Hace 1 año | Por --523916-- a huffingtonpost.es
Publicado hace 1 año por --523916-- a huffingtonpost.es

Las violaciones también crecen un 31% desde 2019, según el balance de criminalidad del Ministerio del Interior.

Comentarios

El_empecinado

#21 ¿En qué momento he dicho que sea exclusivo de los delitos sexuales? Ah, que no lo he dicho.

1, 2 y 3, ¿por qué crees que he puesto esas tres premisas? Porque quería dejar claro que no basta la mera denuncia para considerar que el relato es cierto y condenar sin más al acusado.

¿Por qué no he desarrollado esas premisas? Porque el texto era demasiado extenso para copiar/pegar, y por si alguien quería verlo con más detalle he puesto el enlace al artículo.

Intenta no proyectar en los demás tus prejuicios y carencias, te evitarás quedar en ridículo.

D

#22 Pues fallo mio, sorry, es que ese argumento lo han usado contra el mio en multiples ocasiones (digo esos 3 supuestos) y no te he leido bien

D

Las denuncias por delitos sexuales han aumentado un 32% en tres años

C

#1 Para que las violaciones hayan subido hasta el 31% habrá habido denuncia previa, salvo que las víctimas no hayan denunciado al haber sido asesinadas también. Dentro del 32% de aumento de denuncias se supone que estarán las violaciones perpetradas. Así entiendo el artículo.

D

#_1 ya dice eso el titular

Los delitos sexuales denunciados suben un 32% en tres años

De nada

editado:
me cuelgo de #4 ya que me tiene ignorado

io1976

Más información conlleva a más conciencia de lo que es un abuso, y por ello a que se registren más denuncias. Esto es algo que sólo les puede incomodar a ciertas suspersonas.

Fedorito

Es algo lógico, y cuando mirarle el trasero de manera lasciva a otra persona sea considerado delito sexual aún subirán más.

D

#_8 La incitación al odio es denunciable aquí por intentar embarrar el debate con información falsa como acabas de hacer, que no es dar tu opinión, es MENTIR con esa intencionalidad

Mírate las normas y llama a una buambulancia

De nada y a pastar con los tuyos

editado:
y no te preocupes que también te mando al ignore pero yo te lo digo de frente, no como tú que haces la pregunta esperando una respuesta pero impides la misma como buen cloaquero manipulador e hipócrita

DangiAll

#11 Te has ignorado a ti mismo? #8 eres tu......

D

#13 era a al desaparecer el número y con los dedarros lo he metido mal pero él sí que está ignorado

D

#11 e iba para #_9

ComandantaShepard

#6 Otro mentiroso, otro voto negativo. La ley no funciona así

linspire

Si no se necesitan pruebas es normal que las mujeres denuncien. ¿son todas ciertas, no hay pruebas?

p

#3 en ese comentario se pueden encontrar trazas de mierda

linspire

#5 ¿Qué quieres decir, que muchas denuncias no son sin pruebas reales?, ¿Qué la palabra de una no vale mas que la del otro en un juzgado?

Ejemplo: Marido secuestra hijos (cárcel), mujer secuestra hijos (indultada)

D

#3 Bulo, la presunción de inocencia está contemplada en el artículo 24 de la constitución y NINGUNA ley esta por encima de eso sin que se declare INCONSTITUCIONAL

Denunciado por incitación al odio

linspire

#8 ¿A quien tengo odio? , no me dejas pensar , no puedo tener una opinión diferente a la tuya.

@admin si necesita mi nombre y Apellido y dirección completa para queharkonharkon pueda denunciarme por favor mandarme un email y os lo doy sin problemas.

s

#9 vaya "in your face" le has clavado roll 😀 😀 😀

El_empecinado

#8 Sí y no. Sí, si partimos de la base de que todo acusado es inocente hasta que se demuestre lo contrario. No, si aceptamos que la mera declaración de la presunta víctima puede bastar para condenarte.

"¿Puede desvirtuar la presunción de inocencia, la declaración exclusiva de la víctima como única prueba de cargo?
A título de ejemplo, ya que se han dictado por el Tribunal Supremo bastantes sentencias sobre esta materia, nos ha parecido muy didáctica la sentencia de fecha 5.12.2013 que nos recuerda lo siguiente:

Respecto al valor que ha de otorgarse a la declaración del perjudicado, es cierto que esta Sala ha señalado reiteradamente, que aún cuando, en principio, la declaración de la víctima puede ser hábil para desvirtuar la presunción constitucional de inocencia, ha de resaltarse que para fundamentar una sentencia condenatoria en dicha única prueba es necesario que el Tribunal compruebe la concurrencia de las siguientes notas o requisitos.

1º.- Ausencia de incredibilidad subjetiva
2º.- Verosimilitud
3º.- Persistencia en la incriminación"


https://www.mundojuridico.info/la-declaracion-exclusiva-de-la-victima-como-unica-prueba/

D

#18 Sabes que eso aplica para TODOS los delitos verdad? Ah, ya me parecía a mi que NO lo sabías

Sabes que

1º.- Ausencia de incredibilidad subjetiva => es que haya pruebas de terceros, como un testimonio que corrobore la historia del denunciante
2º.- Verosimilitud => que tras múltiples interrogatorios duros el denunciante no tenga ni el más mínimo fallo en la declaración
3º.- Persistencia en la incriminación => implica que el acusado tenga OTRA condena por el mismo delito ANTERIOR

Ah, ya me parecía a mi que TAMPOCO lo sabías

D

#3 Se habla de infracciones penales, que en su conjunto, están por debajo del periodo pre pandemia, pero es para el total de infracciones, contando igual un hurto en supermercado que un asesinato.

El número total de infracciones penales en los seis primeros meses de 2022 ha sido
1.127.147, un 5,3 por ciento más respecto al mismo periodo de 2019 (1.070.421 infracciones
penales), año que debe tomarse como referencia debido a las restricciones aplicadas durante
2020 y los primeros meses de 2021 como consecuencia de la Covid-19. Con estos datos, la tasa
de criminalidad en España en este segundo trimestre es de 46,2 infracciones penales por cada
mil habitantes, 0,6 puntos por debajo de la de 2019 (46,8).


https://www.interior.gob.es/opencms/es/prensa/balances-e-informes/

ComandantaShepard

#3 Bulo tremendo. Lamento que tu respecto y prejuicios no te dejen entender las leyes.

Voto negativo por mentir.