Salieron de Ghana y Nigeria hace varios años. Cruzaron el Estrecho en patera y lograron asentarse en Sevilla. Charity y Stephen han creado aquí una familia con sus dos hijos de cuatro y un año. Han logrado insertarse socialmente. Alquilaron un piso en el Polígono Norte, donde pagaban mensualmente el arrendamiento. Sin demora alguna. Un cumplimiento estricto que no ha impedido que hoy tengan que residir en una vivienda compartida. El motivo: el banco los puso en la calle debido a que la titular del inmueble ("la casera") no abonaba la hipoteca.
Comentarios
#6 y para que necesitan pedir una vivienda? Si pagan su alquiler tienen ingresos, no entiendo tanto paternalismo... Si no hay nada más, son una familia honrada que pagaba su alquiler, el banco les habrá tenido que informar en tiempo y forma del fin de contrato y tendrían que haber buscado otro piso.
No digo que no pueda haber dificultades extras por ser extranjero (yo vivo fuera y sé que eso es un hecho), pero faltan datos en el artículo para entender por qué han tenido que ir a una pensión...
#10 Lee el artículo, donde habla del actual mercado hipotecario y los abales infinitos e imposibles de cubrir por alguien que aunque tenga ingresos viva al día.
#10 Yo tengo trabajo y puedo acreditar que nunca he dejado de pagar o me he atrasado con una mensualidad y que siempre he dejado los pisos en buen estado. Desde que se puso de moda el seguro de impago he visitado varios pisos, pero no paso el trámite ni para un minipiso de 400€. Si el propietario quisiera echarme del piso tendría un problema serio.
Esto no es un desahucio, es terminar un contrato imagino.
Es la parte negativa del alquiler, no eres el dueño y aún pagando éste puede decir darle otro uso al inmueble.
Si han pagado puntualmente, no entiendo que tengan que irse a un motel/pensión...porque seguro que ha habido comunicación previa del banco para poner fin a su alquiler en tiempo y forma, lo que suele dejar tiempo para encontrar otro alquiler. Ojo, que es una putada, porque una mudanza no planificada con muchísimo tiempo es un trastorno enorme. Pero no me creo que haya sido de un día para otro.
Aún así, en estos casos pienso que debería haber una fórmula para que el inquilino pudiera comprar la vivienda preferentemente también, sin que ésta vaya a subasta. Pero desconozco si la ley contempla esto.
#8 aunque puedas pagar un alquiler de X el banco no te da una hipoteca de 80% de X porque el riesgo es mayor en caso de impago.
Y siendo extranjeros quizás les resulta más difícil aportar avalista con lo que tienen que tener al menos un 20-30% del valor del piso ahorrado.
Si el nuevo propietario ha decidido no alquiler el inmueble, supongo que tendrán que buscarse otra vivienda. Siempre que se les comunicara debidamente según contrato y sin irregularidades.
Es una putada, pero se puede salir adelante. Y respecto a lo de proporcionar viviendas free pienso que es mejor pararse a pensar si son reivindicaciones que puedan mejorarse, cómo cambiarlo por alquileres sociales que no desincentive las labores de los inquilinos.
#1 Pues una pena, porque eran mucho mas fiables y responsables que el anterior propietario. El nuevo podría haber hecho algún acuerdo con ellos.
Ojalá encuentren un alquiler pronto.
#1 pero supongo que depende del tiempo que lleven en el piso, ¿no? Porque si son los primeros años que marca la ley, aunque se traspase la propiedad de la vivienda se mantiene el contrato
#5 #4 No se si es transmisión porque te han quitado la propiedad por no pagar una hipoteca, y no se si el contrato de alquiler puede obviarse o no.
¿Algún jurista en la sala por favor?
#4 #5 #7 En el 2012 había que respetar 5 años de alquiler si el piso pasaba a otro propietario.
(La entrada explica cuando esto es legítimo y no se puede usar de mala fe para evitar un desahucio):
https://afectadosporlahipoteca.com/2012/02/26/la-posibilidad-de-alquilar-el-piso-para-evitar-el-desahucio-algunas-precisiones/
No sé cómo será ahora. Supongo que sólo será aplicable si el contrato era a las de 5 años.
#9 Gracias por la explicación.
#1 Yo no sé hasta qué punto esto es legal.
Cuando vendes una vivienda con contrato de alquiler ha de repetarse a rajatabla. Al final esto es una transmisión patrimonial y debería respetarse el alquiler, que en caso de personas jurídicas es de 7 años, y fisicas 5.
#5 Si llevaban ya más de esos 5 años, sino son 3 que no recuerdo, avisando con los plazos correspondientes en principio sobra para terminar contrato. Y pienso que las asociaciones que nombra el artículo así como el ayuntamiento habría demandado a la entidad bancaria de no ser legal el procedimiento. Por ese motivo solicitan una vivienda para la pareja y no una compensación por incumplimiento de contrato.
#1 Pero si tenían contrato de alquiler normal y legal hay que respetarlo durante 5 años, que es el mínimo. ¿Se ha hecho en este caso?
Si pagaban el alquiler no veo ningún drama, encontrarán otro. Si esto no se tratara así no se podría desahuciar a nadie, ya se encargaría el propietario de tener a gente alquilada dentro de forma permanente.
Las cláusulas hipotecarias van todas a favor del que presta, el banco, de buen seguro que para alquilar puede impedirse o el deber de solicitar autorización en caso de impagos en las cuotas.
Lo meneo… pero la noticia se me hace algo raruna tal y como está contada.
#14 Es que esto no es legal, o te dejan terminar el contrato (5 años, luego renovaciones anuales) o no te pueden echar si estás pagando. La noticia debe estar contada como el culo, como siempre.