Publicado hace 9 años por JuanBrah a elconfidencialautonomico.com

En principio, se prohíbe el ejercicio de cualquier otra actividad que el cargo público que se ostenta. Sin embargo, ya en la propia ley se recogen excepciones: publicación literaria y artística, gestión del patrimonio familiar, actividades sin ánimo de lucro... todo ello sin que suponga un perjuicio para el interés público.En los casos en los que la situación exija que una misma persona ejerza más de un cargo público, no podrá percibir más de una retribución.

Comentarios

D

¿Dos años? eso es poquisimo, que pongan diez si quieren disuadirles de esas prácticas. Dos años es un cachondeo.

Blackmoon

#4 Tienes razón, dos es para que creamos que hacen algo al respecto. Dos años pasan rápido, y es por ello que es una medida engañosa que no acabará con el problema. Ponerle tan corto plazo de por sí, ya denota el simple hecho de querer seguir haciéndolo.

JuanBrah

Para ponerle freno a la puerta giratoria, se prohíbe a los cargos públicos trabajar para cualquier empresa privada con la que hayan tenido contacto directo durante el ejercicio de sus funciones durante los dos años siguientes al cese.

Efecto Podemos?

Wolandthesecond

#1 Efecto se nos ve el plumero...

filosofo

Una ley para, al menos, disimular el descaro actual.

Konata_Izumi_II

¿No incluye fundaciones? Muchas de ellas dependientes de grandes grupos empresariales

fperez

Dos años es una mierda y no sirve para el propósito para el que de establece esa norma.

Una vez más nuestros políticos no tienen cojones para resolver las cosas de verdad.

S

supongo que recibiran jugosas indemnizaciones por tal ley, aparte de que pueden usar a la parienta(e)/ hijos.... como testaferros hay muchas formas de saltarse estas gilipolleces
pero queda muy efectista