Hace 6 años | Por MKitus a cadenaser.com
Publicado hace 6 años por MKitus a cadenaser.com

Hemos preguntado al Ministerio de Fomento y lo que nos dicen es que los servicios mínimos se disponen a solicitud de la empresa correspondiente, en este caso Ryanair, que es quien indica los vuelos programados en los días de huelga. Es decir, la programación sobre la que se establecen los servicios mínimos es la que comunica la empresa, si antes se hubieran cancelado vuelos la resolución de servicios mínimos no les afectaría.

Comentarios

sorrillo

#6 El Derecho a Huelga de los trabajadores no es ningún capricho, es un derecho fundamental de los ciudadanos.

Y eso se le puede explicar a todo el mundo sin ningún problema, de hecho sería sano ir recordándolo de forma periódica ya que parece que hay gente que tiene algunos problemas en comprender esos conceptos.

DogSide

#7 Fíjate que yo no me he metido con los trabajadores, cuya protesta me parece de lo más legítima.

He pretendido meterme con la picaresca de Ryanair que dijo que los servicios mínimos iban a ser del 100%, entre otras cosas, por que enlaza Baleares con la península con unos 50 vuelos diarios. Pero hoy resulta que no, que se cancelan todos los vuelos (dando la empresa la culpa a los trabajadores, faltaría más) y las islas se quedan sin conexión.

Y encima resulta que no la pueden expedientar, cuando debería caerles un multazo ejemplar y más si vas pregonando que eres un servicio básico.

sorrillo

#9 He pretendido meterme con la picaresca de Ryanair que dijo que los servicios mínimos iban a ser del 100%

Ya he hablado de los servicios mínimos, me parecen una aberración y deberían ser completamente ilegales salvo en ámbitos donde el no existir pone en riesgo la salud y la vida de las personas.

Las consecuencias de que alguien anuncie o deje de anunciar servicios mínimos y se cumplan o se incumplan cuando no deberían existir me parecen irrelevantes.

DogSide

#10 Pues como en Baleares no se pueden quedar sin conexión habrá que establecer unos servicios mínimos, ¿no?

sorrillo

#11 Sí para el transporte sanitario, traslado de órganos, de pacientes en situación de riesgo sanitario, etcétera.

Para esos casos sí.

pepel

Traducido: la ciudadanía pinta una mierda para decidir los servicios mínimos.

chorche77

#2 Amén a eso. Además, los pasajeros ya tienen reconocidos sus derechos en este caso.

DogSide

#2 #3 Pues eso se lo explicas de buenas a los que estando en Baleares no pueden ir o volver a su casa por el capricho de Ryanair.

PeterDry

#5 #6 Precisamente por eso es la huelga, por estar los trabajadores al capricho económico de una empresa.

chorche77

#6 No jodas que Rayanair es la única aerolínea que conecta Baleares con el resto del mundo y todos los Ferrys se han hundido. ¡Que putada!

DogSide

#15 Vamos a ver, tampoco vamos a dramatizar el tema, pero te conmino a que intentes sacarte hoy un billete de Baleares a la península para hoy mismo como te habría pasado si ayer te plantas en el aeropuerto con un billete de Ryanair en la mano. Y si te los intentas sacar desde Ibiza o Menorca aún peor.

D

#2. Hombre, esa visión es muy radical, el 'derecho a huelga' entonces debería ser revisado porque un empresario no tiene el 'deber de seguir contratando a alguien problemático', y luego deberíamos revisar qué servicios son básicos.

sorrillo

#13 La defensa de los derechos fundamentales no debería ser considerada una visión radical, el único problemático será en todo caso el empresario que tiene problemas para reconocer que sus trabajadores tienen derechos, como el derecho a la Huelga. Quizá no lo conozcas suficiente y por eso te confundes al considerar problemáticos a los trabajadores que llegan a la conclusión que se ven obligados a utilizarlo para defender sus derechos como trabajadores.

D

#14. Los derechos fundamentales tienen que ser protegidos, es evidente, pero cuando dos derechos colisionan hay que priorizar, y por eso se establecen esos servicios mínimos. El derecho a la huelga no puede estar por encima de derechos 'más fundamentales'.

Los servicios mínimos no son una aberración, están ahí no para coartar el derecho a la huelga, legítimo, sino para proteger otros derechos más fundamentales.

sorrillo

#18 Exacto, por eso hay que restringir los servicios mínimos a aquellos ámbitos donde el no existir pueden afectar a la salud o la vida de las personas, que como bien dices son derechos fundamentales de los ciudadanos.

Para todo el resto de casos los servicios mínimos son una aberración que vulnera el Derecho a la Huelga.

D

Los ciudadanos solo pintamos para trabajar, pagar y callar. Pero ojo, hablo de ciudadanos autoctonos.
Es como cuando tienes un problema en el extranjero, cuantos casos ya se han conocido de dejar tirado al ciudadano y la embajada ha pasado de ellos olimpicamente?

x

Pues que modifiquen la ley,mlo que no puede ser es que los usuarios estén a merced de los caprichos económicos de una empresa

D

A mucha gente le sorprende pero el derecho a huelga existe en nuestro país y totalmente legal e incluso ético, otra cosa es que ustedes no sepáis defender vuestros derechos