras una empresa en el por una imprudencia grave del anterior jefe, y antes de que tu la comprases, muriese un trabajador. ¿Ves justo que tu, por comprar esa empresa, tengas que asumir esa responsabilidad? Es lo mismo.
#19 Si la responsabilidad penal es de la empresa sí, lo veo normal, o si tienes un accidente y la empresa te tiene que indemnizar tu ves normal que la empresa cambie de manos y de pronto esa indemnización mágicamente ya no la tiene que pagar nadie? Tu compras la empresa con las cargas que tenga, igual que tienes que cumplir los contratos que haya firmado el anterior jefe en nombre de la empresa.
Si te pones así un préstamo a nombre de la empresa ya no lo tendrías que pagar, que lo pague el anterior jefe que fue el que lo pidió...
#6 Entonces, si el fallecido tiene deudas pendientes relativas a responsabilidades penales (por ejemplo indemnizaciones a una víctima) ¿Estas no se tienen en cuenta respecto a la herencia como cualquier otro acreedor? Pregunto desde mi sincera ignorancia. Entiendo que no te meten en la cárcel por lo que ha hecho tu padre. Incluso dudo respecto a una pena de multa, puesto que se hacen equivalencias al tiempo de condena y si mueres la condena no tiene sentido ¿Multa de hacienda por delitos fiscales, que también entran por lo penal? Pero si tiene una deuda con alguien yo supongo que se descontará de la herencia, independientemente del tipo de deuda.
En cualquier caso si hay discrepancia de criterios en distintas sentencias y algún afectado quiere recurrir, supongo que se admitirá a trámite en alguna instancia superior.
#18 No es sólo en este país. Es un hecho interesante que debería explicarnos algún psicólogo: la gente más pobre suele estar de parte de los ricos. La gente más pobre suele votar a la derecha.
#39 Hoy en día en la mayoría de los países incluso los más pobres tienen una escolarización bastante completa. Tal vez no hayan ido a la universidad pero tampoco es que sean tan ignorantes.
Más bien yo diría que es alguna respuesta instintiva como la de tener hijos. Tu observa la tasa de natalidad de los pueblos y verás que en los peores tiempos es cuando la natalidad se dispara. Es una respuesta inconsciente al saber que las condiciones de vida serán peores. Eso ayudaba a nuestros antepasados a compensar la mayor probabilidad de muerte de los hijos.
Puede que exista algún mecanismo parecido con respecto a seguir a los líderes. Tal vez cuando la gente siente que su calidad de vida es menor, busca seguir a un líder que muestre una calidad de vida mayor... tal vez es otra respuesta evolutiva el seguir al que está mejor alimentado porque debe saber donde hay una buena fuente de sustento.
En lo que no: que sepan leer y escribir no quita para que sigan siendo los más ignorantes de la sociedad, y que los de siempre se aprovechen de ello. En España tenemos ejemplos a millares.
En los peores tiempos se folla más. En la época de los primeros bombardeos alemanes a Londres los médicos tenían en las consultas a hombres que no podían más por las exigencias sexuales de sus parejas desde que había empezado el fregado.
#65 Pero de qué se aprovechan? ¿De que la gente no sabe cálculo diferencial e integral? ¿O de que estudiaron literatura pero ya no se acuerdan de nada?
#9 En el caso del delito fiscal, la sanción no se hereda en ningún caso. El impuesto dejado de ingresar, sí, que eso va por vía administrativa.
Bueno, matizo: se podría heredar la sanción si el heredero fue colaborador necesario en el fraude. Pero me imagino que no es eso lo que estás preguntando.
#6 Es que el paralelismo que hace el artículo entre los casos Banco de Valencia y Banco Popular es sensacionalista y tendenciosa.
Banco de Valencia: Han condenado a una persona física a indemnizar al Banco por administración desleal y Caixabank percibe esa indemnización porque es "heredero" de ese banco. Que lo haya cedido al FROB es, posiblemente, porque en el acuerdo de compra ya figurara esa cláusula, dudo que Caixabank lo haya hecho por remordimientos de conciencia o altruismo.
Banco Popular: Se ha desimputado a Banco de Santander como responsable penal de los posibles delitos cometidos por el Banco Popular. Sin embargo le sigue manteniendo como responsable civil y si se determina que las víctimas tienen derecho a recibir una compensación Banco de Santander tendrá que pagarla como "heredero" del Popular. En ambos casos se utiliza el mismo criterio, aunque el artículo diga lo contrario.
Y ponen una coletilla diciendo que "Pero seguramente es pedir demasiado a unos jueces que, en su mayor parte, no saben cómo funciona el mundo empresarial, ni los mercados, ni mucho menos la banca." cuando el único que no tiene ni idea de las leyes vigentes es el periodista.
#32 Eso es directamente mentira. Las personas, incluso mientras están trabajando, no están exentas de la obligación de prestar socorro, y muchísimo menos los sanitarios. No te inventes cosas por favor.
#58 O sea que si me voy a un hospital privado y les digo "oye, que me parece que me está dando un infarto. No te voy a pagar pero igual quiero que me atiendas", ¿crees que no me echarán a patadas?
#32"Las personas que las dirigen tienen obligación legal de hacer lo que sea mejor para la empresa" siempre y cuando esas acciones estén dentro de la ley. Si la ley dice que un hospital, aunque sea privado, tiene que atender si o si a una persona que se presente con una apuñalada, por ejemplo, el privado lo tendrá que hacer si o si aunque no cobre por ello.
Y si, claro que se puede imputar a una persona física que en el desarrollo de su actividad cometa un delito.
Esto no solo lo hace la banca la hacen muchas empresas que cierran y vuelven a abrir al dia siguiente con otro nombre y otro CIF haciendo exactamente lo mismo y con muchos de los mismos trabajadores.
Y a los que han echado por la quiebra no les pagan el dinero que les debían,.
#10 Bueno, nadie los compra cuando son un pufo, pero cuando el estado se queda con los activos tóxicos, y por tanto ya no tiene esos problemas, es cuando se regala y sin buscar ofertas.
Vivimos en un mundo corporativista, así que no debe sorprendernos que la Banca, como industria del dinero, imponga las normas a los gobiernos de turno. Así ha sido siempre y seguramente lo seguirá siendo.
Y aquí no habrá ningún lobby que instruya a los jueces con regalías sobre como deben dictar sentencia al igual que existe en el tema de la propiedad intelectual.
Ya voy entendiendo lo de las puertas giratorias ... se legisla adecuadamente para ellos y se consiguen puestos de puta madre cuando se abandona la politica como Rato por ejemplo ...
Es que a la gente le cuesta entender un hecho indiscutible. Una empresa no es una persona y no se rige por las mismas leyes. Una empresa puede asesinar (el delito más grave) y aún así no será condenada a prisión (o su equivalente que sería la clausura por un tiempo determinado). Sólo pagará una indemnización y nada más.
#30 No importa. Las personas que las dirigen tienen obligación legal de hacer lo que sea mejor para la empresa. O sea, que tienen que dejar de lado sus sentimientos y prejuicios humanos. Las empresas son máquinas, no personas.
Por ejemplo: si una persona encuentra a otra que le pide ayuda porque está herida por ejemplo, es obligación legal prestar esa ayuda. Sin embargo, si se trata de un hospital, el director del hospital privado, los enfermeros, recepcionistas, etc. dejan de tener esa obligación legal. El hospital privado sólo ayuda a quien pague por ello.
Comentarios
El sector financiero se ha convertido en el cáncer de la economía actual.
#4 Interesante comparativa, és uno de los cánceres de las sociedades actuales junto con la corrupción y otras lindeces humanas.... Y ¿Que se hace con un cáncer?
Pues eso.
Es el liberaliiiiiismo amigo! ¡Seguro que con menos "prohibiciones" la economía y el sector financiero no tendrían ni burbujas, ni chanchullos, ni nada por el estilo!
#5 no, eso es el gobierno. Le dan privilegios nadie más tiene, de liberalismo tiene lo que yo de cantante.
#47 que fácil es decir que es culpa del gobierno. La decisión de los banqueros también es del gobierno? La manipulación de la tasa libor, esono es de liberales, es del gobierno... Todo lo malo el gobierno, ahora si crece la economía, es por el liberalismo. Ley....¿del embudo?
#50 nada de lo que has dicho tiene nada que ver con el liberalismo, deberías revisar en qué consiste. Qué se cumpla la ley es responsabilidad del gobierno, dar privilegios a un grupo empresarial también es responsabilidad del gobierno. Un gobierno liberal simplemente no tendría poder para hacer eso.
#52 pero si el liberalismo es laissez faire!!! ¡Es decir que no haya regulación alguna! Vamos que el liberalismo ¿qué es entonces?
#56 que todos juegan con las mismas reglas y no hay privilegios legales para nadie.
#70 mentira, el que tenga el capital puede pactar con el que tenga el capital, pasamos de un "gobierno de ciudadanos" a un gobierno de capitales, lo cual implica una anarquía. El liberalismo solo trajo una crisis tan severa que tuvo que ser el estado el que, con economía keynesiana levantó aquello, a base de deuda sí, pero solucionó el entuerto de los liberales.
https://www.zonaeconomica.com/fin-del-liberalismo
El (neo)liberalismo es la mayor estafa para terminar con las clases medias, ayudar a la concentración de riqueza y poder y formar de una democracia una mercadocracia. Por favor, los cuentos liberales a niños que no tengan el nivel de reflexión suficiente para saber que el egoismo humano no tiene fin, quien es rico quiere ser más rico, y si eres rico y tiened poder, ni te cuento.
El liberalismo hace todo lo contrario a lo que dice que tiene que hacer, como el comunismo, meter al ser humano en la ecuación lo joroba por todos sitios. En la teoría, muy bonito, en la práctica, pobreza.
#52 Dar privilegios a un grupo empresarial por parte del gobierno es parte fundamental del liberalismo. Si otros grupos quieren esos derechos, que hubiesen competido mejor por captar la atención y el interés del gobierno. Los grupos que consiguen esos derechos han invertido libremente capital económico y político para conseguirlos... si no les dejamos hacer eso ¿Qué liberalismo ni que hostias?
#5 Seria todo un paraiso para los trabajadores.
Bastante sensacionalista.
La responsabilidad civil y penal no tienen nada que ver.
Evidentemente, si otro banco ha cometido un delito penal (habla de falsear cuentas), los nuevos administradores no tienen que ir a la cárcel ni pagar multa por lo que hicieron los antiguos.
Otra cosa sería una indemnización por lo civil (por ejemplo, devolver las clausulas suelo), donde no sabemos que pasaría.
Quiero pensar que en este último caso si que tendrían que pagar ya que son los beneficiados de los productos de la anterior banca y por tanto les tocaría pagar si hay algo mal (de lo que sacan beneficio hasta que se pille), pero es verdad que de este país, en tribunales de alto nivel, me creo cualquier cosa.
#13 Extensión de responsabilidad penal de las personas jurídicas a sus sucesoras:
(de http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4746-la-responsabilidad-penal-de-las-personas-juridicas:-societas-delinquere-et-puniri-potest/)
Con el fin de evitar que la persona jurídica realice maniobras tendentes a eludir la responsabilidad penal dimanante de un procedimiento judicial, el nuevo apartado 2 del art. 130 CP establece expresamente que:
La transformación, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabilidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusionada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión. En estos supuestos, los jueces o tribunales podrán moderar el traslado de la pena a la persona jurídica en función de la proporción que la persona jurídica originariamente responsable del delito guarde con la nueva sociedad.
Creo que es la ley por la que se condeno al PP, originalmente excluía partidos políticos y sindicatos entre otros pero luego se modificó.
#14 Muchas gracias por la info.
¿Pero esto no significaría que el juez que hizo la sentencia del artículo está prevaricando?
#16 No tengo ni idea, no se de derecho pero me sonaba que cambiaron la ley para que las personas jurídicas fueran imputables penalmente y es lo que he buscado. Supongo que será algo sujeto a interpretación, y si las interpretaciones de las sentencias se pueden considerar contradictorias las partes afectadas podrán recurrir a alguna instancia superior.
#16 En estos supuestos, los jueces o tribunales podrán moderar el traslado de la pena a la persona jurídica en función de la proporción que la persona jurídica originariamente responsable del delito guarde con la nueva sociedad.
Si los nuevos dueños no tienen nada que ver no pueden hacerlos responsables.
#14 #16 en el caso de Banco de Valencia la condena penal es a la persona física por lo tanto no hay responsabilidad penal del Banco ni de Caixabank.
En el caso Banco Popular se aplica lo que explica #20 en cuanto a la responsabilidad penal, aunque el Santander seguirá estando obligado al pago de las indemnizaciones a las víctimas, si se establecen, como responsable civil.
#20
"Si los nuevos dueños no tienen nada que ver no pueden hacerlos responsables."
"Persona jurídica (o persona moral) es un individuo con derechos y obligaciones que existe, pero no como persona, sino como institución que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo"
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Persona_jur%C3%ADdica
Creo que te estás liando entre persona física o jurídica. En ambas pone persona pero en el primer caso es una persona real y, en el segundo, una entidad.
El enlace que pone #14 lo deja claro y es para evitar que las entidades (persona jurídica) se salten la ley a la torera o cometan imprudencias y queden impunes.
La sociedad absorbente tendrá que cerciorarse del tipo de cargas que va a adquirir. Cuando se ha producido la asimilación, beneficios y cargas son un todo.
#46 No me lie, la ley esta hecha así para evitar alzamiento de bienes y similares. Si le vendes la empresa a tu cuñado pues a achantar con la causa penal, si la compra un tercero este no tiene responsabilidad ninguna.
No es exactamente así pero ya me entiendes.
#16 Como si fuera algo inusual.
#14 Esto funciona igual a nivel herencias y demas?,.. o es solo para empresas.
#61 Por lo que he entendido en #64 y según la info que me ha enlazado #27 solo para empresas. La responsabilidad penal, que es un castigo a la conducta individual, se extingue con el individuo. Otra cosa es la civil (daños derivados de sus actos).
En el caso de la empresa adquirida o absorbida, esta no desaparece, con lo que la empresa adquiriente es responsable penal en la proporción correspondiente.
Mi suposición es que ambos casos no son comparables, y una herencia es más parecida a una liquidación en la que los herederos serían "acreedores", que a una absorción o adquisición.
#27 ¡No te quejes por hacer tu parte como yo la he hecho en #14!
Fuera coñas, creo que la clave está aquí:
La muerte de una persona investigada extingue su responsabilidad penal, tal y como señala el Código Penal, no la civil que la primera pueda acarrear, por lo que si existiera dicha responsabilidad civil derivada de un delito, ésta pasa a los herederos del fallecido.
Como no tengo ni idea (y por eso preguntaba directamente a alguien que afirmaba tenerla) asumía que juicio por lo penal solo genera responsabilidad penal, y por lo visto puede generar ambas (lo cual tiene todo el sentido del mundo, no vas a hacer dos juicios para dirimir ambas).
De paso también he aprendido a distinguir entre ambos tipos de responsabilidades, que yo ligaba al tipo de juicio, sin más. Así a lo bruto:
penal->pena, castigo
civil-> compensación de daños
https://es.answers.yahoo.com/question/index?qid=20070327103549AARXbud
La responsabilidad penal, es personal e intransferible, solo la persona que cometió el hecho puede cumplir con la sanción, las sanciones a cumplir, por lo general son de carácter corporal, es decir, penas de prisión, aunque también existen penas de multa (existen mas). Las responsabilidades penales solo son aplicables a a aquellos hechos que se encuentran sancionados y en la ley con anterioridad al hecho cometido (principio de legalidad)
La responsabilidad civil, puede ser transferida, es decir que si tu no pagas, por que te mueres, pagan tus herederos. También puedes ceder la deuda y otra persona pagarla por ti, por eso no es personal. Las penas en materia civil son de carácter netamente patrimonial. Hay otras muchas mas, pero esto es lo básico.
En este caso la penal no es equiparable a la herencia sobre persona físicas porque cuando adquieres o absorbes una persona jurídica, su responsabilidad se transmite en la medida en que esa entidad sigue existiendo.
La banca siempre gana, amigo!
#3 Si un solo dia, sacasemos todo el dinero de los bancos, se iban a tomar por culo tal cual.
#15 hay medidas para evitar que saquemos el dinero
#15 más bien, te ibas a enterar de dónde está tu dinero en realidad.
#15 y nosotros detrás !
Es como si te arrancas una garrapata de golpe. Se te queda metida la cabeza dentro del cuerpo y te produce infecciones. Hay que quitarlas poco a poco y desinfectar la zona.
#3 Las empresas en general.
Para algo invierten tanto dinero en las campañas políticas.
#3 Y el día que no gana, entonces pierdes tú.
Hazlo tú. Para que veas.
#1 Ellos son bancos nosotros mortales
#1 ahora razonando..
Esto es aplicable a las herencias?? Yo no estaba cuando mi padre pidió créditos o no pago deudas de la seguridad social
.... Debería de ser aplicable en wl mismo sentido
#28 Puedes renunciar a la herencia, o aun mejor, aceptar la herencia a beneficio de inventario, que seria aceptar la herencia, pero si tras contabilizar los beneficios y las deudas la herencia es deudora, rechazarla.
#33 Pero no en el caso de los bancos...
#33 interesante concepto... Y qué pasaría si en un primer momento la herencia tiene un balance positivo pero al cabo de un tiempo sale una deuda"oculta"? E.g. una deuda privada grande que cambia el balance de la herencia de positivo a negativo.
Supongo que habria que comerse la deida una vez aceptada la herencia, incluso siendo a beneficio de inventario... Es esto correcto?
#74 no. aceptar una deuda a beneficio de inventario significa que, aun aceptando la herencia, las deudas ocultas que pudiera traer, se pagan y se liquidan unica y exclusivamente con los bienes heredados. en ningun momento se toca tu patrimonio. Ademas, aceptar la deuda a beneficio de inventario significa que un administrador de herencias/abogado va a revisar los bienes/deudas y va a liquidar las deudas correspondientes, firmando el inventario y haciendose responsable por ello si posteriormente salen deudas ocultas.
Todas las herencias deberian aceptarse a beneficio de inventario SIEMPRE.
#28 Sí, es aplicable a herencias. Las sanciones no se heredan. Ahora bien, las deudas "normales" y los impuestos y cotizaciones dejados de ingresar sí que se heredan. Es importante distinguir.
#19 Pues si compras la empresa tendrás que asumir la responsabilidad civil de la indemnización a ese trabajador.
Lo que no tendrás que asumir (cómo en el caso del Santander aquí) es la responsabilidad penal porque no lo hiciste tú.
Una persona tampoco hereda las responsabilidades penales de la persona de la que recibe una herencia. Las deudas que tenga con hacienda y similares si, pero las responsabilidades penales no. Los herederos también tienen derecho a percibir una indemnización pendiente de un fallecido.
#6 El segundo y tercer párrafo aclaran el asunto.
#6 y porqué comparas recibir una herencia con comprar un banco?
#8 La responsabilidad penal es solo para la persona que comete el delito. Un banco, un coche, o una escopeta no pueden cometer delitos, lo cometen las personas que lo dirigen aunque la empresa pueda ser responsable subsidiariamente.
Y vuelvo a repetirlo, se refieren a la responsabilidad PENAL. Imagínate que compras una empresa en el por una imprudencia grave del anterior jefe, y antes de que tu la comprases, muriese un trabajador. ¿Ves justo que tu, por comprar esa empresa, tengas que asumir esa responsabilidad? Es lo mismo.
#19 no están hablando de personas, cualquier ejemplo usando a personas no es valido.
#22 Pero si es responsabilidad penal quién quieres que vaya a la cárcel? Las mesas de la oficina?
#22 ¿Conoces el término "persona jurídica"?
#19 Si la responsabilidad penal es de la empresa sí, lo veo normal, o si tienes un accidente y la empresa te tiene que indemnizar tu ves normal que la empresa cambie de manos y de pronto esa indemnización mágicamente ya no la tiene que pagar nadie? Tu compras la empresa con las cargas que tenga, igual que tienes que cumplir los contratos que haya firmado el anterior jefe en nombre de la empresa.
Si te pones así un préstamo a nombre de la empresa ya no lo tendrías que pagar, que lo pague el anterior jefe que fue el que lo pidió...
#6 Entonces, si el fallecido tiene deudas pendientes relativas a responsabilidades penales (por ejemplo indemnizaciones a una víctima) ¿Estas no se tienen en cuenta respecto a la herencia como cualquier otro acreedor? Pregunto desde mi sincera ignorancia. Entiendo que no te meten en la cárcel por lo que ha hecho tu padre. Incluso dudo respecto a una pena de multa, puesto que se hacen equivalencias al tiempo de condena y si mueres la condena no tiene sentido ¿Multa de hacienda por delitos fiscales, que también entran por lo penal? Pero si tiene una deuda con alguien yo supongo que se descontará de la herencia, independientemente del tipo de deuda.
En cualquier caso si hay discrepancia de criterios en distintas sentencias y algún afectado quiere recurrir, supongo que se admitirá a trámite en alguna instancia superior.
#9 Es inútil, en este "pais" siempre saldrá algún obrero a defender a los bancos. Es una actitud muy masoca la del personal.
#18 No es sólo en este país. Es un hecho interesante que debería explicarnos algún psicólogo: la gente más pobre suele estar de parte de los ricos. La gente más pobre suele votar a la derecha.
#25 Suelen ser también los que menos estudios tienen. Los más ignorantes.
#39 Hoy en día en la mayoría de los países incluso los más pobres tienen una escolarización bastante completa. Tal vez no hayan ido a la universidad pero tampoco es que sean tan ignorantes.
Más bien yo diría que es alguna respuesta instintiva como la de tener hijos. Tu observa la tasa de natalidad de los pueblos y verás que en los peores tiempos es cuando la natalidad se dispara. Es una respuesta inconsciente al saber que las condiciones de vida serán peores. Eso ayudaba a nuestros antepasados a compensar la mayor probabilidad de muerte de los hijos.
Puede que exista algún mecanismo parecido con respecto a seguir a los líderes. Tal vez cuando la gente siente que su calidad de vida es menor, busca seguir a un líder que muestre una calidad de vida mayor... tal vez es otra respuesta evolutiva el seguir al que está mejor alimentado porque debe saber donde hay una buena fuente de sustento.
#63 Estoy de acuerdo contigo en casi todo.
En lo que no: que sepan leer y escribir no quita para que sigan siendo los más ignorantes de la sociedad, y que los de siempre se aprovechen de ello. En España tenemos ejemplos a millares.
En los peores tiempos se folla más. En la época de los primeros bombardeos alemanes a Londres los médicos tenían en las consultas a hombres que no podían más por las exigencias sexuales de sus parejas desde que había empezado el fregado.
#65 Pero de qué se aprovechan? ¿De que la gente no sabe cálculo diferencial e integral? ¿O de que estudiaron literatura pero ya no se acuerdan de nada?
#9 me has hecho buscarlo
https://m.noticiasdegipuzkoa.eus/2017/07/21/economia/los-herederos-deberan-asumir-la-responsabilidad-civil-y-hacer-frente-a-las-posibles-indemnizaciones
#9 En el caso del delito fiscal, la sanción no se hereda en ningún caso. El impuesto dejado de ingresar, sí, que eso va por vía administrativa.
Bueno, matizo: se podría heredar la sanción si el heredero fue colaborador necesario en el fraude. Pero me imagino que no es eso lo que estás preguntando.
#6 Es que el paralelismo que hace el artículo entre los casos Banco de Valencia y Banco Popular es sensacionalista y tendenciosa.
Banco de Valencia: Han condenado a una persona física a indemnizar al Banco por administración desleal y Caixabank percibe esa indemnización porque es "heredero" de ese banco. Que lo haya cedido al FROB es, posiblemente, porque en el acuerdo de compra ya figurara esa cláusula, dudo que Caixabank lo haya hecho por remordimientos de conciencia o altruismo.
Banco Popular: Se ha desimputado a Banco de Santander como responsable penal de los posibles delitos cometidos por el Banco Popular. Sin embargo le sigue manteniendo como responsable civil y si se determina que las víctimas tienen derecho a recibir una compensación Banco de Santander tendrá que pagarla como "heredero" del Popular. En ambos casos se utiliza el mismo criterio, aunque el artículo diga lo contrario.
Y ponen una coletilla diciendo que "Pero seguramente es pedir demasiado a unos jueces que, en su mayor parte, no saben cómo funciona el mundo empresarial, ni los mercados, ni mucho menos la banca." cuando el único que no tiene ni idea de las leyes vigentes es el periodista.
#32 Eso es directamente mentira. Las personas, incluso mientras están trabajando, no están exentas de la obligación de prestar socorro, y muchísimo menos los sanitarios. No te inventes cosas por favor.
#58 O sea que si me voy a un hospital privado y les digo "oye, que me parece que me está dando un infarto. No te voy a pagar pero igual quiero que me atiendas", ¿crees que no me echarán a patadas?
#62 Si te está dando un infarto te atienden. Si dices que tienes una peca que no te gusta, te enviarán a la pública.
#32 "Las personas que las dirigen tienen obligación legal de hacer lo que sea mejor para la empresa" siempre y cuando esas acciones estén dentro de la ley. Si la ley dice que un hospital, aunque sea privado, tiene que atender si o si a una persona que se presente con una apuñalada, por ejemplo, el privado lo tendrá que hacer si o si aunque no cobre por ello.
Y si, claro que se puede imputar a una persona física que en el desarrollo de su actividad cometa un delito.
#35 ¿Entonces de qué viven los hospitales?
Tu vete a un hospital privado y diles "soy indigente, pero me tienes que atender igual" y verás lo que pasa.
#48 ¿sabes lo que es un condicional? De mi comentario "Si la ley dice..."
¡Es el mercado legislado hamijo!
Esto no solo lo hace la banca la hacen muchas empresas que cierran y vuelven a abrir al dia siguiente con otro nombre y otro CIF haciendo exactamente lo mismo y con muchos de los mismos trabajadores.
Y a los que han echado por la quiebra no les pagan el dinero que les debían,.
Sin tener ni idea, ¿este es un caso en el que nadie lo compraba porque era un pufo y se lo han arreglado a medida por ser el Santander?
#10 Bueno, nadie los compra cuando son un pufo, pero cuando el estado se queda con los activos tóxicos, y por tanto ya no tiene esos problemas, es cuando se regala y sin buscar ofertas.
Vivimos en un mundo corporativista, así que no debe sorprendernos que la Banca, como industria del dinero, imponga las normas a los gobiernos de turno. Así ha sido siempre y seguramente lo seguirá siendo.
Si los bancos pagatan, nuestra economía estaría mucho más estable.
Y aquí no habrá ningún lobby que instruya a los jueces con regalías sobre como deben dictar sentencia al igual que existe en el tema de la propiedad intelectual.
Ya voy entendiendo lo de las puertas giratorias ... se legisla adecuadamente para ellos y se consiguen puestos de puta madre cuando se abandona la politica como Rato por ejemplo ...
Es que a la gente le cuesta entender un hecho indiscutible. Una empresa no es una persona y no se rige por las mismas leyes. Una empresa puede asesinar (el delito más grave) y aún así no será condenada a prisión (o su equivalente que sería la clausura por un tiempo determinado). Sólo pagará una indemnización y nada más.
#23: Pero las empresas no funcionan solas, tienen personas que las dirigen.
#30 No importa. Las personas que las dirigen tienen obligación legal de hacer lo que sea mejor para la empresa. O sea, que tienen que dejar de lado sus sentimientos y prejuicios humanos. Las empresas son máquinas, no personas.
Por ejemplo: si una persona encuentra a otra que le pide ayuda porque está herida por ejemplo, es obligación legal prestar esa ayuda. Sin embargo, si se trata de un hospital, el director del hospital privado, los enfermeros, recepcionistas, etc. dejan de tener esa obligación legal. El hospital privado sólo ayuda a quien pague por ello.
#23 ¿Una empresa puede asesinar? Ponme un ejemplo por favor, que tengo curiosidad.
Antes de que me respondas, el asesino siempre va a ser una persona que mata o bien directamente, o bien usando alguna herramienta, arma o instrumento.
JAJAJA, ellos hicieron las leyes
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