Hace 3 años | Por Elisa.AD a eldiario.es
Publicado hace 3 años por Elisa.AD a eldiario.es

El estatuto de residente de larga duración no puede denegarse automáticamente por el mero hecho de tener antecedentes penales. Es lo que ha concluido este jueves el Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo, en su sentencia de este jueves sobre dos casos de Barcelona, dos recursos de nacionales de terceros países contra las resoluciones por las que les fue denegado el estatuto de residente de larga duración debido a que tenían antecedentes penales.

Comentarios

D

#2 Contratamos a un señor con un sello rojo de denegado y ya está. Barato nos saldría.

Elisa.AD

#5 Gracias por avisar! He mirado tu noticia y pone (traducido del catalán): "Es decir, el TUE insta a España a hacer una evaluación 'caso por caso' de las peticiones de residencia y rechaza que se puedan denegar automáticamente si se tiene antecedentes penales". Es decir, que sería lo mismo que mi noticia, lo único que la que me pasaste se ha publicado un par de horas más tarde, igual hubo más comunicados después.

HimiTsü

(*) Me parece de todas formas que ya está esta noticia en MñM ( Cat )

D

No hay problema, se le paga un vuelo a Alemania o a Holanda y asunto resuelto, que se las apañen ellos, todos contentos.

D

Hay que salirse de la UE. Menuda casa de putas globalista. "Solo porque tenga antecedentes" dicen los pajaros estos.

HimiTsü

Ojo, que esto es de CALADO .!