Una empresa de alquiler de coches que opera en la ciudad de Madrid, Respiro, ha informado a todos sus clientes de que la entrada en vigor de las restricciones al tráfico de paso en 472 hectáreas de la capital no les afectan y les conmina a seguir circulando hasta marzo sin tenerlas en cuenta, porque hasta ese momento las infracciones no se castigarán con multas.
Me genera muchas dudas legales el hecho de que entre en vigor una ordenanza de circulación y el ayuntamiento pueda dar un periodo de gracia para su aplicación, si está en vigor el ayuntamiento está obligado a velar por su cumplimiento.
¿Podria una compañia de seguros ampararse en que ese vehiculo no esta autorizado a circular por esa zona para derimir la responsabilidad en una colisión, por ejemplo?
#5 si, podría y lo hará. Va a ser muy divertido. Además, si la poli los pilla, les puede inmobilizar el vehículo y mandarlo a un depósito municipal, a su coste (del cliente) entero.
Comentarios
Casi adivino las preferencias políticas solidarias de sus propietarios.
Respiro pasa a mi lista negra.
Pues que pongan multas.
Eso no es problema de la empresa.
Me genera muchas dudas legales el hecho de que entre en vigor una ordenanza de circulación y el ayuntamiento pueda dar un periodo de gracia para su aplicación, si está en vigor el ayuntamiento está obligado a velar por su cumplimiento.
¿Podria una compañia de seguros ampararse en que ese vehiculo no esta autorizado a circular por esa zona para derimir la responsabilidad en una colisión, por ejemplo?
#5 No veo por qué no. Al igual que tampoco pagan si el conductor no está asegurado en ese vehículo.
#5 si, podría y lo hará. Va a ser muy divertido. Además, si la poli los pilla, les puede inmobilizar el vehículo y mandarlo a un depósito municipal, a su coste (del cliente) entero.