El Reglamento 852/2004 (ver artículo 2) es de aplicación directa, no requiere de ulteriores normativas, se ha se de ser valiente y aplicarlo por lo menos a las producciones vegetales, no hay que esperar a que las Juntas legislen en contra del pequeño comercio y de la venta directa. ¡Conojes!
Por todo lo demás: , mis dieses.
Comentarios
Que se agrupen en cooperativas y la comercialicen ellos, los intermediarios van a tirar para casa como hicieron siempre...
Comprar fruta y verdura a los que la producen es un lujo que encima sale muchas veces más barato
El Reglamento 852/2004 (ver artículo 2) es de aplicación directa, no requiere de ulteriores normativas, se ha se de ser valiente y aplicarlo por lo menos a las producciones vegetales, no hay que esperar a que las Juntas legislen en contra del pequeño comercio y de la venta directa. ¡Conojes!
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Por todo lo demás: