Las empresas no pueden sancionar a los empleados que, durante el teletrabajo, sufran incidentes que les impidan desarrollar sus labores con normalidad, como puede ser una caída de internet o un corte de luz. Así lo ha afirmado la Audiencia Nacional (AN) en una sentencia en la que considera que estos contratiempos forman parte del horario laboral, por lo que la compañía no puede en ningún caso obligar a la plantilla a recuperar el tiempo perdido o descontárselo de la nómina.
Comentarios
La empresa debe proveer el material de trabajo y la infraestructura de los trabajadores.
Ellos no saben que conexión tenemos en casa, su seguridad ni su estabilidad. Así que si ellos no se preocupan de proveer una conexión adecuada, no pueden esperar mucho al respecto.
#10 Sí, en la mía también lo he visto. Supongo que es la solución común, sobre todo si tienes móvil de empresa.
Martillazo al router y dia de playa
En cualquier caso, a mi me ha pasado con compañeros a quienes se les ha caido internet por problemas técnicos y creo que es la empresa debería proveer de una alternativa en estos casos (un movil con datos para compartir wifi ni que sea).
#5 Eso ya lo hacen, al menos mi compañia, las pocas veces que he tenido averias, lo primero que hacen cuando llamo para reportarla es activarte un bono con tropecientos gigas para que lo uses mientras se soluciona la averia.
#6 Entonces la empresa tendrá que pagarle el fax al empleado. No pretenderán que me pague yo el medio para escaquearme del curro ¿no?
#7 cierto, lo mejor es que la empresa deje el tema y te pague un sueldo vitalicio
#8 Empezamos a entendernos. . .
Mientras el empleado pueda demostrarlo por mi no hay problema.
#1 ¿Con pantallazo del parte de avería de la app del operador vale?
#2 imagino que algo mas que un pantallazo, pero si es lo unico que se tiene habra que buscar una forma de darle validez
#1 Claro, que envíe el parte por mail a la empresa
#4 o por fax, que aun funciona